Queja número 15/3068
A la vista de las propuestas impulsadas por el Defensor del Pueblo Andaluz, la Junta de Andalucía considera oportuno modificar la normativa de ayudas para obtención del B1 con objeto de favorecer al alumnado universitario con limitados recursos económicos.
Esta Institución inició queja de oficio tras la publicación en BOJA de las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para promover y garantizar la igualdad de acceso al alumnado universitario con dificultades económicas en la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas exigidas para la obtención de los títulos de Grado o Máster (23 y 30 de junio, respectivamente).
Esta convocatoria, a nuestro juicio, adolecía de algunas deficiencias que creíamos necesario corregir para evitar efectos indeseados, como podía ser que su ámbito de aplicación personal quedase muy reducido o que no pudiera adjudicarse la ayuda a determinadas personas cuya situación económica merecería de esta protección.
Así pues, con fecha 14 de julio se formuló Resolución a la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología en los siguientes términos:
SUGERENCIA 1: Que se adopten las modificaciones a las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición y acreditación de competencias lingüísticas que entendemos podrán redundar en beneficio del posible alumnado demandante.
En concreto, consideramos oportuno ampliar el alumnado que pueda resultar beneficiario de las ayudas en función de los mismos criterios de renta que la convocatoria de becas MEC, aunque no se le haya adjudicado esta beca.
Asimismo consideramos oportuno establecer como excepción a los requisitos que han de reunir las personas beneficiarias el encontrarse al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
SUGERENCIA 2: Que de cara a futuras convocatorias se incorpore una modificación en las bases reguladoras que permita la adjudicación y pago de las ayudas con justificación diferida, a fin de facilitar el pago de los costes necesarios para la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas a personas con limitados recursos económicos.
Dicha Secretaría General nos ha contestado que, dadas las dificultades de gestión que suponen las propuestas sugeridas, se incorporarán a una revisión futura de las bases reguladoras, ya que de paralizar la convocatoria en curso se podría perjudicar a quienes pudieran ser beneficiarios de las ayudas por haber adelantado los fondos necesarios para la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas durante el curso 2014-2015.
Ello sin perjuicio de que se pueda hacer partícipe, de manera excepcional, a quienes pudieran haber resultado beneficiarios de estas ayudas con las nuevas condiciones propuestas por acreditarse ques e trata de personas con limitados recursos económicos.
Sí será objeto de modificación inmediata en las bases reguladoras de las ayudas el requisito de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, entendiendo que redundará en beneficio de los interesados.
A la vista de esta información se deduce que se ha aceptado la Resolución formulada por esta Institución en el presente expediente de queja.
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