Queja número 15/4413
De los informes aportados tanto por la Fiscalía como de la Inspección educativa, y teniendo en cuenta las especiales circunstancias que concurren en el presente supuesto, no podemos por menos que resaltar el esfuerzo de la Administración educativa por prestar al alumno las atenciones y cuidados que requiere habida cuenta de su patología.
Por otro lado, advertimos que la problemática del asunto suscitado en el momento actual se centra en determinar si esas atenciones y cuidados que vienen aplicando los profesionales del centro educativo con el menor y las pautas a seguir son las adecuadas, ya que, al parecer, las mismas no coinciden con las propuestas por la familia.
Así las cosas, hemos sugerido nuevamente al reclamante que, atendiendo a las distintas peticiones realizadas por el equipo directivo del centro, presente la documentación médica correspondiente en la que se especifique claramente las atenciones que necesita el menor durante el tiempo en que permanece en el colegio así como el modo en que aquellas se han de realizar y la frecuencia de las misma.
Por distintos medios de comunicación social, se conoció la huelga de hambre iniciada por un padre para reclamar la debida atención educativa para su hijo, alumno con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizado en un colegio de educación infantil y primaria de la localidad de Carmona.
El dictamen de escolarización del menor recogía la necesidad de que éste contara con el apoyo de un monitor de educación especial a tiempo completo. Asimismo se aludía a la existencia de un informe de los facultativos que atienden al alumno en el que se hace constar la conveniencia de que su escolarización se lleve a cabo en un centro docente cercano a su centro de salud, pues, en el caso de que el niño sufra algún tipo de crisis, en otro centro que no sea el pretendido por sus padres la ambulancia podría no llegar a tiempo, con graves consecuencias.
Fue el jueves 10 de septiembre, día del inicio del presente curso escolar, cuando la Administración educativa comunicó al padre que el alumno solo podría ser atendido por el monitor "parcialmente". Y así la solución alternativa ofrecida por la Delegación Territorial, trasladando al menor a otro centro, es rechazada por el padre al considerar que la misma supondría un grave perjuicio para el alumno por las razones señaladas, ya que el colegio ofertado se encuentra a 40 minutos en ambulancia del centro de salud de referencia.
Así las cosas decidimos incoar el presente expediente de oficio.
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