Queja número 22/3019
La persona interesada nos trasladaba su disconformidad con la desestimación de su solicitud de ayuda al alquiler al amparo de la convocatoria publicada el 1 de julio de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
Mediante Resolución publicada en el BOJA el 18 de noviembre de 2020 se le requería la subsanación de los siguientes extremos de su solicitud, lo que había procedido a hacer, a pesar de lo cual su solicitud fue considerada como desistida mediante Resolución publicada en el BOJA el 19 de mayo de 2021.
Sin embargo, la persona afectada nos remitía documentación de la que parecía quedar acreditado que conforme al requerimiento de subsanación, presentó en plazo la documentación que se le solicitaba, por lo que estimaba que había debido producirse un error en la tramitación de su expediente.
Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe a la antes denominada Viceconsejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. En su respuesta nos informaba que, tras una serie de búsquedas infructuosas, se había podido obtener dicha documentación que no había llegado al órgano instructor de estas ayudas y, con ello, se había procedido a estimar el recurso potestativo de reposición interpuesto por la persona interesada.
Con esta información consideramos que el asunto planteado se encontraba solucionado, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.
0 Comentarios