Queja número 20/1099
En esta Institución se ha tramitado expediente de queja a instancia de parte, ante la negativa de la Consejería de Educación y Deporte a diferir el disfrute del permiso de paternidad que se le había reconocido al interesado al haberse producido un cese y un nuevo nombramiento como funcionario interino docente tras el reconocimiento inicial del derecho al mismo.
En contestación a la Resolución dictada por esta Institución, la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, nos comunica lo siguiente:
“En cuanto a la primera sugerencia, el Servicio de Régimen Jurídico y Recursos de esta Consejería concluye, tras un estudio exhaustivo de toda la normativa de aplicación, que en el supuesto del disfrute interrumpido del permiso del progenitor diferente de la madre biológica por personal interino, en los casos en los que se produzca cese y posterior nombramiento, este personal podrá disfrutar del tiempo de permiso que le quedara restante siempre que el menor no haya cumplido 12 meses.
Respecto a la segunda sugerencia de esa defensoría, se acepta estudiarla dentro del marco de las normas generales que resultan de aplicación, así como de las especiales que afectan a la función pública docente.”
En consecuencia, se procedió a dar por finalizadas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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