Queja número 23/5320
Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz recibía comunicación dirigida por un vecino de un municipio de Sevilla mediante el cual exponía que había planteado en el Ayuntamiento, a través de una reunión con la concejalía competente, su preocupación por los cables de alta tensión situados cerca de las viviendas de la urbanización donde vive.
En ese encuentro se le trasladaron distintas opciones para solucionar el problema de los cables: una era soterrarlos y la otra sería colocarlos en otra ubicación. De igual manera se le informó que desde el Ayuntamiento volverían a enviar otro escrito para exigir lo mismo a Endesa. El interesado expresó el riesgo de que ocurra un accidente o un hecho luctuoso ante una nueva negativa de Endesa a dar solución al problema.
Según exponía, desde el Ayuntamiento se habían enviado varios escritos a Endesa para exigir que solucionen el problema, recibiendo siempre la contestación de que los cables estaban antes.
Explicaba el interesado que el Ayuntamiento, en su momento, no solucionó el problema de los cables antes de dar permiso a la constructora.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento para interesar informe sobre la tramitación del Planeamiento Urbanístico necesario para la eliminación del cableado eléctrico a su paso por la Urbanización.
Así mismo, si la solución que consideraba el Ayuntamiento es diferente a la modificación del planeamiento urbanístico interesábamos nos remitiera dicha propuesta.
Desde el Ayuntamiento se nos informó de que las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes no contemplan una posible modificación del trazado de la línea eléctrica que nos ocupa.
Por otro lado se informaba que la empresa titular de la línea no tenía voluntad de modificar el trazado de la misma.
Finalmente indicaba que considerando que se había iniciado el proceso de licitación de los trabajos de redacción del Plan General de Ordenación Municipal, desde esa Alcaldía se iba a instar a la empresa adjudicataria de dichos trabajos para que proceda al estudio de las posibles soluciones y su plasmación en el propio instrumento de planeamiento.
Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se encontraba en vías de solución y procedimos al cierre del expediente de queja.
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