Queja número 22/0663
En el expediente de queja recibido en esta Institución nos trasladan la falta de resolución expresa a la solicitud presentada ante el Ayuntamiento de Linares de la Sierra, de las copias de las actas de los Plenos celebrados en el año 2021, así como de la normativa de placas solares.
Aunque en el referido escrito del promotor de la queja no se invoca el artículo20 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, aplicable en este precepto a las entidades locales, dispone de un plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolverlas. No habiéndose efectuado ni en plazo ni fuera del mismo resolución expresa.
Tras instar la necesidad de emitir resolución expresa y motivada sin más dilaciones a la solicitud presentada la Alcaldesa del Ayuntamiento nos remite oficio, en el cual nos comunica que con fecha 27 de enero y 17 de febrero le fue facilitada la documentación requerida, con lo que se ha puesto fin a la situación de silencio administrativo por la que tramitamos la queja.
Por ello, procede que demos por terminada nuestra intervención en la misma y dictemos su archivo.
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