Queja número 21/6684
La persona reclamante manifestaba que se encontraba negociando con una entidad bancaria el alquiler social de una vivienda a través de una plataforma ciudadana. Desde abril venían solicitando reiteradamente a los servicios sociales del Ayuntamiento de Gerena comunitarios la emisión de un informe para apoyar dicha propuesta, en el que se constatara que se encontraba en situación de vulnerabilidad social, que era atendida por dichos servicios y que se incorporaría a los programas de atención social y podría acceder a las ayudas sociales que le pudieran corresponder.
Los servicios sociales comunitarios ya habían estimado que se encontraba en situación de riesgo de exclusión social y especial vulnerabilidad, dirigiendo informe en tal sentido al Juzgado correspondiente en el procedimiento judicial de desahucio.
Sus únicos ingresos procedían de una pensión de incapacidad permanente total para la profesión habitual que se limitaba a 500 euros mensuales, por lo que resultaba fundamental firmar el acuerdo de alquiler social, puesto que de producirse finalmente el desahucio no dispondría de capacidad económica para acceder a una vivienda en el mercado privado y precisaría por tanto acceder a una vivienda pública o bien ayuda de los servicios sociales para procurarse una alternativa habitacional.
Admitida la queja a trámite, nos dirigimos al Ayuntamiento de Gerena solicitando que la petición de la persona interesada fuera atendida a la mayor brevedad, en aras a poder llevar a feliz término el acuerdo con la entidad propietaria de la vivienda. En caso contrario, solicitábamos que nos informara sobre las razones para no emitir el informe solicitado y las medidas que se previeran activar a fin de aportar una solución al problema habitacional cuando se ejecutara el lanzamiento.
Recibido el informe solicitado, se indicaba que se dio contestación a la solicitud de la persona reclamante con fecha 14 de octubre de 2021, como constaba en la copia que nos adjuntaban.
Por tanto, habiéndose solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
No obstante, indicamos al Ayuntamiento de Gerena que el plazo temporal para dar respuesta a la petición de la persona interesada fue excesivo e indicábamos que esperábamos que en futuras ocasiones el Ayuntamiento actuara lo más rápida y diligentemente posible.
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