Queja número 22/2959
El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución por la que recomendaba a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía que se adopten las medidas organizativas que estimen convenientes, con el fin de que las solicitudes de traslado entre localidades de una misma provincia o entre provincias andaluzas, se tramiten y resuelvan en el plazo legalmente establecido de tres meses.
Asimismo, recomendaba que se impulse el establecimiento de un procedimiento especial o se den instrucciones para la elaboración de un protocolo interno que permita que estos traslados de domicilio dentro de la comunidad autónoma de Andalucía se resuelva en un plazo no más del estrictamente necesario, aprovechando la interoperabilidad entre las administraciones públicas y evitando la demora en trámites como el traslado de expedientes de dependencia desde la administración autonómica a los Servicios Sociales Comunitarios.
Igualmente, recomendaba que se analice lo ocurrido en el presente expediente de dependencia y se estudie la posibilidad iniciar de oficio reclamación por responsabilidad patrimonial, de conformidad con los artículos 32 a 35 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, atendiendo a la demora habida en el procedimiento y las necesidades que han quedado sin cubrir de una mujer de 98 años de edad y condición de gran dependiente.
Al efecto, hemos recibido respuesta de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, en el que se nos indica que se está trabajando en una instrucción y protocolo de gestión que permita establecer criterios homogéneos en supuestos de traslado de domicilio. Nos informan que esa instrucción tiene como objeto establecer criterios de gestión en el proceso de traslado de domicilio, con origen o destino en Andalucía de personas que han solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia y, por tanto, tienen un expediente abierto en Andalucía o en otra comunidad autónoma.
En definitiva, nos informan que desde la Agencia se está poniendo en marcha medidas que están permitiendo agilizar la tramitación de traslados entre expedientes y reducir considerablemente el tiempo medio de respuesta.
Entendiendo que ello supone, en definitiva, la aceptación de nuestra Resolución, toda vez que se han adoptado medidas con objeto de agilizar los traslados de expedientes de dependencia, procedemos al archivo del expediente.
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