Queja número 23/4895
La promotora de la queja nos trasladaba la necesidad de revisión del Programa Individual de Atención (PIA) de su hijo, para acceder al Servicio de Atención Residencial.
Durante la tramitación del expediente, conocimos que el afectado tiene reconocido el Grado III, de Gran Dependencia, por resolución de fecha 2 de mayo de 2019, y que tras procedimiento de revisión de PIA, se habría propuesto por los servicios sociales comunitarios el servicio de atención residencial, en concreto, Residencia de Adultos con Terapia Ocupacional.
Dado que se habría superado en exceso el plazo máximo legal para el reconocimiento de la prestación o recurso correspondiente a la condición de gran dependiente del afectado, el Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución ante la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía con Recomendación para que sin más dilación se remuevan los obstáculos que impiden la asignación de plaza residencial al dependiente y se dicte resolución aprobando su nuevo programa individual de atención, permitiendo con ello el reconocimiento de un derecho universal y subjetivo traducido en el disfrute de un servicio y/o prestación que ayude y mejore la calidad de vida de la persona dependiente, además de poner fin al calvario que vive cada día su madre y hermano, tal como nos expone en su escrito.
Al efecto se recibe informe de la Administración indicando que en fecha 29 de enero de 2024 ha sido resuelto el programa individual de atención de su hijo, asignándole plaza concertada en la residencia para personas con discapacidad intelectual "ACCI MODULO I" en la localidad de Guadix.
A la vista de ello, se deduce que dicho organismo ha aceptado la Resolución formulada por esta Institución, habiendo quedado resuelto el asunto planteado, por lo que procedemos al cierre del expediente.
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