Queja número 23/7788
El promotor de la queja exponía que su madre, Gran Dependiente, Grado III, ocupaba plaza en un centro residencial privado, y debido al coste de la misma y a los esfuerzos económicos que debía realizar, en febrero de 2021 presentó solicitud para acceder a la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial, sin que se hubiera resuelto el expediente.
Interesados ante la Administración, recibíamos informe participándonos que el expediente se resolvería a la mayor brevedad, en función de la demanda existente y orden de incoación.
Ante ello, el promotor de la queja nos trasladaba su desesperación por tal demora, pues el procedimiento se había iniciado en el año 2021 y a estas alturas de 2024 continuaba pendiente de resolución.
Por nuestra parte, trasladábamos a la Administración nuestra comprensión por el elevado número de expedientes de dependencia que se tramitan en ese órgano territorial, no pudiendo justificar, sin embargo, la demora inaceptable que afecta al expediente de dependencia de que nos ocupamos.
Finalmente, hemos recibido informe indicando que se ha dictado resolución aprobando el Programa Individual de Atención de la afectada, reconociendo el derecho a la prestación económica vinculada al servicio de centro de atención residencial, como modalidad de intervención más adecuada de entre los servicios y prestaciones económicas previstas para su grado de dependencia.
Habiendo quedado solucionado el asunto que el promotor de la queja nos trasladaba, damos por concluidas nuestras actuaciones.
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