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Iniciamos actuación de oficio para comprobar que se cumplen todos los requisitos legales y se dan todas las garantías para la protección ambiental con motivo de la próxima reapertura de la mina de Aznalcóllar

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 24/5661 dirigida a Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, Delegación Territorial en Sevilla, Ayuntamiento de Sevilla, Ayuntamiento de Aznalcóllar (Sevilla)

Por noticias de prensa y por la información proporcionada por diversos colectivos, hemos podido conocer que se están desarrollando los trámites necesarios para la reapertura de la mina de Aznalcóllar.

Por lo pronto se trata de poner en marcha las nuevas instalaciones necesarias, para comenzar con la explotación minera en 2027. Habrá una planta de tratamiento que procesará millones de toneladas de minerales cada año.

El proyecto para la reapertura incluye una tubería de 30 kilómetros para llevar las aguas depuradas al estuario del Guadalquivir, a la altura del Estadio de la Cartuja.

Es lógico entender que esta información despierte el temor a que se pueda reproducir una situación capaz de generar un grave riesgo medioambiental, teniendo en cuenta que aún perduran en la memoria los hechos ocurridos hace años a causa de un vertido de lodos tóxicos y aguas ácidas con minerales pesados procedentes de esta mina, que puso en peligro la pervivencia del Parque Nacional de Doñana.

En el otro lado de la balanza, y sin desdeñar las necesarias garantías de protección medioambiental, desde algunas instancias recuerdan que la reapertura de la actividad minera generará más de 1.200 empleos de alta cualificación y un estimado de 800 empleos inducidos, además de contar con el respaldo de las nuevas normas europeas que impulsan el resurgir de las actividades mineras como medio para evitar la dependencia europea en este sector respecto de terceros países.

La empresa titular de los derechos mineros pretende enviar un mensaje de tranquilidad señalando que el proyecto no cuenta con balsa de lodos como la que se rompió en 1998, sino que se depura el agua contaminada mediante un sistema que cumple la normativa europea de estándares muy exigentes, y que habrá un plan de vigilancia y control sobre la calidad del vertido y la calidad del estuario gestionado por una empresa autorizada por la administración independiente.

Sin embargo, diversas asociaciones ecologistas han puesto de manifiesto su oposición al considerar que, a pesar del tratamiento, las aguas contendrán una carga contaminante en cantidades muy elevadas de metales potencialmente tóxicos que podrían acabar depositándose en el estuario del Guadalquivir, en Zona de Especial Conservación de la Red Natura 2000.

Algunas de estas asociaciones han acudido a esta Institución señalando que esta intrusión en el sistema fluvial tendrá afecciones sobre todas las actividades asociadas al Guadalquivir en el tramo comprendido entre la presa de Alcalá del Río y la desembocadura del río en Sanlúcar de Barrameda, afectando no solo a las formas de vida animales y vegetales sino también a sectores como la agricultura, la ganadería, la pesca, el turismo o el ocio.

Recuerdan que se pretende verter 17.520 millones de litros los primeros dieciocho meses, de los que la mayoría procederán del vaciado de la Corta de los Frailes y una parte del de la Corta de Aznalcóllar. Posteriormente se pretenderían verter cuatro mil millones de litros anuales durante su funcionamiento.

El movimiento asociativo pone en duda el rigor científico del informe ambiental que avala la liberación de contaminantes y aportan otros estudios sobre las posibles afectaciones de este vertido sobre hábitats de interés comunitario y especies de fauna de conservación prioritaria en la ZEC Bajo Guadalquivir.

También nos trasladan posibles incumplimientos en los trámites seguidos en el proceso de Autorización Ambiental Unificada, concedida ya en fechas muy recientes, y en el del permiso de actividad, pendiente de otorgamiento por parte de la administración competente en materia de minas.

Entre otras cuestiones señalan que el incremento del vertido previsto a 4.000 millones de litros anuales no habría sido sometido a información pública.

Por otra parte, apuntan que el Plan Especial de Actuación Minera y la asociada Evaluación Ambiental Estratégica no contemplaban el vertido al estuario del Guadalquivir y no incluían las tuberías de 30 km. desde el recinto minero.

Además no se habría promovido el trámite de información pública de la evaluación de impacto ambiental incluida en la Autorización Ambiental Unificada, por parte de los Ayuntamientos de los términos municipales por donde se desarrolla el proyecto.

Teniendo en cuenta las circunstancias expuestas, y al amparo de lo establecido en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se ha considerado oportuno promover una actuación de oficio con objeto de comprobar que se han adoptado las medidas necesarias para garantía y protección de todos los recursos naturales.

En el curso de esta actuación nos hemos dirigido a las administraciones con competencias en la materia, y en particular a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente a fin de recabar su pronunciamiento sobre las medidas adoptadas en el ámbito de sus competencias.

Igualmente solicitamos el pronunciamiento de los Ayuntamientos más directamente afectados por el proyecto de vertido de aguas depuradas. En particular nos interesa conocer el de Aznalcóllar, por la especial incidencia que el proyecto tendrá en la actividad económica y en la situación ambiental de ese municipio. Asimismo solicitamos informe al Ayuntamiento de Sevilla al ser en su término municipal donde se va a realizar el vertido de las aguas tratadas al río Guadalquivir.

Consideramos que se encuentra afectado el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (artículo 45 de la Constitución Española), que ordena a los poderes públicos que velen por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

En el mismo sentido, el artículo 28 del Estatuto de Autonomía para Andalucía recuerda que todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable, así como a disfrutar de los recursos naturales, del entorno y el paisaje en condiciones de igualdad. Se garantiza este derecho mediante una adecuada protección de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, el patrimonio natural, el paisaje, el agua, el aire y los recursos naturales.

Recordemos además que el artículo 10 de nuestro Estatuto de Autonomía establece, como objetivos básicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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