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Inspeccionan y detectan el origen de un fuerte olor que se padecía en Palma del Río a determinadas horas

Queja número 18/0232

Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Palma del Río y la Consejería competente en materia de medio ambiente, inician actuaciones inspectoras y detectan el origen de un fuerte olor que se padecía en la localidad a determinadas horas, revisando la situación legal de la actividad de la que proceden tales olores y la posible exigencia de medidas correctoras por emisiones a la atmósfera.

En su escrito de queja, un vecino de la localidad cordobesa de Palma del Río nos exponía que desde 2017 se venían sufriendo fuertes olores en la localidad, “que hacen que la convivencia, el estilo de vida y el respirar en la localidad sea imposible y normal”. Los vecinos pensaban que los olores podían provenir de una empresa de fertilizantes situada en el municipio pues el olor parecía al de abonos y pesticidas, con mezcla de sustancias que producían un olor fuerte “que es posible que sea perjudicial para la salud”, e incluso indicaba que sus hijos, por la noche, no dejaban de olerlo, “lo cual produce hasta dolores de cabeza, y el mismo se mete en cualquier rincón de los hogares del pueblo”. Pedía en su escrito de queja que se investigara el origen de este olor, que empezaba al atardecer y llegaba, en algunas ocasiones, hasta el amanecer, por lo que los vecinos debían sufrirlo de 12 a 14 horas diarias.

Tras admitir a trámite la queja nos dirigimos tanto al Ayuntamiento de Palma del Río como a la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. El Ayuntamiento nos informó, en esencia, que tras investigar la procedencia de los olores, parecían ubicarse en una finca de uso principal agrario, en la que se estaba haciendo acopio de abonos orgánicos almacenados a la intemperie. Por ello, el Ayuntamiento había dado traslado de este asunto a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, dado que la competencia en estos casos era autonómica.

En cuanto a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a la que nos dirigimos en petición de informe, nos dijo que en la Delegación Territorial de la Consejería en Córdoba no constaban antecedentes de denuncias relativas a molestias ocasionadas por olores en Palma del Río, con motivo, presuntamente, de la actividad de esta empresa de fertilizantes. No obstante, tras la presentación de esta queja se había activado el protocolo de inspección y se había girado visita técnica a la industria, evacuándose acta de inspección en la que no se ponía de manifiesto que las instalaciones tuvieran una especial incidencia en cuanto a la generación de malos olores, aunque reconocía la Delegación Territorial que en la fecha de visita no se estaba en campaña de máxima actividad.

Por otra parte, nos informaban de que, aunque esta industria estaba sujeta al trámite de calificación ambiental y, por tanto, era competencia municipal su control, se producían emisiones a la atmósfera que podrían estar sujetas a autorización autonómica, por lo que por parte de la Delegación Territorial se habían iniciado actuaciones para determinar si era necesaria autorización y, en su caso, la adopción de medidas correctoras para minimizar los efectos.

A la vista de estas respuestas, entendimos que el asunto estaba en vías de solución por lo que procedimos al archivo de este expediente de queja.

 

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