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Instamos a una rápida resolución del procedimiento de responsabilidad patrimonial dado el importante retraso que acumula

Queja número 21/2808

Se recibía en la Institución escrito de queja en la que la parte promotora exponía su disconformidad por la falta de resolución del expediente de responsabilidad patrimonial instado tras el fallecimiento de su esposo en diciembre de 2016 al caer a un “antiguo pozo minero, sin señalizar, sin desbrozar, sin balizar” existente en un monte público en la provincia de Jaén, pese a haber transcurrido ya mas de cuatro años desde su inicio.

En el escrito se detallaban las actuaciones realizadas por la familia para la iniciación del expediente de responsabilidad patrimonial así como las actuaciones de distintas administraciones andaluzas en dicho expediente.

Tras solicitar información mediante reclamaciones y gestiones telefónicas a distintos órganos de la Junta de Andalucía la familia decía no tener información de la situación del expediente iniciado y exponían que “Han pasado más de 4 años desde que perdimos a nuestro marido y padre en una caída en monte público de la Junta de Andalucía. La familia ha llamado en multitud de ocasiones y nos hemos personado en dependencias de la Junta de Andalucía sin obtener respuesta alguna. Las últimas llamadas no han arrojado luz alguna sobre dónde está el expediente, nadie sabe, nadie contesta. Consideramos que no es de recibo, qué menos que información y transparencia con la familia y agilidad en los trámites que los ciudadanos nos vemos obligados a realizar, en ocasiones en situaciones tan desgraciadas como la nuestra, con la pérdida para siempre de un ser querido.”

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca de Jaén y le solicitamos información de las actuaciones realizadas en el procedimiento de responsabilidad patrimonial y aclaración de las razones por las que se decide en febrero de 2020 trasladar la resolución del procedimiento a la Administración competente en materia de minas, pese a haberse acordado su tramitación por esa Delegación en 2018 y haber realizado numerosas actuaciones en el seno del mismo.

También solicitamos la colaboración de la Secretaría General de Industria y Minas para que nos informase sobre las actuaciones realizadas en relación al procedimiento de responsabilidad patrimonial que fue trasladado a la Dirección General de Industria, Energía y Minas desde la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible con fecha de febrero de 2020 al ostentar dicha Dirección General las competencias en materia de minas.

En respuesta a nuestra solicitud de colaboración la Secretaría General de Industria y Minas nos informó sobre las actuaciones realizadas, como resultado de las cuales se procedió a dar traslado de la reclamación mediante oficio de marzo de 2021 al Servicio de Tribunales y Recursos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por considerarlo el órgano competente para resolver.

Por su parte la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible nos informó que:

Tras el estudio del expediente se observaron distintos defectos tanto de tramitación como sustanciales (entre ellos, y como más relevantes, que la propuesta fuese dictada por órgano sin competencia para ello y la omisión de cualquier referencia a una eventual responsabilidad en los hechos de la Administración minera), circunstancias que justificaron la remisión del expediente a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía el 19 de febrero de 2020 por considerarlo asunto de su competencia dada la implicación del servicio público prestado por dicha Consejería (el control y seguimiento, incluido su cierre, de las minas abandonadas). De esta remisión, así como de los motivos para ello, se informó a los reclamantes...

El Secretario General de Industria y Minas en oficio de 11 de marzo de 2021 considera que la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades carece de competencia en el asunto y devuelve el expediente junto a un informe sobre los hechos a este Servicio.

El 5 de abril de 2021, doña … solicitó a esta Consejería información sobre el estado de tramitación de su expediente, que fue respondido mediante oficio de este Servicio de 4 de mayo de 2021, notificado el 14 de mayo de 2021. En el mismo se le comunicaba la tramitación nuevamente de su reclamación por parte de esta Consejería, decisión adoptada en aras de evitar una mayor dilación del procedimiento y sin perjuicio de compartir o no los criterios de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades sobre su competencia.

En dicho escrito se le otorgó a los reclamantes audiencia con la puesta en su conocimiento de lo actuado hasta ese momento. No formularon alegaciones.

Con fecha 21 de septiembre de 2021 se ha emitido por la Secretaria General Técnica de esta Consejería la propuesta de resolución del procedimiento, la cual, conforme con los artículos 77 y 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, habrá de ser informada por dicho órgano y dictaminada por el Consejo Consultivo de Andalucía de acuerdo con el artículo 17.10.a) de la Ley 4/2005, de B de abril.”

Entendimos, por tanto, que no procedían nuevas actuaciones por parte de esta Institución por cuanto la Consejería había emitido propuesta de resolución, no obstante, instamos a dicha Consejería a una rápida resolución del procedimiento de responsabilidad patrimonial dado el importante retraso que acumulaba la tramitación del mismo. Por tanto, archivamos el expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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