Queja número 22/2420
La promotora de la queja nos trasladaba su desesperación ante la situación en la que se encuentra su hijo con Grado III, nivel 2, de Gran Dependencia y 75% de discapacidad, debido a una daño cerebral adquirido por traumatismo craneoencefálico. Destacaba que desde el año 2009 tiene reconocido el derecho de acceso a la unidad de estancia diurna (UED) y servicio de ayuda a domicilio, sin embargo, tras cambiar de domicilio y comunicar dicha circunstancias a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y a su Ayuntamiento, continuaba sin poder disfrutar del SAD puesto que no se había iniciado el procedimiento de revisión de programa individual de atención.
Indicaba que este servicio es fundamental para la persona dependiente, sobre todo, a la hora del aseo personal, por ello, solicitaba la intervención de esta Defensoría a fin de que se activase de nuevo.
Admitida a trámite la queja, solicitábamos el preceptivo informe del Ayuntamiento, quien nos comunicó que nuestra petición había sido atendida e inmediatamente a finales del mes de mayo se produjo la visita del personal trabajador/a social encargado de elaborar el PIA.
Tras conocer esta Defensoría ese dato, inmediatamente nos dirigimos a la Delegación Territorial competente a fin de evitar una mayor demora en el expediente. Finalmente, la Administración nos ha trasladado la grata noticia de que se ha dictado la correspondiente Resolución aprobatoria de PIA.
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