Queja número 15/6009
Agilizamos el procedimiento para que el interesado pueda elevar a pública la compra de su vivienda protegida.
El interesado indicaba que era propietario de una vivienda de protección pública de la Junta de Andalucía con pago aplazado y el pasado 23 de octubre de 2015 solicitó mediante escrito a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía en Huelva que se le remitiese la liquidación de su deuda total para proceder al pago anticipado de la misma y así poder elevar a público la compra-venta de dicha vivienda y obtener la correspondiente escritura pública.
Al no recibir contestación alguna, llamó en repetidas ocasiones a la Agencia de Huelva y le decían que tenían un problema informático y que estaban pasando los datos de las liquidaciones, que no podían hacer nada, que era un tema que no dependía de ellos y que era la central en Sevilla quien debería remitir la información, pero en Sevilla les decían que era Huelva quien tenía atribuidas estas competencias. En definitiva, el perjudicado era el interesado, que quería pagar su vivienda y no podía, y necesitaba urgentemente las correspondientes escrituras de la vivienda.
Del informe, que a nuestra solicitud se nos remitió, se desprendía que la solicitud de liquidación de la deuda correspondiente a la mencionada vivienda fue presentada por Registro de Entrada a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía el 23 de octubre de 2015.
La promoción a la que pertenecía la vivienda fue cedida a AVRA mediante el Decreto 448/2010 de traspaso desde la Consejería de Fomento y Vivienda a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, quedando dicha cesión formalizada, mediante la correspondiente acta de entrega, el 14 de mayo de 2015. Pero por diversos problemas de índole informático había sido imposible calcular antes la liquidación de la deuda pendiente de pago por parte del interesado, provocándole un retraso que desde la Agencia lamentaban.
Finalmente, el 10 de febrero de 2016 se pudo calcular la citada deuda, habiendo emitido en esa misma fecha la Gerencia Provincial de AVRA en Huelva el correspondiente documento administrativo de liquidación, que se había hecho llegar día 12 de febrero de 2016 al representante del titular de la vivienda mediante correo electrónico, en aras a agilizar ese trámite y para que el interesado pudiera abonar cuanto antes la deuda pendiente y elevar a pública la compraventa.
Considerando aceptada la pretensión del reclamante, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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