Queja número 20/5479
La persona interesada exponía lo siguiente:
“Desde el pasado mes de julio la vivienda (...) fue ocupada por un número indeterminado de personas. Los problemas de convivencia con ellos son dos principalmente: las peleas, golpes, gritos, rotura de cristales, ... casi todas las noches a altas horas; y, por otro lado el lanzamiento de sus propias heces hacia un patio trasero (….) En plena pandemia como estamos, en la que las condiciones higiénicas son muy importantes, es un foco de infección e INSALUBRIDAD.
(...) Tras la visita en mi domicilio de una inspectora de sanidad, y comprobar la veracidad de los hechos, se le emite un informe y orden al Ayuntamiento de Ventas de Zafarraya para que proceda a la desinfección de la zona ya que está dentro de su competencia (...).”
Admitida la queja a trámite solicitamos de la Entidad Local Autónoma de Ventas de Zafarraya información relativa a:
- La conflictividad descrita por la persona interesada y las medidas adoptadas o que se puedan adoptar en materia de seguridad ciudadana, en aras a garantizar de una manera eficaz y eficiente la seguridad y salubridad.
- Si se ha realizado algún tipo de intervención social con las personas que residen en la vivienda ocupada y si se tiene conocimiento de si se encuentran en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
- Si, conforme se instaba por la Directora Gerente del Distrito Sanitario de Granada y Metropolitano, se ha procedido a la limpieza y desinfección de la vivienda en cuestión.
En la respuesta emitida nos confirmaban la situación y afirmaban haber trasladado la misma a la entidad financiera propietaria de la vivienda a través de llamadas telefónicas y correos electrónicos con la sede de Granada, a fin de que se adoptaran las medidas necesarias respecto a la misma, sin que tuvieran conocimiento de que se hubiera realizado alguna actuación al respecto, por cuanto la situación permanecía igual.
Se trataba de una empresa privada, lo que, en principio, la excluye de nuestro ámbito de supervisión. No obstante, nos dirigimos a ella apelando a su colaboración para con esta Institución a la vista de la situación expuesta, en relación con las medidas que se pudieran adoptar en aras a garantizar de una manera eficaz y eficiente la seguridad y salubridad de las personas vecinas del inmueble en cuestión.
En la comunicación remitida por dicha entidad financiera nos trasladaban que se había presentado escrito en el Juzgado solicitando que se acelerara el procedimiento de desalojo de la vivienda, que estaba señalada una vista judicial en el mes de septiembre y que estaban haciendo todo lo posible para solventar la situación.
Deduciéndose, por tanto, que el asunto se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones, sin perjuicio de que la persona interesada pudiera dirigirse de nuevo a esta Institución en el caso de que no se produjeran avances en la situación.
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