Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 12/3847 dirigida a Ayuntamiento de Santa Fe (Granada)
ANTECEDENTES
El Defensor del Pueblo Andaluz, ante la inconcreta respuesta facilitada por el Ayuntamiento de Santa Fe (Granada) al problema que le afecta a los vecinos de una calle peatonal en la que aparcan vehículos industriales de gran tamaño, ha sugerido que, sin perjuicio del futuro plan sobre la ordenación de tráfico y movilidad, se propicie una solución al problema que afecta de forma cotidiana a los vecinos, resolviendo sin más dilaciones la solicitud de que sean repuestos los elementos que impidan el acceso de vehículos a la calle y, en su caso, sean sancionadas las reiteradas infracciones que se producen al estacionar los vehículos en ella.
La interesada de la queja nos indicaba, en síntesis, que la calle en la que reside, en el municipio granadino de Santa Fe, es peatonal, pero hace años se arrancaron los pivotes que impedían la circulación de vehículos, por lo que, ahora, en ella aparcan, siempre según la interesada, hasta tres vehículos industriales de gran tamaño que, en su caso concreto, le tapan la puerta y las ventanas de su vivienda por que en la calle no hay aceras y se ve encerrada sin luz del día y sin que se pueda airear su vivienda. Denuncia los hechos ante la Policía Local, que acude, les dice a los conductores que está prohibido aparcar pero no los sanciona, con lo no se mueven los vehículos. Ha presentado también diversos escritos ante el Ayuntamiento, incluso con firmas de varios vecinos, solicitando la instalación de los pivotes, pero no ha obtenido ningún resultado. Cuando ha discutido con los conductores de los vehículos, en dos ocasiones ha sufrido agresiones con juicio de faltas.
Tras dirigirnos al Ayuntamiento, éste nos respondió que había contestado los escritos de la interesada en el sentido de que, para solucionar el problema de estacionamientos abusivos en la calle donde reside, por parte de la Policía Local no existía inconveniente en que se coloquen unos pivotes a la entrada y salida de la calle, lo que se propuso al Área de Mantenimiento para que decidiera sobre ello.
En su última respuesta, se nos indica en relación con la solicitud de colocación de pivotes por parte de la interesada que la Concejalía competente en la materia cuenta entre sus prioridades con diseñar un plan sobre la ordenación del tráfico y movilidad en el centro del municipio, en donde está la calle de la reclamante, que resuelva los problemas de circulación de vehículos a motor, aparcamiento irregular, movilidad y accesibilidad de personas en la vía pública detectados. Se añade que, una vez concluido y aprobado el plan, se llevarán a cabo las medidas propuestas intentando conciliar los intereses de transeúntes, vecinos y comerciantes del centro histórico.
CONSIDERACIONES
Como no puede ser de otra manera, esta Institución valora positivamente la elaboración del plan que se nos anuncia destinado a ordenar el tráfico de vehículos y personas en el centro histórico. Sin embargo, se indica que es una cuestión que se encuentra entre las prioridades de la Concejalía responsable en la materia y, sin señalar cuando se pondrá en marcha tal iniciativa, se añade que será cuando esté aprobado y concluido el plan, cuando se llevarán a cabo las medidas que contemple. Es decir, un plazo indefinido e inconcreto que no nos permite discernir cuando podrá verse resuelta, si es así, la petición de la interesada de que se coloquen unos pivotes que eviten el acceso a una calle peatonal, que se ve invadida de forma reiterada por un conductor desaprensivo que coloca su vehículo delante de la casa de la afectada, dificultándole el acceso a la misma y generando molestias por ruidos y humos.
Se trata de una situación abusiva (la afectada, según manifiesta, ha sufrido incluso agresiones físicas) ante la que esta persona, que se enfrenta a diario con situaciones conflictivas, viene demandando, avalada por las firmas de muchos otros vecinos, la intervención de ese Ayuntamiento desde hace varios años de forma infructuosa. Es importante señalar que, con anterioridad, ya existían barrotes en la calle que impedían acceder a la calle peatonal y que fueron arrancados por personas incívicas, por lo que lo que se demanda es que sea repuesto algún tipo de elemento que impida el acceso de vehículos a la calle y que sean sancionadas las reiteradas infracciones que se producen al estacionar vehículos en ella.
A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente
RESOLUCIÓN
SUGERENCIA de que, sin perjuicio de las futuras soluciones que, en orden a la regulación del tráfico en el centro histórico de esa población, contemple el futuro plan sobre la ordenación del tráfico y movilidad, cuya elaboración y entrada en vigor no es previsible a corto plazo, se propicie una solución al problema que afecta de forma cotidiana a la reclamante, resolviendo de forma razonada y sin dilaciones acerca de su solicitud de que sea repuesto algún tipo de elemento que impida el acceso de vehículos a la calle donde reside y que sean sancionadas las reiteradas infracciones que se producen al estacionar vehículos en ella.
José Chamizo de la Rubia<br/> Defensor del Pueblo Andaluz en funciones
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