Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/1559 dirigida a Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Dirección General de Personas Mayores y Pensiones No Contributivas
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
Adoptarán medidas para evitar retrasos en la resolución de las Pensiones no Contributivas, de Jubilación e Invalidez, en Andalucía.
01-04-2019 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
Se han recibido en esta Institución en los últimos meses treinta y siete quejas en las que se denuncian los retrasos y problemas que están surgiendo en los expedientes de solicitud de Pensiones No Contributivas, tanto de Jubilación, como por Incapacidad. Las personas que se han dirigido a esta Institución muestran su disconformidad con la tardanza en tramitar y resolver estas solicitudes por parte de la Administración de Igualdad y Políticas Sociales, localizándose la problemática fundamentalmente en las provincias de Sevilla y Málaga.
Asimismo, basan sus denuncias en el hecho de ser personas que se encuentran en una difícil situación personal en el plano económico, en muchos casos rayando la situación de emergencia social, ante la ausencia de algún tipo de percepción económica para su supervivencia, teniendo que ser socorridos en muchos de estos casos por los servicios sociales municipales o por entidades privadas de asistencia social.
Tras admitirse a trámite todas estas quejas, se solicitaron los preceptivos informes a las Delegaciones Territoriales correspondientes en razón del lugar de residencia de los afectados, respondiéndose por parte de estos organismos que las solicitudes de PNC solicitadas estaban grabadas y/o en trámite, o que se había requerido al solicitante la aportación de documentación complementaria y que debido al volumen de peticiones recibidas aun no habían podido ser estudiadas y resueltas.
No obstante lo anterior, una de las respuestas que más nos alarmó al analizar su contenido fue un informe emitido por la Delegación Territorial de Málaga, en el que se afirmaba "que el plazo para la resolución de la PNC es de tres meses, pero tras una revisión superficial del expediente se comprueba que es posible que se proceda al requerimiento de documentación relacionada con el patrimonio personal procedente de (…), por lo que es posible que dicha resolución se retrase como parte del procedimiento".
Este proceder es contrario al derecho a una buena administración garantizado en el art. 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía e incumple la obligación de observar los plazos legalmente establecidos para la resolución de estas peticiones por parte de la Administración de Igualdad y Políticas Sociales.
Con independencia de ello, a esta Defensoría le preocupa especialmente la realidad social existente detrás de cada una de estas quejas que se reciben denunciando la tardanza en resolver el derecho que se reconoce a estas personas a percibir una Pensión, porque es la de personas en una situación desesperada, bien por tener cargas familiares que no admiten demora, bien por ser personas que no tienen a ningún familiar que las auxilien y que nos manifiestan que están viviendo en unas circunstancias lamentables.
Sea como fuere, para todas ellas la posibilidad de que les sea concedida la Pensión No Contributiva solicitada es, probablemente, su única esperanza para poder afrontar con dignidad alguna opción de futuro, pues no debemos olvidar que se trata de personas mayores, con más de 65 años, en los caso de PNC de Jubilación o, en los casos de PNC por Incapacidad, de personas con enfermedades invalidantes que les impiden el desempeño de cualquier posible trabajo.
Es decir, quejas que ponen de manifiesto situaciones de extrema necesidad y que producen una clara alarma social, por lo que son cuestiones que entendemos no pueden demorar su resolución y deben ser atendidas con la urgencia que la cuestión debatida demanda.
Ante estas circunstancias, y aunque en las respuestas que nos traslada la Administración, así como en alguna comunicación aclaratoria que nos ha remitido, se da respuesta formal a estas situaciones vinculadas siempre a cuestiones burocráticas, y dado que éstas no sólo no se solventan, sino que por las quejas que venimos recibiendo apreciamos que van aumentando, se hace preciso realizar una intervención ante la Administración responsable para garantizar el derecho de este sector de población, especialmente vulnerable, a acceder en los plazos legalmente establecidos al reconocimiento y pago de una Pensión No Contributiva.
Por cuanto antecede, se inicia Actuación de Oficio en base a lo establecido en el art.1.1, en relación con el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, para dirigirnos a la Dirección General de Personas Mayores y Pensiones No Contributivas, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a fin de darles traslado de la problemática descrita para que sea conocedora de la misma y al objeto de esclarecer los hechos referidos que devienen de la actuación de una Administración Pública, que afectan a los derechos que se derivan para la ciudadanía del art. 103.1 de la Constitución Española y del art.133 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, solicitando que se nos facilite información al respecto a la mayor brevedad, de conformidad con lo establecido en el art. 18.1 de nuestra Ley reguladora.
26-09-2019 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
Con fecha 13 de septiembre de 2019 recibimos respuesta de la Viceconsejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a la Resolución formulada que, tras su valoración, consideramos aceptada, por lo que procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.
No obstante, en relación con la sugerencia de la citada Viceconsejería de dar traslado al Defensor del Pueblo de las Cortes Generales de la situación existente respecto a la gestión de las PNC, a nivel estatal, a fin de que pudiera instar la “necesaria reforma legislativa que conlleve la modificación del procedimiento de control anual” de estas prestaciones, así como “la necesidad de disponer de un sistema único de gestión informática de prestaciones” y “de cruces coordinado a nivel nacional para la agilización de los procedimientos de revisiones anuales y revisiones de oficio”, asumimos con el mayor interés la propuesta planteada, procederemos a dar traslado de las mismas a la Institución estatal y a trabajar, coordinadamente con la misma, para que se puedan hacer efectivas con prontitud.
13 Comentarios
Yo presenté toda la documentación el día 07/05/2019, al día de la fecha todavía estoy pendiente de resolución, con el Inri de que el día 11/03/2020 es decir al cabo de 10 meses y 4 días de la presentación, me requieren que vuela a aportar sentencia de divorcio y Convenio Regulador, así como certificados de empadronamiento.
Puedo aportar toda la documentación del expediente.
No es de recibo esta demora. Cuando uno pide una PNC, no es por gusto o capricho, es una CUESTIÓN DE SUPERVIVENCIA PURA Y DURA.
Me dicen que no me preocupe, que si me la conceden, cobraré en un solo pago todos los atrasos desde el día de la presentación, es decir, desde el 07/05/2019 y mientras tanto ¿De que como, de donde saco el dinero para subsistir? Es simplemente indignante.
La tramitación de estas ayudas debería ser PREFERENTE.
Hola,
Yo llevo 13 meses esperando cobrar la pensión no contributiva y nada... os he enviado un mail con mis datos (nombre, direccion y dni) a ver si pueden ayudarme a solucionar este asunto.
Gracias.
LLEVO 15 MESES ESPERANDO LA PAGA NO CONTRIBUTIVA
Buenos días Sebastian, te invitamos a que nos traslades un escrito de queja para valorar el problema de la dilación de la prestación no contributiva que solicitasta, adjutando la documentacción que creas de interes. Si así lo decides, puedes dirigirnos el escrito de queja en este enlace (El Defensor en un clic). IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo
Estupendo Andrea. A parir de este momento los compañeros se pondrán en contacto contigo, seguramente por mail, para informarte de las actuaciones que podamos llevar a cabo en tu expediente.
Llevo 16 meses esperando que me aprueben la pensión y aún no tengo noticias. Estoy separado.. tengo que vivir y pasar una manutención de 180e
La cosa ya me es insoportable..
Que puedo hacer? Gracias
Hola, te invitamos a que nos traslades un escrito de queja contándonos con detalle tu problema y adjuntando la documentación que creas de interés. Puedes hacerlo por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, C\ Reyes Católicos nº 21, 41001 Sevilla) o por correo electrónico defensor@defensor-and.es o mediante nuestra página web (El Defensor en un clic). IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo
Buenos días José. Pasamos tu consulta a los compañeros para que valoren tu situación y puedan responderte lo antes posible a partir del lunes. Gracias
Mi NIE xxxxxxxxxx desde junio de 2018 osea casi 14 meses esperando mi pensión no contributiva, mi marido enfermo no puede trabajar, y además pago alquiler, estoy desesperada...
Buenos días Ana María. Consideramos que se está produciendo una dilación excesiva en la resolución del procedimiento de solicitud de tu pensión no contributiva. Por ello, te invitamos a que nos traslades un escrito de queja contándonos con detalle tu problema y adjuntando la documentación que creas de interés y, tras valoración jurídico-técnica, nos dirigiremos a la Adminsitración competente en tu nombre para intentar conseguir que se impulse el procedimiento. Si así lo decides, puedes trasladarnos el escrito de queja por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, C\ Reyes Católicos nº 21, 41001 Sevilla) o por correo electrónico defensor@defensor-and.es o mediante nuestra página web (El Defensor en un clic). IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo
Síguenos en Facebook (Defensor del Pueblo Andaluz) y en Twitter (@DefensorAndaluz)
Presenté la solicitud de pensión no contributiva en el mes de diciembre del año pasado, me apersoné en junio de éste año en las oficinas que atienden éstas cuestiones y muy amablemente me dijo la persona que me atendió que llevan un año de retraso y que mi solicitud ya estaba grabada y estaban a la espera de que viniera más personal para solventar ésta anomalía, la verdad es una verguenza porque es obligación de resolver éstas cuestiones en un plazo máximo de 3 meses
Hola Roberto Daniel, mándanos copia de tu solicitud y cuentanos tu caso con todo detalle en este enlace:
http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic
También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.
De todas formas, en nuestra oficina de información -954212121- te pueden ayudar en este proceso.
Ten en cuenta que tenemos que cumplir ciertos formalismos que intentamos que sean los menos posibles y que nuestros tiempos necesariamente dependen de los tiempos de respuesta de las Administraciones a las que les solicitamos que nos informe de tu asunto. Esto hace que nuestra actuación se pueda dilatar más de lo que deseamos pero es un mecanismo que en muchas ocasiones resulta positivo.
Un saludo.
Sois Elisa Isabel Osuna santana.sevilla.hoi ,29 de julio aún estoy esperando k me berifiken la cuenta.pues según ellos lo mío no es una emergencia lla Keno elevado papeles de asistentas .oí ahí un año y 2 meses gracias.Tlf6xxxxxxxx