Queja número 16/2160
Solicitado informe al Ayuntamiento de Lucena, se destaca:
- Que la mujer en cuestión con los tres hijos menores ya no residía en la vivienda que era objeto del expediente de recuperación posesoria.
- Que los Servicios Sociales Comunitarios estaban interviniendo adecuadamente con la unidad familiar aludida.
Comoquiera que el asunto que motivó la queja, el posible desahucio sin alternativa habitacional de una unidad familiar con tres menores de edad, había desaparecido, al no residir ya en la vivienda objeto de recuperación posesoria, y considerando que los Servicios Sociales Comunitarios estaban interviniendo con dicha familia, procedió el archivo de la queja por encontrarse en vías de solución.
Esta queja se incoó de oficio al tener conocimiento el Defensor del Pueblo Andaluz de que el Ayuntamiento de Lucena estaba tramitando un procedimiento de recuperación de oficio de la posesión de la vivienda ubicada en la calle ..., esquina con calle … .
Sin nada que objetar a la recuperación posesoria de la vivienda, dado que ésta encontraba amparo en la normativa reguladora de los Bienes de las Entidades Locales, lo cierto es que tuvimos conocimiento de que entre los moradores de la citada vivienda se encontraba una mujer con tres hijos menores de edad, que podrían quedar en situación de desprotección al no disponer de alojamiento alternativo.
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