Queja número 20/2502
La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz tuvo conocimiento, tras la tramitación de diferentes expedientes de queja, de la falta de cumplimiento de distintas Administraciones Públicas y particulares en relación a la retirada o eliminación de elementos que se consideran contrarios a la memoria democrática, entendiendo que a tenor del periodo transcurrido desde la entrada en vigor de Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, debería haberse constituido el Comité Técnico encargado de determinar los elementos aún no retirados o eliminados.
A este respecto hemos sido informados de lo siguiente:
“En contestación a su escrito con referencia AVP/JLV/ct Nº 20/2502, por el que se indica que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, dicha institución inicia actuaciones para tomar mayor conocimiento en relación a la creación del Comité Técnico que se establece en el artículo 32.6 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, se pone en su conocimiento que con fecha 31 de julio de 2020, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (número 147) la Orden de 27 de julio de 2020, por la que se crea y regula el Comité Técnico sobre símbolos contrarios a la memoria democrática de Andalucía, y se establecen su composición y reglas de funcionamiento, en desarrollo de lo dispuesto en el articulo 32.6 de la Ley 2/2017, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía”.
Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que la cuestión se encuentra en vías de solución, ya que si bien ya se encuentra creado y regulado el Comité Técnico, en su regulación se establece en cuanto a su régimen de funcionamiento que «se reunirá al menos un vez al año», por lo que, con esta fecha, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en su expediente de queja, sin perjuicio de la realización de un seguimiento pasado un tiempo prudencial.
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