Queja número 13/6330
Tras nuestra intervención, la Administración rectifica el procedimiento seguido y le concede bonificación por familia numerosa en recibo de IBI.
La parte promotora de la queja expone que en fecha 3 de octubre de 2012 presentó solicitud y documentación instando bonificación por domicilio de residencia habitual y por familia numerosa, en relación con el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, reiterando la misma el día 2 de enero de 2013, pues el día 31 de diciembre el Registro de la Administración Municipal permaneció cerrado según indica.
Hasta la fecha de su escrito de queja -afirmaba- no se le había facilitado respuesta, es más ha debido pagar los recibos del ejercicio 2013 en la cuantía total, sin bonificaciones ni beneficios fiscales algunos.
Por la información recibida de la Agencia Provincial de Administración Tributaria, tuvimos conocimiento que con fecha 24 de septiembre de 2014 se había dictado Resolución estimatoria de la solicitud de la reclamante, teniendo por subsanados los defectos de la solicitud inicial, rectificando la actuación administrativa seguida y, reconociéndole -con efectos retroactivos- la bonificación por familia numerosa que respecto del IBI del ejercicio de 2013 había solicitado.
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