Queja número 24/4298
La interesada expone la demora que se viene produciendo para que su hijo de 3 años de edad, reciba atención en el Centro de Atención Infantil Temprana (CAIT), habiendo transcurrido sobradamente el plazo de 90 días desde que se realizó la derivación.
Aporta informe de valoración de fecha 24 de enero de 2024 del CAIT ASPAPROS, en el que se recomienda que su hijo “inicie rehabilitación en las áreas de psicología y logopedia, recomendando seguimiento en el área de fisioterapia para descartar dificultades en esta área”.
Interesados ante la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Almería nos explican mediante informe las causas de la actual demora en la atención temprana debido a la elevada demanda frente a las insuficientes plazas existentes, entre las que se citan el aumento en la tasa de diagnósticos debido a los avances en la detección precoz, el crecimiento demográfico en la provincia, la disponibilidad limitada de profesionales especializados y la propia la complejidad del proceso de evaluación y diagnóstico para determinar las necesidades específicas de cada menor.
Se detallan asimismo los criterios de priorización que determinan el puesto en la lista de demandantes independientemente de la fecha de entrada de la solicitud, para lo que es necesaria la valoración técnica de las especificas circunstancias de cada menor, con el objeto de dar preferencia en el acceso a una plaza a los niños y niñas con mayores necesidades.
El informe explica que se están poniendo en marcha paulatinamente una serie de estrategias a fin de aumentar el número de plazas disponibles para en la provincia de Almería y por tanto reducir las listas de espera. Así, se nos indica que está prevista una ampliación del numero de sesiones en la próxima licitación que está en trámites para su publicación y que se pretende mejorar la coordinación interinstitucional, mediante grupos de trabajo para llevar a cabo una actuación coordinada y uniforme en todas las provincias.
En cuanto al caso particular planteado en la presente queja, se señala que, al ser la lista de espera dinámica, no es posible predecir el tiempo de demora para que el hijo de la interesada, cuya valoración ha sido de 10 puntos, pueda iniciar la intervención en uno de los CAITs concertados con la Consejería de Salud y Consumo.
A este respecto, hemos recordado a la Delegación Territorial los plazos establecidos en el artículo 24 de la Ley 1/2023, de 16 de febrero, por la que se regula la Atención Infantil Temprana en la comunidad autónoma de Andalucía, para el acceso a los Centros de Atención e Intervención Temprana, que se han superado ampliamente en el presente caso.
Sin perjuicio de lo anterior, una vez recabada la referida información sobre la situación concreta del expediente promovido por la interesada y tras un detenido estudio del informe recibido, esta Institución considera procedente aguardar un tiempo prudencial para que las citadas estrategias puestas en marcha por esa administración sanitaria puedan dar sus frutos y reducir la lista de espera existente en la provincia de Almería.
En consecuencia, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente.
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