Queja número 21/4777
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución solicitando nuestra intervención para la recuperación de sus pertenencias y clasificación en un destino productivo, solicitamos información a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sobre las cuestiones que nos trasladaba en su instancia, remitiéndonos la respuesta que le detallamos a continuación:
En cuanto a la remisión de sus pertenencias nos indican que “el 21/12/2020 el interno firmó un recibí en el que se le hace entrega de varias prendas de vestuario, el 25/03/2021 recibió un paquete del exterior en el que se le remiten diversas prendas de vestuario las cuales son admitidas y entregadas. El día 21/07/2021 se recibió escrito del centro de origen informando que proceden a remitir las pertenencias Una vez recibidas, aquellas pertenencias que proceda entregar le serán entregadas”.
Respecto a las dificultades para la tramitación de su alta en un destino productivo nos trasladan que:
“Según informan desde el centro es cierto que desde hace algún tiempo están teniendo dificultades (exigencia de NIE y exigencia de permiso de trabajo) para tramitar el alta en Seguridad Social de los internos extranjeros que realizan actividad laboral por ello, han realizado consultas a la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo y les han trasladado oficio del Subdirector General de Afiliación y Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social (de fecha octubre de 2009), el cual da respuesta y regula esta situación:
Exigencia de NIE: cuando se trata de internos extranjeros no nacionales de la Unión Europea, se puede tramitar el alta aunque el identificador de la persona física no sea un NIE, siendo válido a estos efectos el Número de Interno que se le ha asignado en el Centro Penitenciaria (NIS) o el número de pasaporte".
Exigencia de permiso de trabajo: a los reclusos que desarrollen estas actividades en los talleres productivos de los centros penitenciarios no se les exigirá permiso de trabajo, dado que la orden de prisión lleva implícito el mismo”.
Por ello, han contactado con la Dirección Provincial de la Seguridad Social y han aclarado estas incidencias.
Estaba previsto que con fecha de Junta de Tratamiento 05/08/2021, el interno pudiera ser dado de alta en destino productivo/remunerado”.
Sobre la concesión de permisos nos trasladan que le han notificado resolución denegatoria en la que se le informa sobre los motivos. En cuanto a su clasificación y progresión de grado manifiestan que es “un interno con muy buena conducta, que asume correctamente la normativa penitenciaria y sin problemas de relación tanto con sus compañeros de internamiento como con el personal penitenciarios.
Actualmente y desde su ingreso se encuentra en el Módulo 11 - módulo de respeto- siendo correcta su implicación y participando en las actividades asignadas lo que será valorado como elementos positivos por la Junta de Tratamiento cuando se revise su grado y se le estudie permiso”.
Analizado el informe facilitado por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias en el que nos trasladan que se le ha hecho entrega de sus pertenencias, tramitado su alta en un destino productivo y en la que se asegura que se tendrá en cuenta por la Junta de Tratamiento su comportamiento en prisión para su próxima clasificación, estimamos que el problema que nos traslada se encuentra en vías de solución, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones y procedemos al cierre del expediente de queja.
No obstante si finalmente no hubiera sido clasificado en un destino productivo le rogamos que nos informe para poder valorar de nuevo nuestra intervención.
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