Queja número 15/2323
La Agencia Tributaria revoca Liquidación por dación en pago de vivienda habitual a la financiera considerada inicialmente como donación.
El Defensor del Pueblo Andaluz formula Resolución a la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que recomienda que, actuando de oficio, se proceda a la revocación de los actos de gestión en expediente de la Agencia Tributaria de Andalucía y de recaudación ejecutiva que pudieren haber sido llevados a cabo respecto de la interesada, con devolución de lo hasta ahora embargado y de los intereses devengados a su favor.
En respuesta a nuestra Resolución, se nos indica que siendo la revocación un procedimiento reglado en virtud del art. 219 LGT, y art. 10, 11 y 12 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, se va a acordar el inicio del procedimiento, por el cauce establecido, de cuyo resultado se dará cuenta una vez se concluya el mismo.
Dada la aceptación del contenido de nuestra Resolución, damos por concluidas nuestras actuaciones en este expediente.
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