Queja número 24/4234
El Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a la ausencia de resolución expresa ante el recurso presentado ante las autoridades académicas de la Universidad.
En su día nos dirigimos ante el rectorado trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema con fecha 24 de junio.
“Atendiendo al escrito recibido el 6 de junio, en el que se requería nuestra colaboración y traslado de las actuaciones realizadas, le informamos de lo siguiente:
Con fecha 20 de junio de 2024, fue firmada la resolución por el Rector de la Universidad, resolviendo al recurso de alzada presentado por el interesado, la cual ha sido remitida al recurrente por correo postal certificado en fecha de 20 de junio de 2024.
INFORME CRONOLÓGICO DE ACTUACIONES
1º.- 21 de septiembre de 2023 presenta a través del Registro General de la Administración General del Estado (REG), instancia genérica solicitando reconocimiento de créditos.
2º.- 22 de septiembre de 2023 se le comunica el rechazo de la instancia recibida, indicándole la obligatoriedad de presentar su solicitud a través del procedimiento electrónico correspondiente existente en Sede Electrónica de la Universidad.
3º.- 5 de octubre de 2023 recurrente presentó escrito solicitando la tramitación de su solicitud de 21 de septiembre a través del (REG).
4º.- El 21 de diciembre el Vicerrectorado de Estudiantes emite resolución no accediendo a lo solicitado.
5º.- El 5 de febrero de 2024 se presenta el recurso de Alzada contra la Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes”.
Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades académicas atendiendo con la previsión recogida en el procedimiento y resolviendo el recurso aludido por el interesado en la queja.
Comprendiendo la preocupación generada en el interesado por disponer formalmente la resolución de la entidad universitaria, nos congratulamos de la conclusión de citado trámite en los términos que se aluden en la respuesta de los servicios universitarios.
Alcanzado el sentido de la queja tramitada, procedemos a la conclusión del expediente, agradeciendo la confianza ofrecida.
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