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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

El DPA responde | Octubre 21, 2020

Hola Paqui. Según el art. 6 del Real Decreto-ley 20/2020, se considera pareja de hecho, a efectos del IMV, la constituida por una relación de afectividad con, al menos, dos años de antelación y hayan convivido de forma estable y notoria con carácter inmediato a la solicitud de prestación y con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años.

En su caso, están conviviendo juntos con más de diez años de antelación y, además, tienen a dos hijas en común, por lo que, a nuestro juicio y siempre teniendo en cuenta los datos que nos facilita, forman una unidad de convivencia a efectos del IMV. Saludos

El DPA responde | Octubre 9, 2020

Solicitamos a los participantes en este foro que eviten comentarios políticos de cualquier índole porque desvirtúa el objetivo de este foro, que no es más que interambiar información de las personas que están sufriendo dilaciones en la resolución de las solicitudes de la prestación de la Renta Mínima de Inserción Social. Es un espacio para compartir información y experiencias sobre el procedimiento de esta prestación. Le agradecemos a todos y todas su colaboración.. Un saludo

Nuria (no verificado) | Octubre 13, 2020

Buenas DPA necesito saber cuando tengo que hacer la.renovacion de la rmisa empeze a cobrar la este mes de emergencia soy abril 2019 gracias

El DPA responde | Octubre 21, 2020

Hola Nuría. El IMV es una prestación de naturaleza económica que, además, forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, por lo que tiene carácter prioritario ante la prestación que ofrece la RMISA. Esta última tiene carácter subsidiario, como establece la normativa que la regula.

Por tanto, te aconsejamos que solicites el IMV, y si has agotado la Renta Minima puedes también solicitarla, aunque quedará en suspenso hasta que se resuelva el IMV

En este enlace tienes toda la información sobre cómo solicitar el IMV: pincha aquí Un saludo,

Rafa (no verificado) | Octubre 9, 2020

Señor defensor se equivoca usted usted está para defender nuestros derechos para informarnos ya tenemos la prensa pero como no quiere usted que no nombremos años políticos si son los culpables de toda esta miseria que estamos pasando a claro que que su cargo también es político propongo que nadie escriba en esta web total nada soluciona y encima nos piden sensura

Benja (no verificado) | Octubre 9, 2020

Hola a tod@s ! Solicite la RMIS en Julio del 2019, sin ingreso alguno la solicite a través de Servicios Sociales los cuales me gestionaron el cobrar 5 meses por emergencia del Covid-19, acabo de recibir escrito de la Junta de Andalucía indicando (lo que ya sabia) que me conceden los 5 meses por emergencia (acabo de cobrar el 4 mes) pero que también tengo la obligación de solicitar la Renta minima Vital.
Se entiende que al cobrar el 5º mes si es favorable (se supone que si por que servicios sociales lo autorizaron) te pagan con caracter retroactivo los 12 meses de la RMIS descontando esos 5 meses ya cobrados.
Mi pregunta es la siguiente.
¿Si solicito la Vital corro el peligro de que me cancelen la RMIS y por tanto no cobrar el resto del año de una vez con caracter retroactivo?
¿Existe un plazo de tiempo desde que recibo la carta para pedir la vital o puedo esperar a cobrar la RMIS y despues pedir la vital?
Lo digo por que estoy viendo por aqui muchos casos en los que piden la vital, le cortan la RMIS y despues no le aprueban la vital.
Gracias por la respuesta y se agradece tambien la información por parte de algun asesor del Defensor.

El DPA responde | Octubre 19, 2020

Hola Benja.

El IMV es una prestación de naturaleza económica que, además, forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, por lo que tiene carácter prioritario ante la prestación que ofrece la RMISA. Esta última tiene carácter subsidiario, como establece la normativa que la regula. Por tanto, le aconsejamos que solicite el IMV.

En cuanto a su afección a los atrasos, si Vd. solicita el IMV antes de 31 de diciembre de 2020 y reúne los requisitos, le van a abonar esta prestación con carácter retroactivo al 1 de junio de 2020. Por tanto, tendrá derecho a la RMISA hasta el 30 de mayo de 2020. Cuando le concedan el IMV tendrá que notificar este hecho a la Delegación Territorial de su provincia en un plazo de 15 días.

Con respecto a la cancelación de los atrasos no te deben de cancelar el expediente por pedir el IMV. No tenemos constancias que por solicitar el ingreso minimo vital se esten cancelando Rentas Minimas. Saludos.

Nuria sevilla (no verificado) | Octubre 13, 2020

Buenas benja eso te dijeron osea al 6 mes te dan los 12 meses ?

Benja (no verificado) | Octubre 19, 2020

La teoria es esa, el peligro que se corre es que si se solicita la IMV te cancelen la RMIS y pierdas despues de mas de un año todos los derechos con caracter retroactivo.

María (no verificado) | Octubre 13, 2020

Buenos días me gustaría saber cuando volverán a pagar la RMI ya que me han ingresado el mes de agosto por urgencia la he ampliado en el el mes de 21de julio tb he solicitado la rmv pero no he tenido respuesta espero que no haya ningún problema por haber solicitado la rmv

El DPA responde | Octubre 21, 2020

Hola María. Con los datos que nos facilitas no podemos conocer en qué situación se encuentra tu solicitud y por qué se ha paralizado el pago de su RMISA. Para poder ayudarte te pedimos que, a través de nuestra página web, en la zona "Defensor a un clic", nos remitas un escrito firmado en el que nos relates las circunstancias que rodean a su solicitud y adjuntes toda la documentación que creas que puede servirnos para conocer esas circunstancias.

Te recomendamos de todas formas que te pongas en contacto con los servicios sociales de tu localidad, ya que ellos tienen acceso a los datos de la solicitud o contactec con la Delegación Territorial de tu provincial. Un saludo

Lola (no verificado) | Octubre 8, 2020

Buenas tardes a los q os an concedidoel ingreso minimo vital habéis recibido alguna carta o SMS?

Miguel (Málaga). (no verificado) | Octubre 10, 2020

Buenos dias.Yo recibí un sms donde ponia que me la aprovaban y a los pocos dias recibí la carta con la resolución,cuantia etc.
Saludos.

Manu41 José (no verificado) | Octubre 14, 2020

Recibiste mensaje del ingreso mínimo vital aprobado luego la carta pero has cobrado a qué tiempo has cobrado o no has cobrado aún

Miguel (Málaga). (no verificado) | Octubre 16, 2020

Hola,recibí el mensaje a final de agosto y a principios de Septiembre la carta.Me ingresaron los 4 meses el 25 de Septiembre.He visto por aquí que también hay quien se la ingresaron el 25 de Septiembre.

Dolores ( Sevilla) (no verificado) | Octubre 8, 2020

Sin noticias de defensor del pueblo sobre mi renta mínima de inserción puse un escrito y no tengo noticias

Antonia (no verificado) | Octubre 8, 2020

A JR. Marín, a mí me pagan el SMV los días 25 de cada mes y ponen, pensión

antonio (no verificado) | Octubre 7, 2020

Hola DPA

Solicité el RMISA en noviembre del 2019 y la trabajadora social me dijo en abril/mayo en pleno confinamiento que si la solicitaba de urgencia cobraba 5 meses pero perdía el carácter retroactivo de la misma ( no sé si hasta que se resuelva o definitivamente ), obviamente acepte ya que vivo solo y no tenia ningún ingreso, ni para comer, ni pagar el alquiler, este es el 3 mes que la cobro y me han aprovado el IMV y lo he cobrado con caracter retroactivo, son compatibles? ¿puedo cobrar las dos a la misma vez? llevo echando instancias de forma presencial mas de 3 semanas para hablar con mi trabajadora social y como saben no hay manera... mi duda es esa, si puedo cobrar las dos a la vez, tengo que avisar y me quitarian el RMISA hasta que saliera la resolución, tendria que devolver alguna cantidad o que es lo que tengo que hacer.

Hoy me he puesto en contacto con ustedes por tlf y me han dicho que me llamarían.

Estaría bien que respondieran por aquí ya que veo que hay varias personas en la misma situación y podría ayudar a resolver las dudas de mucha gente.

Gracias!

El DPA responde | Octubre 9, 2020

Hola Antonio. La RMISA es una prestación subsidiaria del IMV. Tienes que comunicar a la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia que tienes aprobada tu solicitud de IMV. Puedes hacerlo presentando un escrito contando los hechos a través de registro pidiendo cita previa a través de este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/citaprevi.... Gracias y un saludo.

ES decir, si ya estas cobrando el Ingreso Mínimo Vital la prestación de Renta Minima, en principio debe suspenderse, para lo que te aconsejamos como te hemos señalado que presentes el escrito en la Delegación Territorial.

Si la cuantía del IMV es superior a lo que venias percibiendo de Renta Mínima se extinguira, sin perjuicio que una vez que se reconozca de manera definitiva la Renta Minima que te den con los efectos que correspondan y te descuenten lo percibido por el IMV desde el mes de Junio

Un saludo.

Benja (no verificado) | Octubre 9, 2020

Hola Antonio cuando hagas esa consulta por favor publicalo por aqui ya qye estoy en la misma situación, acabo de cobrar el 4 mes (de los 5) de la RMIS por emergencia y no quiero pedir la vital ya que como he visto en otros casos por aquí muchos que han pedido la vital le han cancelado la RMSI ya que dependiendo de la situación son compatibles o no.
Lo que si puedo indicarte que en los 5 meses por emergencia los de la Junta de Andalucia todavía no han revisado tu expediente y no es una aprobación definitiva.

María Isabel (no verificado) | Octubre 18, 2020

Estoy en tu misma situación, pero sin una respuesta desde que la solicite va finales de 2018
..... Entonces yo si que me tengo que preguntar después de 4años que más tienen que mirar yo estoy mal mal ya xk este me siento estafada

Nuria sevilla (no verificado) | Octubre 8, 2020

Buenas hoy me llego la carta resolución rmisa donde me dicen que durante 5 meses me ingresan 634,69 e y luego la resolucion era la junta al final no la vital y también me pone que solicite la vital pero yo ya lo.hice en junio un saludo atodos y suerte

J .R . (no verificado) | Octubre 7, 2020

Alguien que tenga una cuenta basica a ver si puede poner los pasos que a seguido .
Yo soy de caja rural del sur y me dicen que debo cerrar la que tengo abierta para poder abrirla con el consiguiente perjuicio que llevaria sobre todo dar el numero de cuenta nueva para la renta andaluza despues del tiempo esperado .
Gracias de antemano.

J .R . (no verificado) | Octubre 7, 2020

A ver si nos enteramos dinero ay no tenemos mas que comprobar lo que estan gastando en sueldos de nuevos directivos y en contratar viejas glorias afines a ellos que en un mes uno de ellos se lleva mas dinero que 150 familias de la renta andaluza.
Entonces tengamos esto en cuenta no lo solucionan porque no quieren si por ellos fuera la quitarian segun criterios del trio calabera .
E visto que alguien a preguntado que el banco le ponen PENSIÓN en el ingreso realizado que mire el IMV la seguridad social cuando lo ingresa suele poner esto.
Un saludo y a segiir con la paciencia yo soy de junio 2019 asi que toca esperar

Nuria sevilla (no verificado) | Octubre 8, 2020

Buenas J.R mire más tranquila y me pone prestación de la.rmisa junta de andalucia puede ser que solicite los 5 meses de emergencia el 22 de junio y tardo pos 2 meses casi un saludo esperemos.me.lo.den durante los 5 meses que no sea.la resolución de mi año.y pico de espera soy del 5 de abril 2019 sevilla suerte atodos y ánimos!!!!

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