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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

Sole (no verificado) | Septiembre 30, 2020

Lo sabes ya ? Yo Hiba hacer la misma pregunta

Nuria sevilla (no verificado) | Octubre 1, 2020

Buenas Soledad,siii van por finales de diciembre aunque yo soy de abril y me dijeron este mes o que el viene me ingresan que este pendiente de mi cuenta nidea hija uf un saludo

Pepe47 (no verificado) | Septiembre 16, 2020

Hola por que me están cobrando en Málaga?

Mayte (no verificado) | Septiembre 18, 2020

Eso quisiera yo saber, por dónde va en Sevilla. No hay manera de tener la más mínima información. Los teléfonos son un zapatofono de los chinos. Ayer pude coger cita telefónica para octubre, madre mia, para que me informen

Dolores (no verificado) | Septiembre 22, 2020

Yo fui a la junta de Andalucía creyendo que me diría algo y tan sólo me hizo escribir una reclamación me mandaron un SMS diciéndome que cuando tuvieran información me lo comunicaría es una vergüenza y esperando respuesta también de defensor del pueblo y pa colmo la vital me dicen que ya me mandara la resolución tres meses esperando

J .R . (no verificado) | Septiembre 16, 2020

Hola cuando nos pagan el IMV quien hemos tenido la suerte de cobrarlo el dinero que nos descuentan es lo cobrado en el 2019 asi que no importa lo que cobres este año pues eso te computara para el año que viene.
Segun me an dicho en la seguridad social o sea lo que estamos cobrando ahora es descontando lo que cobramos en el 2019 ,
De desempleo o trabajo , la renta andaluza o ayudas de emergencia no cuenta para quitarlo del IMV .
hala suerte para tod@s .

Manu41 (no verificado) | Septiembre 15, 2020

19 meses llevo esperando la remisa de marzo de 2019 soyde sevilla ahoraa mi expediente en la carpeta ciudadana tampoco aparece lleva sin aparecer el expediente en carpeta ciudadana 4 meses valiente cachondeo alguien me puede decir si alguien ha cobrado el mes de febrero o marzo en Sevilla

Nuria sevilla (no verificado) | Septiembre 17, 2020

Hola.manu soy del 5de abril 2019 sevilla yme pasa.igual que aty me desapareció el expediente nidea uf

Manu41 (no verificado) | Septiembre 21, 2020

Esperemos cobrar ya pronto esto es una ruina y nadie dice por qué mes están pagando en Sevilla

Nuria sevilla (no verificado) | Septiembre 21, 2020

Hace un par de meses estaban pagando en Sevilla por diciembre kizas vayan ya por enero o febrero nidea yo soy de abril 2019 y desde junio que la.pedi por emergencias aún nada ni carta ni dinero nada se sabe

Mayte (no verificado) | Septiembre 16, 2020

Yo soy de Sevilla octubre 2018 y aún sigue expediente abierto.
Estoy atada de pies y manos. Si llamo al número de renta mínima de Sevilla salta contestador con que están muy ocupados y gasto de móvil.
Aquí en Huelva no.puedo informarme tampoco.

J . R . (no verificado) | Septiembre 15, 2020

Hola veo mucho eseptico por aqui pones la realidad y casi te faltan el respeto por ello .
Yo e cobrado el IMV el uno de septiembre con carácter retroactivo es la realidad , la cobre al mes siguiente de haberme llegado la carta con la confirmación.
La renta andaluza la eche en junio 2019 y me dicen que estan revisando por primeros de abril asi que a esperar que lleguen al mes de junio .
Despues ay muchas personas que la echan no cumpliendo los requisitos y lo que hacen es saturar listas o quien la echa 15 o 20 veces yo conozco quien lo a echó teniendo mas patrimonio y un sueldo fijo de su mujer y cobrando la ayuda de 430 por desempleo y se queja de que no le dan nada .

Jr. Marín (no verificado) | Septiembre 19, 2020

Hola, ¿cuánto te han pagado de atrasos del ingreso mínimo vital? Gracias.

Toni (no verificado) | Septiembre 16, 2020

Tu eres de Sevilla? Están revisando el mes de abril en las Rmisa de Sevilla?

Ana (no verificado) | Septiembre 15, 2020

Buenas tardes, estaba cobrando la RMISA y me aceptaron de oficio el IMV. El problema radica en que del IMV estoy cobrando solo 300 euros de los 738 que me corresponden según la tabla. La RMISA han dejado de pagarmela. Mi pareja cobraba el subsidio de 430 euros del SEPE (que supongo que por eso mi IMV es de 300, para complementar el subsidio de mi pareja). El hecho es que mi pareja ya no cobra su subsidio, la RMISA han dejado de pagarmela y solo tengo 300€ del IMV. ¿Cómo puedo hacer para que me regularicen el IMV hasta los 738 que me corresponden si no hay cita en la SS? Gracias y agradezco su ayuda.

El DPA responde | Septiembre 22, 2020

Hola Ana, te recomendamos que utilices la sede electrónica de la Seguridad Social para ponerte en contacto con la misma. La atención presencial en las oficinas se está llevando a cabo de forma gradual. A través de la sede electrónica, indica estas circunstancias y remite la documentación que creas oportuna para solicitar la regularización del IMV.

Un saludo.

Ana sevilla (no verificado) | Septiembre 14, 2020

Hola buenas porque me an denegado la renta mínima vital por no esta inscrito como demandante de empleo si llevo tiempo inscrito como demante de empleo ¿que puedo hacer para demostrarlo?

El DPA responde | Septiembre 22, 2020

Hola Ana, en la resolución desestimatoria que has recibido debe indicar las vías de recurso de que dispones. Puedes presentar el recurso o reclamación que proceda a través de la sede electrónica de la seguridad social, adjuntando el certificado de estar inscrito como demandante de empleo.

Un saludo.

Nuria Triviño silgad (no verificado) | Septiembre 15, 2020

Buenas ami ni me pagan rmv y ahora me desaparece la rmisa y la pedí de urgencias yo no se que pasa uf que agobio y la ayuda alquiler nada tampoco 2018

El DPA responde | Septiembre 22, 2020

Hola Nuria, el IMV absorbe a la RMISA. Si solicitaste la RMISA antes del IMV y reúnes los requisitos deben abonarte hasta la fecha en la que te hayan concedido el IMV. Te recordamos que tienes la obligación de comunicar a la Delegación Territorial de Igualdad de tu provincia o a los Servicios Sociales de tu localidad que te han concedido el Ingreso Minimo Vital. Un saludo.

Francisco (no verificado) | Septiembre 22, 2020

Buenas tardes Sr. DPA.
Hay un plazo establecido para comunicarlo?
En caso de que la cantidad económica aprobada por el IMV sea inferior a la RMISA, no complementa esta ultima el resto por el periodo de tiempo aprobado, en mi caso cinco meses?
Agradeciendo de antemano su atención.
Un saludo

El DPA responde | Octubre 1, 2020

Hola Francisco,

Respecto del plazo para la comunicación te informamos que, cualquier circunstancia diferente a las declaradas en la solicitud inicial, debe comunicarse a la Delegación territorial, preferiblemente a través de los Servicios Sociales que por domicilio te correspondan, en un plazo no superior a 15 días.

En cuanto a la complementaridad, la cantidad que te corresponderá de IMV será superior a la RMISA. No obstante, si cumples los requisitos, deben abonarte los meses de RMISA que te correspondan hasta que te concedan el IMV.

Saludos.

Francisco (no verificado) | Octubre 6, 2020

Buenas tardes,
Gracias por la contestación aunque en lo único que me ha sido de utilidad es el plazo, le comentaba al fin y al cabo acerca de la complementariedad entre el IMV y RMSI. La RMI no siempre es superior a la renta mínima, se calcula restando los ingresos del ejercicio anterior a lo que te corresponde por tipología de unidad familiar. En mi caso 119€.
Aprovecho la ocasión para rectificarle el IMV no absorbe al RMISA, al menos en su modalidad de urgencia, sino que la complementa. Se lo indico por que mi caso
Le agradecería que fuese mas certero en sus afirmaciones para no crear falsas expectativas tanto positiva como negativamente
Reciba un cordial saludo.

El DPA responde | Octubre 9, 2020

Estimado Francisco, lo primero que tenemos que expresar es la gran confusión que existe en todo el procedimiento de la Renta Mínima de Inserción, que se vio modificado durante el estado de alarma con dos decretos el 6/2020 de 30 de marzo donde se establece un procedimiento extraordinario de concesión para las solicitudes de Renta Mínima en la modalidad de urgencia o emergencia social y en las ampliaciones y la creación posteriormente de una nueva situación de emergencia social para unidades familiares con menores a cargo o unipersonales donde ninguna de las personas integrantes de la unidad familiar se encuentren en alta ni perciben prestaciones sociales regulado por el Decreto 10/2020.

La renta mínima de inserción social en Andalucía, tiene carácter subsidiario con respecto a cualquier prestación de carácter contributivo o no contributivo.

La cuantía  mensual del Ingreso Mínimo Vital  vendrá determinada por la diferencia entre la cuantía de la renta garantizada, en función del número de miembros de la unidad familiar, y el conjunto de todas las rentas e ingresos de la persona beneficiaria o de los miembros que componen esa unidad de convivencia del ejercicio anterior, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales.

Como dices, se pudiera dar el caso que la cuantía de la prestación de la Renta Mínima pudiera ser superior al Ingreso Mínimo, al no tener en cuenta determinados ingresos para la determinación de la cuantía de dicha Renta Mínima Andaluza.

Es por ello, que hemos solicitado que  reconfigure la Renta Mínima de Andalucía para hacerla compatible con el Ingreso Mínimo Vital y que ponga fin a los procedimientos que continúen abiertos desde la entrada en vigor de la prestación autonómica en 2018.

Puedes ver nuestra actuación en el siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/actualidad/el-defensor-del-puebl...

ANTONIO (no verificado) | Octubre 6, 2020

Buenas Francisco y DPA,

Yo también solicité el RMISA en noviembre del 2019 y la trabajadora social me dijo en abril/mayo en pleno confinamiento que si la solicitaba de urgencia cobraba 5 meses pero perdía el carácter retroactivo de la misma ( no sé si hasta que se resuelva o definitivamente ), ovbiamente acepte ya que vivo solo y no tenia ningún ingreso, ni para comer, ni pagar el alquiler, este es el 3 mes que la cobro y me han aprovado el IMV, son compatibles? ¿puedo cobrar las dos a la misma vez? llevo echando instancias de forma presencial mas de 3 semanas para hablar con mi trabajadora social y como saben no hay manera... mi duda es esa, si puedo cobrar las dos a la vez, tengo que avisar y me quitarian el RMISA hasta que saliera la resolución o que es lo que tengo que hacer.

UN SALUDO

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