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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

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13878 Comentarios

julio (no verificado) | Mayo 25, 2020

Hola, una consulta.
Yo efectué la solicitud en junio 2019, y como se acerca el año, quisiera saber si debo enviar ya una solicitud de renovación, pese a que mi expediente sigue abierto y aún no he cobrado nada, o si hasta que no te confirmen que cumples y te la concedan no puedes renovar nada.
Lo que no quiero tampoco es volver a echarla pensado que estoy haciendo la renovación, y que resulte que me cancelan la de hace un año...

El DPA responde | Mayo 26, 2020

Hola Julio, no tienes que solicitarla hasta que no tengas la resolución. Te sugerimos que contactes por teléfono con los servicios sociales que por domicilio te correspondan para que puedas informarte sobre las nuevas medidas extraordinarias del Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, para unidades familiares con menores a cargo y unipersonales, por si pudiera ser tu caso. Un saludo.

Pepi (no verificado) | Mayo 25, 2020

Sevilla noviembre del 2018 son ya 18meses esto es desesperante no tengo noticias aún

Ana (no verificado) | Mayo 25, 2020

Buenas tardes, soy de octubre de 2018 de Sevilla y aún nada de nada, desesperante, alguien de octubre 2018 sevilla que allá cobrado?? Gracias

Mamen (no verificado) | Mayo 25, 2020

RENOVACIÓN!!Aquí nadie se pone de acuerdo !!
Llame la semana pasada a asuntos sociales y m dijeron q se renovaba la ayuda automáticamente, q si entrenaba en el plazo del estado de alarma no había nada q presentar ni nada q estuviera tranquila y hoy leo por aquí q hay q solicitar la renovación !!
Entonces q hacemos !?? A quien hacemos caso !? Porq no nos dicen las cosas con más claridad !? Nosotros somos los q pasamos penurias y hambre , los q necesitamos pagar recibos ...etc . Alguien q sepa algo !!?

El DPA responde | Mayo 25, 2020

Hola Mamen. Si ya presentaste la solicitud de ampliación antes del estado de alarma o en el estado de alarma, no hay que volver a presentarla, pero, insistimos, se renovarán automáticamente las solicitudes de ampliación, tal y como establece la normativa que compartimos.

Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Artículo 3. Procedimiento extraordinario de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía.

1. Todas las solicitudes de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-ley o que se presenten durante el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como durante las prórrogas del mismo, serán resueltas provisionalmente de forma favorable por los órganos competentes, estableciéndose la cuantía que corresponda en función de la composición de la unidad familiar, siempre que no concurran causas de inadmisión. La resolución provisional se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del presente Decreto-ley y surtirá efectos durante el periodo de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas prórrogas, más los tres meses posteriores a su finalización. La resolución provisional dará derecho al abono de las cuantías correspondientes a los meses corrientes durante su periodo de eficacia, considerándose como anticipo a cuenta de la renta que finalmente corresponda.

2. Los expedientes resueltos provisionalmente con arreglo al procedimiento descrito en el apartado 1 serán objeto de revisión en el plazo de tres meses a contar desde que se produzca la finalización del estado de alarma. Dicha revisión comportará la comprobación del conjunto de requisitos para la concesión de la ampliación de la renta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable, en función de la situación de la unidad familiar. Efectuada la citada revisión se dictará resolución definitiva, confirmando la resolución provisional dictada si se comprueba el cumplimiento de los requisitos requeridos, generándose con ello el derecho a la percepción de las cantidades pendientes de abonar, o bien declarando su improcedencia, si no concurren los requisitos para obtener el derecho a su percepción e iniciándose en ese caso el procedimiento de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.

El transcurso del plazo de tres meses previsto en el párrafo anterior sin que se hubiese dictado resolución definitiva, no supondrá en ningún caso la confirmación del derecho a los pagos efectuados conforme a la resolución provisional, debiendo en cualquier caso existir pronunciamiento expreso sobre la procedencia o no de dichos pagos y, en su caso, tramitación del procedimiento de reintegro correspondiente.

3. En los supuestos en los que, tras la revisión de las resoluciones provisionales de concesión, se determine que la unidad familiar no tiene derecho a la percepción de la prestación en las condiciones establecidas en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, el derecho a la prestación concedida de forma provisional se determinará en función de que los ingresos mensuales de la unidad familiar en los meses en que la ha percibido fueran inferiores a la cuantía mensual de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que le hubiera correspondido en base a la composición de la unidad familiar.

Se añade el apartado 3 por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril. Ref. BOJA-b-2020-90135

Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en el BOJA núm. 68, de 8 de abril de 2020. Ref. BOJA-b-2020-90093

Mamen (no verificado) | Mayo 26, 2020

Yo estoy cobrando la ayuda y acabo de cobrarla en julio , mi asistenta social me dijo q había q renovarla en mayo , pero llamé y me dijeron q se hacía automáticamente pero ya no se que pensar o que hacer !!! La asistenta me dijo q como me cumplía dentro del estado de alarma supuestamente se renovaba . Que hay esto cierto !? Es así o tengo q presentar algún papel !?

El DPA responde | Mayo 26, 2020

Hola Mamen, las ampliaciones de la renta mínima que tengan que hacerse durante el estado de alarma se harán de manera automática.  Un saludo. 

Rafaela (no verificado) | Mayo 25, 2020

Eso que eso los punto

Veronica (no verificado) | Mayo 25, 2020

Buenos días, yo la solicite en marzo del 2019 y aun no me ha llegado nadrta ni aprobación ni nada saber xq mes va

A.A (no verificado) | Mayo 25, 2020

Mi pregunta es con respecto a las solicitudes de renovación que se presentaron anteriormente, si fueron aprobadas, ¿las pagarán en un pago durante los 6 meses completos como solicitudes regulares o no?
Por favor responde y gracias

Anónimo (no verificado) | Mayo 23, 2020

Buenas, yo cobré hace poco la renta después de estar 16 meses esperando, mi pregunta es tengo que echar la solicitud para pedir la prórroga de los 6 meses o ahora con el estado de alarma se da de manera automática. Gracias de antemano

Yesica (no verificado) | Mayo 30, 2020

Ola por lo ke yo sé Ami cuñada le vino la carta ase dos días y para la ampliación de 6mese te dan 10 días de plazo date prisa ke no seré valla a pasar sino la pierdes informate en tu trabajadora social

Mma (no verificado) | Mayo 24, 2020

Ola me podrías decir si te la am pagado por meses o todo junto porfabor

Anónimo (no verificado) | Mayo 25, 2020

Buenas, si me lo han pagado todo junto (12 meses) ahora lo están haciendo así, por lo menos la gente que han esperado un año o mas. Un saludo

El DPA responde | Mayo 24, 2020

Buenas tardes. Para que te acepten automáticamente la ampliación de la Renta Mínima, previamente tienes que solicitarla. Saludos

Mar (no verificado) | Mayo 25, 2020

Hola , como tienes q solicitar La renovación si está todo cerrado y llamas y nadie te responde !?

El DPA responde | Mayo 25, 2020

Buenos días. Puedes obtener más información para solicitar la RMIS en este enlace. Gracias 

MJ (no verificado) | Mayo 23, 2020

hola soy de granada alguin sabe por que mes van en granada , yo soy de noviembre 2019 ,gracias

Montse (no verificado) | Mayo 23, 2020

Buenas tardes , Señor defensor del pueblo es verdad k la renta mínima autonómica será compatible con la del gobierno ?? Y si fuera así eso k kiere decir k se pueden cobrar las dos al mismo tiempo ??? Le agradecería una respuesta ! Un saludo

El DPA responde | Mayo 24, 2020

Hola Montse. El anuncio del Gobierno establece la compatibilidad de estas dos prestaciones, esto es, se podrán cobrar las dos, pero un anuncio no tiene fuerza legal, es necesario consultar la normativa que regule esta nueva prestación y aún no se ha publicado. Cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado, sabremos cual será su regulación. Más información en este enlace. Saludos

Diciembre 2018 ... (no verificado) | Mayo 21, 2020

Defensor a mi también me a llamado un trabajador social para cuando la próxima lista donde podemos mirarlo le mande otro mensaje puede contestarme y otra cosa eso de e qe junio todos los qe cobramos la máxima de ayuda de protección por hijo a cargo nos ingresan la ayuda automáticamente hasta el 31 de diciembre que cree usted de esto también es un bulo gracias espero respuestas

El DPA responde | Mayo 25, 2020

Hola, no entendemos bien tu pregunta, si te parece puedes ponerte en contacto con nuestra Oficina de Información en el 954212121 o facilitarnos un número de teléfono para que podamos llamarte. Un saludo.

Javier P (no verificado) | Mayo 20, 2020

Hola al señor defensor una pregunta espero me responda gracias
El listado de concesión de la renta minima de emergencia ya está cerrado
Porque a mi me llamo una asistenta social hoy mismo diciéndome que me iva a proponer para dicha ayuda de emergencia gracias de ante mano un saludo

El DPA responde | Mayo 20, 2020

Hola Javier. No son listas definitivas, seguirán tramitando solicitudes y tendrán que notificarlo a las solicitudes que resulten beneficiarias. Saludos

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