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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

Anónimo (no verificado) | Mayo 7, 2020

Gracias Juan por tu respuesta me ha serbido muncho, saludos

El DPA responde | Mayo 7, 2020

Buenos días Joaquín. El Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19) establece lo siguiente:

Artículo 7. Notificación de las resoluciones.

Con carácter excepcional, la notificación de las resoluciones se realizará de forma conjunta a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Ello sin perjuicio de que, cuando sea posible, se realice la misma mediante los medios ordinarios.

Joaquin (no verificado) | Mayo 7, 2020

Munchas gracias, un saludo

Luisa garcia (no verificado) | Mayo 6, 2020

Pues My asistenta siempre medise lo mismo grabada y soy de octubre 2018 a finales esto es desesperante y amargante valiente poca vergüenza que nos bamos a morir de hambre ni nagie ASE nada por nosotros las prosimas el lesiones notamos otra vez al pp o a vox a quien en andalucia como no sea el PSOE nadie sea cuerda de nosotros

Luís de Sevilla (no verificado) | Mayo 7, 2020

Hola.

El psoe y los sindicatos en Andalucía, gastaron una millonada en juergas y enrriquecerses. Ahí fué nuestro dinero y el de otras politicas sociales. No digo que el Pp sea mejor, pero al menos y de momento no están engordando sus bolsillos. Eso sí, han heredado demasiados pufos. No justifico para nada la tardanza en resolver expedientes (llevo 19 meses de espera).
Al igual que tú, estoy harto de poliqueos baratos e ineptos pero soy consiente de la herencia.
Otro desesperado más.

Hola, Luís de S... (no verificado) | Mayo 9, 2020

Es verdad que el PSOE se gastó una millonada en juergas y enriquecerse, pero no es menos verdad que el PP regaló el dinero de las pensiones a los bancos(cajas), subió la deuda pública un 30% en dos legistaturas (situándola en el 98%), nos amordazó y bajó el SMI a 600€. No sé si es PP actualmente se está engordando los bolsillos, pero se los ha engordado al menos para diez generaciones:

https://www.casos-aislados.com/Caso-por-partido.php?Partido=PP

No sé si conoces que en breve se pondrá en marcha el IMV (Ingreso Mínimo Vital), y sobre todo, que el PP-VOX-CUIDADANOS están en contra de este ingreso permanente. Yo también estoy cansado que necesitados voten o justifiquen a delincuentes que sólo hacen al rico más rico, y al pobre más pobre. ¡SÍ SE PUEDE!

Julio alberto (no verificado) | Mayo 8, 2020

Eso es lo que quieren algunos, que pensemos que todos son iguales, y es mentira.
El Psoe, con todo lo malo que era, pagaba a los 8 meses.
Este PP lo primero que hizo al llegar es paralizar el salario, y ahi tenemos, gente con mas de +15 meses esperando.
Que no os engañen, no todos son iguales.

SVQ72 (no verificado) | Mayo 7, 2020

El PSOE puffffff y que diferencia hay con los que estan ahora?. Son todos basura , todos y digo todos los partidos politicos , ninguno se preocupa de hacer politicas sociales de verdad , te recuerdo que todos hacen recortes en SANIDAD, EDUCACION , POLITICAS SOCIALES etc.....

Laura (no verificado) | Mayo 8, 2020

Sí no sabes diferenciar entre política neoliberal y socialista tienes un problema. Privatizar la sanidad pública es cosa de derechas y los recortes en políticas sociales también. Sencillo pobres y ricos sin problemas por cierto con pp y ciudadanos, 21 meses de retraso en mi expediente

SVQ72 (no verificado) | Mayo 12, 2020

Abre los ojos que creo que ves mucho la Sexta, Andalucia es de las comunidades que menos invierte en sanidad de españa (miralo por internet que hay mucha informacion) , y esto ha sido con el PSOE y con el PP lo mismo, entonces no me vendas rollos de politicas neoliberal y socialista . Paso de politiqueo barato y de boquilla y mas soluciones , que eso queremos soluciones . Y repito son todos unos sinverguenzas sean del color que sean , haber si algun dia se preocupan de las personas que es de verdad lo que importa. Agur.

Sofía (no verificado) | Mayo 6, 2020

Bueno pues hoy me ha llamado mi asistenta social de ayuntamiento de renta mínima.porfin está aprobado ...la eche en octubre de 2019.soy de Huelva ,por si le puede servir a alguien .me la han aprobado hace un día ...así que me ha dicho que en principio el mes que viene cobraré .... espero que así sea.espero que le sirva a alguien de Huelva por lo menos saber por qué fecha están .

Ismael (no verificado) | Mayo 7, 2020

Yo la eche el 18 de diciembre y no se nada de nada nose dame una idea de mas o menos cuando sabre algo?

Sofía. (no verificado) | Mayo 7, 2020

Pues ojalá pudiera decirte pero no idea .yo la eche en octubre 2019.si tu la echaste en diciembre ...puede que entre mes y el que vienen la miren pero ya eso no lo se.lo siento .ojalá tengas suerte y no tarden mucho

El DPA responde | Mayo 7, 2020

Buenas tardes Ismael. Es necesario que traslades tu consulta a los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento o a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia. También puedes hacerlo a través del correo electrónico: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es, a través de los Servicios Sociales de su localidad o al telefono: 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es Gracias y un saludo

Anonimo (no verificado) | Mayo 6, 2020

Buenas una pregunta la cobras en este mes?

Sofia (no verificado) | Mayo 8, 2020

No lo creo.la asistenta me dijo que con suerte posiblemente el mes que viene o sea que hasta junio mínimo tendré que esperar....lo que ya no sé si será efectivamente así o tendré que esperar más.ojala que no porque con 4 menores en casa .ya es desesperante tanta espera .

Fati (no verificado) | Mayo 6, 2020

Yo soy de marzo de 2018 y todavia nada ni carta ni llamada ni nada no se kien me puede dar mas information de como va mi expediente

El DPA responde | Mayo 6, 2020

Hola Fati. Debes solicitar la información a tu asistenta social de tu Ayuntamiento o en la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia. También a través del correo electrónico rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es  que son las herramientas que ofrece la Consejería. Gracias y suerte

Ismael (no verificado) | Mayo 6, 2020

Buenos días, mi duda es la siguiente, si solicitamos la renta básica que va a dar el gobierno a partir de Junio (o eso dicen), los que presentamos en su día la renta mínima la perdemos o no? Yo la solicité en Agosto de 2019, y tendría guasa que se omitiera el pago de todos los meses que han pasado desde que se solicita por solicitar otra ayuda, entiendo que no se pueden cobrar dos ayudas, si se cobrara la renta mínima en los plazos que debe ser este problema no existiría, el problema es que somos muchas familias las que ya no podemos más, y ante la incertidumbre de no poder ni tan siquiera saber cuando cobraríamos la renta mínima, nos vemos obligados a solicitar la nueva renta básica, gracias y mucho ánimo a todos.

El DPA responde | Mayo 6, 2020

Buenas tardes Ismael. El ANUNCIO realizado por el Ministro informa que se aprobará un Ingreso Mínimo Vital que no anulará la prestación de la Renta Mínima de Inserción Social. Entendemos que se podrá cobrar las dos pero, los anuncios no son vinculantes, esto es, un anuncio es una información sin poder normativo por lo que habrá que esperar a que salga la norma publicada en el Boletín Oficial del Estado para confirmar que es posible cobrar la ayuda del Gobierno y la prestación de la Junta de Andalucía. Hasta ahora no hay nada publicado. Gracias 

Vanesa (no verificado) | Mayo 6, 2020

Hola yo tamb sigo esperando la renta la exe 20de enero del 2018 y tengo dos hijos uno de s
Siete y otra de doce y ya no se lo que voy hacer pq no puedo tirar con 200e de ayuda familiar por favor alguien me puede decir algo

El DPA responde | Mayo 6, 2020

Hola Vanesa. Como ya sabes y hemos publicado en este foro, no tenemos información sobre la fecha de resolución de los expedientes. Te podemos informar que se ha ampliado la medidas que establecen la emergencia social por si te pudieras acoger a ellas valorando tu situación. Para ello, es necesario que contacte con tu asistente social de tu ayuntamiento para que te pueda informar adecuadamente. Gracias y un saludo

Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Medidas extraordinarias en materia de Renta Mínima de Inserción Social como consecuencia de la crisis social generada por la pandemia del Covid-19 Artículo 30.

Nueva situación de emergencia social para unidades familiares con menores a cargo o unipersonales. (artículo 30).

Manu (no verificado) | Mayo 5, 2020

Soy de diciembre del 2018 y todavía nada de nada. Al paso que vamos pagarán a los dos años. Ya van 17 meses que echamos la solicitud

rafa (no verificado) | Mayo 6, 2020

buenos dias me dirijo al defensor por favor podria decirme si la renta me la renuevan automaticamente yo e terminado de cobrar este mes que tengo que hacer con esto del virus decian que se renovarian todas las que terminaran durante la pandemia contesteme por favor

El DPA responde | Mayo 6, 2020

asHola Rafa. Se aprobará automáticamente todas las SOLICITUDES presentadas de ampliación de la prestación. Tendrás que presentar solicitud de ampliación tal y como establece el Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Artículo 3. Procedimiento extraordinario de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía.

1. Todas las solicitudes de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-ley o que se presenten durante el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como durante las prórrogas del mismo, serán resueltas provisionalmente de forma favorable por los órganos competentes, estableciéndose la cuantía que corresponda en función de la composición de la unidad familiar, siempre que no concurran causas de inadmisión. La resolución provisional se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del presente Decreto-ley y surtirá efectos durante el periodo de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas prórrogas, más los tres meses posteriores a su finalización. La resolución provisional dará derecho al abono de las cuantías correspondientes a los meses corrientes durante su periodo de eficacia, considerándose como anticipo a cuenta de la renta que finalmente corresponda.

2. Los expedientes resueltos provisionalmente con arreglo al procedimiento descrito en el apartado 1 serán objeto de revisión en el plazo de tres meses a contar desde que se produzca la finalización del estado de alarma. Dicha revisión comportará la comprobación del conjunto de requisitos para la concesión de la ampliación de la renta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable, en función de la situación de la unidad familiar. Efectuada la citada revisión se dictará resolución definitiva, confirmando la resolución provisional dictada si se comprueba el cumplimiento de los requisitos requeridos, generándose con ello el derecho a la percepción de las cantidades pendientes de abonar, o bien declarando su improcedencia, si no concurren los requisitos para obtener el derecho a su percepción e iniciándose en ese caso el procedimiento de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.

De igual modo, hay que tener en cuenta la Corrección de errores del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19) (BOJA extraordinario núm. 12, de 30.3.2020) que establece:

En el artículo 3.2 se omitió, por error, un párrafo tercero del siguiente tenor: «El transcurso del plazo de tres meses previsto en el párrafo anterior sin que se hubiese dictado resolución definitiva, no supondrá en ningún caso la confirmación del derecho a los pagos efectuados conforme a la resolución provisional, debiendo en cualquier caso existir pronunciamiento expreso sobre la procedencia o no de dichos pagos y, en su caso, tramitación del procedimiento de reintegro correspondiente».

Gracias

 

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