El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Esta Institución no gestiona los expedientes de Renta Mínima de Inserción, no obstante, respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Hola pedí por derecho el salario social porqué me pertenecía el año 2021 y en 10 de marzo me llamaron de la asistenta social para poner los documentos para salario básico de los comentarios se supone que en dos meses td dan la respuesta y yo tengo 8 meses y no tengo ninguna respuesta que pasa que los pobre no comen nos quedamos mirando el cielo para llenar la boca señor políticos vosotros tenéis los bolsillos llenos mes a mes y nosotros comemos migas de pan eso no es vivir es rier de la gente pobre ya que con la ayuda no metéis prisa darnos puestos de trabajo no ne umillais tanto tenemos hambre darnos nuestro derechos y ponéis trabajadores con capacidad de trabar rápido no lento
Buenos días. Si estás sufriendo dilaciones en la resolución de su solicitud de la Renta Mínima de Inserción Social, puedes trasladarnos una quejda detallándonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interés para dirigirnos a la Administración competente y tratar de impulsar la resolución de su solicitud. Si así lo decides, en este enlace (el Defensor en un clic) informamos de las diferentes vías de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía. IMPORTANTE, el escrito de queja tiente que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo
En la resolución que has debido recibir de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe indicar el mes de comienzo y finalización de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si estos meses ya han transcurrido, en principio, la prestación se abonará como atraso en un único pago.
En cualquier caso, te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu municipio para que puedan responder a estas cuestiones.
En todo caso, si tienes dificultad en ponerte en contacto con ellos puedes remitirnos un correo electrónico con tus datos personales y copia de la resolución para poder explicarte su contenido, o llamarnos al 954212121
Buenaa mira una consulta eche el salario social en noviembre del 2021 lo que no entiendo si te dan los atrasos y luego todos lo meses cobras o te lo dan todo junto también lo que cobras a parte? gracias
En la resolución que has debido recibir de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe indicar el mes de comienzo y finalización de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si estos meses ya han transcurrido, en principio, la prestación se abonará como atraso en un único pago.
En cualquier caso, te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu municipio para que puedan responder a estas cuestiones.
En todo caso, si tienes dificultad en ponerte en contacto con ellos puedes remitirnos un correo electrónico con tus datos personales y copia de la resolución para poder explicarte su contenido, o llamarnos al 954212121
Buenas tarde creo que ya está bien ya hace 6 meses y aún nadie sabe nada del rmisa del 2022 ni junta ,ni el ayuntamiento de Málaga .ni defensor del pueblo Andaluz .estamos vendido con tanto incompetente si alguien pierde los papeles resulta que es culpa suya o mía?
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.
No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), por lo que no podemos conocer cuando se procede al reconocimiento y abono de las solicitudes, puedes trasladar tu consulta a los Servicios Sociales que por domicilio te pertenezcan o a la Delegación Territorial.
En todo caso, cuando se presentan las solicitudes de la RMISA o, en su caso, las ampliaciones, las Delegaciones Territoriales de cada provincia, tras el estudio correspondiente, procederán a dictar resolución aprobando, en su caso, el expediente. Es en ese momento, cuando dicta la resolución estimatoria, cuando se aprueba el expediente y, a partir de ese momento, la resolución es plenamente ejecutiva y cuando se procede al pago de la prestación.Por los datos que nos aporta parece que debe recibir proximamente dicha resolución y el abono de la prestación.
Desde esta Institución, no gestionamos los expedientes de solicitud de Prestaciones no Contributivas, te recomendamos que consultes el estado de tu expediente en dirigiéndote a la Delegación Territorial. Si se trata de Sevilla se encuentra en la C/ Luis Montoto, 87-89. Tel. 955 00 68 00 / 28 - 41071
No obstante, le informamos que el plazo para resolver es de tres meses. Si solicitaron la prestación en mayo, parece que ha trascurrido dicho plazo, en ese caso, podemos ayudarle enviándonos un escrito firmado donde nos diga la situación de la solicitud y copia de haberla presentado. Puede enviarlo a través de este enlace: https://defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario
El IMV, es una prestación básica que aprobó el Gobierno siendo esta a nivel nacional.
La Renta Mínima de Insercición social es competencia de la Junta de Andalucia. Y para solicitarla se debería de haber solicitado todas las prestaciones a las que se puede tener derecho, entre otras el Ingreso Mínimo Vital.
En principio, ambas prestaciones son compatibles siempre que la suma de las dos no supere la cuantía de renta mínima que corresponda según el número de miembros de la familia.
Lo más recomendable antes de dar cualquier paso, es acudir a los Servicios Sociales comunitarios correspondientes, para que nos informen de cual es el mejor procedimiento para nuestro caso concretamente.
Hola buenos días por derecho me pertenecía el salario social el año 2021 me llamo la asistenta social el 10 de marzo 2022 para hechar los papeles y todavía no se si están actualizados cuando tendré que cobrar soy de jaen
Buenos días, te remitimos a la respuseta que le dimos al mensaje anterior.
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.
No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Tras la llamada de asistenta social en 10 de marzo 2022 he hecho la ampliación del salario social me pertenecía el 2021 y todavía no tengo respuesta lo que quiero saber cuando se cobra según la asistenta era mi derecho del salario social 2021 y todavía no se si esta revisado o cuando lo voy a cobrar soy de jaen un saludo
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.
No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Esto os puede ayudar para vuestros tramite... En https://www.select.es/vida-laboral/ te explican de forma muy entendible como puedes acceder a descargar tu vida laboral de forma inmediata
13878 Comentarios
A mi me ha tardado 17 meses
yo llevo desde octubre 2021 y solo pone en tramitacion....
Hola María,
El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Esta Institución no gestiona los expedientes de Renta Mínima de Inserción, no obstante, respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Saludos
Hola pedí por derecho el salario social porqué me pertenecía el año 2021 y en 10 de marzo me llamaron de la asistenta social para poner los documentos para salario básico de los comentarios se supone que en dos meses td dan la respuesta y yo tengo 8 meses y no tengo ninguna respuesta que pasa que los pobre no comen nos quedamos mirando el cielo para llenar la boca señor políticos vosotros tenéis los bolsillos llenos mes a mes y nosotros comemos migas de pan eso no es vivir es rier de la gente pobre ya que con la ayuda no metéis prisa darnos puestos de trabajo no ne umillais tanto tenemos hambre darnos nuestro derechos y ponéis trabajadores con capacidad de trabar rápido no lento
Buenos días. Si estás sufriendo dilaciones en la resolución de su solicitud de la Renta Mínima de Inserción Social, puedes trasladarnos una quejda detallándonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interés para dirigirnos a la Administración competente y tratar de impulsar la resolución de su solicitud. Si así lo decides, en este enlace (el Defensor en un clic) informamos de las diferentes vías de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía. IMPORTANTE, el escrito de queja tiente que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo
Buenas hice una pregunta pero no me contestaron
Hola Alba
En la resolución que has debido recibir de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe indicar el mes de comienzo y finalización de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si estos meses ya han transcurrido, en principio, la prestación se abonará como atraso en un único pago.
En cualquier caso, te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu municipio para que puedan responder a estas cuestiones.
En todo caso, si tienes dificultad en ponerte en contacto con ellos puedes remitirnos un correo electrónico con tus datos personales y copia de la resolución para poder explicarte su contenido, o llamarnos al 954212121
Saludos,
Buenaa mira una consulta eche el salario social en noviembre del 2021 lo que no entiendo si te dan los atrasos y luego todos lo meses cobras o te lo dan todo junto también lo que cobras a parte? gracias
Hola Alba
En la resolución que has debido recibir de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe indicar el mes de comienzo y finalización de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si estos meses ya han transcurrido, en principio, la prestación se abonará como atraso en un único pago.
En cualquier caso, te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu municipio para que puedan responder a estas cuestiones.
En todo caso, si tienes dificultad en ponerte en contacto con ellos puedes remitirnos un correo electrónico con tus datos personales y copia de la resolución para poder explicarte su contenido, o llamarnos al 954212121
Saludos,
Hola Alba, pasamos tu consulta a los compañeros para que nos puedan dar una respuesta lo antes posible. Gracias y un saludo
Buenas tarde creo que ya está bien ya hace 6 meses y aún nadie sabe nada del rmisa del 2022 ni junta ,ni el ayuntamiento de Málaga .ni defensor del pueblo Andaluz .estamos vendido con tanto incompetente si alguien pierde los papeles resulta que es culpa suya o mía?
Hola yo ha presentado la renta minima en 15/11/2021 todavia no salido nada soy de algeciras gracias
Hola Simo,
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.
La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgformweb/formularioInsercionIGA.faces
No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Saludos
En carpeta ciudadana me pone que tengo concedida la ampliacion
que tarda en ingresar?
Hola Francisco,
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), por lo que no podemos conocer cuando se procede al reconocimiento y abono de las solicitudes, puedes trasladar tu consulta a los Servicios Sociales que por domicilio te pertenezcan o a la Delegación Territorial.
En todo caso, cuando se presentan las solicitudes de la RMISA o, en su caso, las ampliaciones, las Delegaciones Territoriales de cada provincia, tras el estudio correspondiente, procederán a dictar resolución aprobando, en su caso, el expediente. Es en ese momento, cuando dicta la resolución estimatoria, cuando se aprueba el expediente y, a partir de ese momento, la resolución es plenamente ejecutiva y cuando se procede al pago de la prestación.Por los datos que nos aporta parece que debe recibir proximamente dicha resolución y el abono de la prestación.
Saludos
Buenas noches mi padre echo la no contributiva el 20 de mayo y todavía no tenemos respuesta esto es normal
Buenos días,
Desde esta Institución, no gestionamos los expedientes de solicitud de Prestaciones no Contributivas, te recomendamos que consultes el estado de tu expediente en dirigiéndote a la Delegación Territorial. Si se trata de Sevilla se encuentra en la C/ Luis Montoto, 87-89. Tel. 955 00 68 00 / 28 - 41071
Para el resto de provincias, le envio un listado donde puede ver como contactar con ellas: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/areas/pensiones/pensiones-no-contributivas.html#toc-d-nde-hacerlo
No obstante, le informamos que el plazo para resolver es de tres meses. Si solicitaron la prestación en mayo, parece que ha trascurrido dicho plazo, en ese caso, podemos ayudarle enviándonos un escrito firmado donde nos diga la situación de la solicitud y copia de haberla presentado. Puede enviarlo a través de este enlace: https://defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario
Saludos
Buenas tardes. El Ingreso Mínimo Vital es compatible con la Renta Mínima de Inserción? Gracias
El IMV, es una prestación básica que aprobó el Gobierno siendo esta a nivel nacional.
La Renta Mínima de Insercición social es competencia de la Junta de Andalucia. Y para solicitarla se debería de haber solicitado todas las prestaciones a las que se puede tener derecho, entre otras el Ingreso Mínimo Vital.
En principio, ambas prestaciones son compatibles siempre que la suma de las dos no supere la cuantía de renta mínima que corresponda según el número de miembros de la familia.
Lo más recomendable antes de dar cualquier paso, es acudir a los Servicios Sociales comunitarios correspondientes, para que nos informen de cual es el mejor procedimiento para nuestro caso concretamente.
Hola buenos días por derecho me pertenecía el salario social el año 2021 me llamo la asistenta social el 10 de marzo 2022 para hechar los papeles y todavía no se si están actualizados cuando tendré que cobrar soy de jaen
Buenos días, te remitimos a la respuseta que le dimos al mensaje anterior.
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.
La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgform...
No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Saludos
Tras la llamada de asistenta social en 10 de marzo 2022 he hecho la ampliación del salario social me pertenecía el 2021 y todavía no tengo respuesta lo que quiero saber cuando se cobra según la asistenta era mi derecho del salario social 2021 y todavía no se si esta revisado o cuando lo voy a cobrar soy de jaen un saludo
Hola Anónimo,
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.
La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgform...
No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.
Respondiendo a tu consulta, si lo deseas, podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Saludos
Esto os puede ayudar para vuestros tramite... En https://www.select.es/vida-laboral/ te explican de forma muy entendible como puedes acceder a descargar tu vida laboral de forma inmediata
Gracias Manuel por compartilo. Un saludo