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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

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13878 Comentarios

El DPA responde | Abril 8, 2020

Hola Ismael. No tenemos información sobre la resolución de los expedientes particulares. Tendrías que dirigir tu consulta a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia que es el organismo que gestiona las solicitudes de la Renta Mínima o informarte a través de los Servicios Sociales de tu municipio. Gracias y suerte

Ana (no verificado) | Abril 8, 2020

Hola buenas tardes ,yo heche en julio del 2019 la renta mínima de inserción social,soy familia con exclusión social.Tengo una niña menor y no tenemos ningún ingreso.Me gustaría saber por favor si mi ayuda llegará o no ,esto es para volverse locos.
Muchas gracias y mucha salud

Kris (no verificado) | Abril 9, 2020

Yo soy familia numerosa en riesgo de exclusion y heche la renovacion en junio y nada...esto es una vergüenza. Y sin nada que comer ni comprar mascarillas ni guantes ni alcohol nada de nada...

El DPA responde | Abril 8, 2020

Hola Ana. Para poder acogerse a las nuevas medidas aprovadas en el Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), es necesario haber solicitado la prestación por el procedimiento extraordinario de concesión de solicitudes de Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía en la modalidad de urgencia o emergencia social o haber solicitado la ampliación de la prestación. En los demás casos, se supone que seguirá la tramitación normal. Gracias y suerte

 

Jose (no verificado) | Abril 8, 2020

Eche la solicitud en julio del 2018 estando en paro haciendo cursos , y me han pedido dos veces documentación que faltaba las he mandado en su tiempo la última vez en febrero , y aora no tengo más noticias , ni las tendré me estoi oliendo , la pena es que tengo dos hijos y sin poder ir a buscarme la vida ,de come no m falta pero en su momento me pertenecía esa ayuda que se va a escurrir el bulto con esto del virus

Pepi (no verificado) | Abril 8, 2020

Sevilla noviembre del 2018 divorciada y violencia de género cobraré con la alerta que tenemos gracias

El DPA responde | Abril 8, 2020

Buenas tardes Pepi. Si te refieres a las nuevas medidas aprobadas en el Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), establece lo siguiente:

Sección 2.ª Renta mínima de inserción social

Artículo 2. Procedimiento extraordinario de concesión de solicitudes de Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía en la modalidad de urgencia o emergencia social.

1. Todas las solicitudes de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que sean consecuencia de las situaciones de urgencia o emergencia social previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-ley o que se presenten durante el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como durante las prórrogas del mismo, serán resueltas provisionalmente de forma favorable por los órganos competentes [...]

Artículo 3. Procedimiento extraordinario de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía.

1. Todas las solicitudes de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-ley o que se presenten durante el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como durante las prórrogas del mismo, serán resueltas provisionalmente de forma favorable por los órganos competentes [...]

Ana (no verificado) | Abril 8, 2020

hola DPA, en abril 2018 solicite la ayuda, y cobre un año entero en abril 2019. Pedi otra vez la ayuda, nada más cobrar el año. Tuve que entregar de nuevo todo los papeles

Tengo dos dudas:

1) Se considera renovación o nueva solicitud

2) Que me corresponderia 6 meses o 12 meses.

Llevo desde abril 2019 esperando.

Agradeceria que responda

Gracias

El DPA responde | Abril 13, 2020

Hola Ana, en la copia puedes ver si solicitaste renovación o nueva solicitud.

Respecto a la demora, precisamos para poder ayudarte que nos envíes un escrito de queja firmado describiendo la situación. Junto al escrito deberás remitirnos copia de la solicitud de renta mínina de inserción social en Andalucía realizada. Cuéntanos tu caso con todo detalle en este enlace:http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Un saludo.

El DPA responde | Abril 8, 2020

Hola Ana. Pasamos tu consulta a los compañeros para que puedan traladarte una respuesta valorada a partir del próximo lunes. Gracias y un saludo

Jesús (no verificado) | Abril 8, 2020

Hola heche mi renovacion el 5 de marzo y me ha dicho la trabajadora que a mi no me pagan. Me podrian decir por que?

El DPA responde | Abril 8, 2020

Hola Jesús. Atendiendo solo a la fecha de su solicitud y sin conocer más datos de la misma, asegurándonos que se trata de una ampliación de la prestación, podemos concretar que su solicitud está acogida por el Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo como aceptada tal y como establece el Capítulo I, Sección 2, artículo 3.1 Procedimiento extraordinario de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía.

1. Todas las solicitudes de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-ley o que se presenten durante el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como durante las prórrogas del mismo, serán resueltas provisionalmente de forma favorable por los órganos competentes

Eva (no verificado) | Abril 8, 2020

Defensor del pueblo, he escrito varias veces y no contestan a mis preguntas. Soy de marzo del 2019, de Sevilla

El DPA responde | Abril 8, 2020

Buenos días Eva. Hemos consultado nuestro registros de consultas pendientes y no tenemos ninguna consulta pendiente con tu alias (nombre). Como habrás comprobado, hemos recibido muchas consultas y comentarios en estos días, puede que su consulta esté en páginas posteriores. Le rogamos que realice la búsqueda de su consulta y si no se ha respondido y desea obtener una respuesta puedes volvernos a realizar la consulta. Gracias

Dolores alm6 (no verificado) | Abril 8, 2020

Hola yo e he la renta minima en noviembre del 2019 para cuando me dicen si esta aprobada o denegada

El DPA responde | Abril 8, 2020

Buenos día Dolores. Como sabrás, el Defensor del Pueblo Andaluz no gestiona la prestación de la Renta Mínima de Inserión Social, por lo que no tenemos acceso a los expedientes personales de cada solicitante y carecemos de información sobre el estado de su procedimiento. Le recomendamos que traslade su consulta a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de su provincia o a los Servicios Sociales de su municipio. Gracias y suerte

Toni (no verificado) | Abril 8, 2020

Según la Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 20/1814 dirigida a Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, puedo sacar en conclusiones, que el Defensor, esa institución creada para la lucha de los derechos de todos los andaluces, solo defendió, la de los andaluces que ya estaban cobrando dicha renta, o a los que estaban bajo los expedientes pertenecientes al anexo V. Y los demás? No somos andaluces? No tenemos necesidades. Con estas medidas creo que lo que hace la administración así como la institución que nos debería defender a todos, llámese Defensor del pueblo Andaluz, es sembrar el odio, aparte de la injusticia. Como se puede determinar pedir que se renueven las ayudas automáticamente, cuando hay muchísimas personas con 18 meses de espera que aún no han cobrado. Como una institución creada para defender el derecho de todos,en vez de igualar derechos, propone unas medidas en las que miles de personas van a ser seriamente perjudicadas. Me recuerda mucho vuestro papel, al del policia que para a un coche, por un faro fundido, y multa y remulta a un ciudadano normal, por no haberse dado cuenta del faro fundido, en cambio al minuto después pasa una furgoneta con 10 montados, sin cristales etc y casualmente la misma policía parece no darse cuenta de las infracciones de la furgoneta.
Pues así veo yo el papel de vuestra institución, que por desgracia pasa de puntilla sobre miles de casos, y en cambio sobre esos 5000 que se resolverán, hacéis las recomendaciones oportunas para que se reúnan unos ciertos requisitos.
Lo que me hace pensar que no sois tan independientes como os presentáis en el inicio de vuestra web.
Pilatos se lavó las manos, pero tanto ustedes como los políticos os lavais otra parte del cuerpo.
Feliz semana Santa y si yo fuera empleado de la institución que representais, no pensaría dos veces en abandonar una institución manchada por la injusticia.

El DPA responde | Abril 8, 2020

La Actuación de Oficio formulada por esta Institución (queja 20/1814), dirigida a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, pide medidas extraordinarias para la renta mínima durante el estado de alarma sanitaria, y para ello sugiere la adopción de decisiones normativas y de medidas destinadas a proteger a las personas en situación o riesgo de exclusión social, entre las que se encuentra la petición de que no se paralice la tramitación de ningún expediente en curso, que se resuelvan de inmediato los expedientes de urgencia y emergencia social y los de las familias con personas menores de edad, así como que se acuerden automáticamente las renovaciones. 

 

De entre estas peticiones, el Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19) (BOJA Extraordinario núm. 12 de lunes, 30 de marzo de 2020), ha decidido en relación con la renta mínima de inserción social, lo siguiente:

 

- Establecer un procedimiento extraordinario de estimación de las solicitudes en la modalidad de urgencia o emergencia social que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del Decreto-ley y de las que se presenten durante el estado de alarma, así como durante sus prórrogas.

 

- Igualmente, ha acordado un procedimiento extraordinario de ampliación o renovación de la renta mínima para todas las solicitudes de ampliación que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del Decreto-ley, y para las que se presenten durante el estado de alarma, así como durante sus prórrogas.

 

Por lo demás, aunque no hemos recibido aún la respuesta expresa de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, respecto de la resolución emitida por esta Institución, la resolución ha posibilitado que en la práctica se mantenga la tramitación de todas las solicitudes pendientes de resolver, para no agravar los retrasos ya existentes.

Sara malaga (no verificado) | Abril 8, 2020

Hola yo solicité la renovación el 14 de enero de 2020,quisiera saber si sería aceptada también?

El DPA responde | Abril 8, 2020

Buenos días Sara. Según el Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), creemos que su solicitud de ampliación de la Renta Minima es acogida por estas medidas. Gracias y un saludo

CAPÍTULO I:  Medidas ante situaciones de extrema vulnerabilidad social

Artículo 3. Procedimiento extraordinario de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía.

1. Todas las solicitudes de ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-ley o que se presenten durante el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como durante las prórrogas del mismo, serán resueltas provisionalmente de forma favorable por los órganos competentes, estableciéndose la cuantía que corresponda en función de la composición de la unidad familiar, siempre que no concurran causas de inadmisión. La resolución provisional se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del presente Decreto-ley y surtirá efectos durante el periodo de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas prórrogas, más los tres meses posteriores a su finalización. La resolución provisional dará derecho al abono de las cuantías correspondientes a los meses corrientes durante su periodo de eficacia, considerándose como anticipo a cuenta de la renta que finalmente corresponda.

2. Los expedientes resueltos provisionalmente con arreglo al procedimiento descrito en el apartado 1 serán objeto de revisión en el plazo de tres meses a contar desde que se produzca la finalización del estado de alarma. Dicha revisión comportará la comprobación del conjunto de requisitos para la concesión de la ampliación de la renta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable, en función de la situación de la unidad familiar. Efectuada la citada revisión se dictará resolución definitiva, confirmando la resolución provisional dictada si se comprueba el cumplimiento de los requisitos requeridos, generándose con ello el derecho a la percepción de las cantidades pendientes de abonar, o bien declarando su improcedencia, si no concurren los requisitos para obtener el derecho a su percepción e iniciándose en ese caso el procedimiento de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.

David granados (no verificado) | Abril 7, 2020

yo eche la renta minima en noviembre 2018 el mes pasao me dijeron ke el diez sino en abril y si lo ingresan este mes ya de verdad ke es el total o una mensualidad namas despues de toda la espera y todas las fatigas

Maria (no verificado) | Abril 10, 2020

Hola yo también la eché en Sevilla en noviembre de 2018 a día de hoy sigo sin saber nada le quería preguntar si es usted de Sevilla también para ver donde podría llamar gracias

Tony (no verificado) | Abril 8, 2020

Yo lo eché en octubre del 2018 y aún no me ha llegado Nada. No sé si con el estado de alarma lo pagarán

Margarita (no verificado) | Abril 7, 2020

Defensor del pueblo yo eche la renobacion en diciembre y depues la eche en marzo el día 2 porque melo dijo la mujer k recojia la solicitudes que la echara cada tres mese por la misma situación y nose si me lo pagaran tu sabes algo soy de jerez y aquí la delegación de asuntos sociales están serado donde podia preguntar porfabor que tengo cinco hijos y dos celiacos y nose de donde tira un saludo y ánimos.atodo y dios quiera que nolo paguen atdo y estoy ala espera de un desaucio que se abra parado por esto k esta pasando porque no abenido pero bendra cuando pueda me dise algo porfabor defensor porfabor

El DPA responde | Abril 7, 2020

Buenas noches Margarita. Te invitamos a que nos llames al 954 212121 y nos explicas tu situación. Saludos

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