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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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Málaga Hoy
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13878 Comentarios

Alicia (no verificado) | Diciembre 9, 2019

Hola yo la solicité el 22 de julio del 2019 soy de Jaén alguien podría decirme por dónde va más o menos esto es desesperante

Tania (no verificado) | Diciembre 10, 2019

Yo lo solicite el 29 d agosto de 2018 y aun no he tenido respuesta....

Kata Cenic (no verificado) | Diciembre 7, 2019

Esto para señor defensor del pueblo soy provincia de Sevilla ante no puesto gracia

Kata (no verificado) | Diciembre 7, 2019

llevo de 11. De septiembre 20018 esperando renta mínima y asta hoy no se nada mi caso es me operado juanete 17 octubre y no tengo dinero para comprarme el medico no me receta yo no cobro ninguna lluda ni trabajo esto mi historia servsiosiales me dice que ellos no tienen dinero para pagar me zapato me quiedao estrocho no se que me voy poner estoy esperando que me da salariosocial renta mínima gracias

El DPA responde | Diciembre 10, 2019

Buenos días Kata, te invitamos a que nos traslades un escrito de queja detallándonos tu situación para poder valorar la ayuda que te podemos ofrecer. Si así lo decides, puedes trasladarnos el escrito de queja por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, C\ Reyes Católicos nº 21, 41001 Sevilla) o por correo electrónico defensor@defensor-and.es o mediante nuestra página web (El Defensor en un Clic). IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo

Anónimo (no verificado) | Diciembre 6, 2019

Que pasa si estamos 3 persona, la unidad familiar y despuies de un año uno de lo miembros está trabajando me pedi nóminas todo se pasó 12 meses cuando empeso a trabajar me va aprobar o denegar despuies de 18 meses de espera

El DPA responde | Diciembre 11, 2019

Buenos días, debe comunicar a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales, preferentemente a través de los servicios sociales comunitarios, en el plazo máximo de 15 días desde el hecho causante, la modificación de cualquier circunstancia distinta de las declaradas en la solicitud.

Respecto a que uno de los miembros haya comenzado a trabajar, le indicamos que el 1 de abril de 2019 se modificó el apartado 3 del art. 5 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, de manera que a partir de esa fecha, en el supuesto en que la resolución del procedimiento se efectúe fuera de plazo, el procedimiento a seguir en esos casos será el siguiente:

  • Si en el momento de la resolución se constata que dejó de cumplir los requisitos dentro del plazo de 2 meses para resolver, se procederá a la denegación de la solicitud por incumplimiento del requisito.
  • Si en el momento de la resolución se constata que el incumplimiento de requisitos se produjo de forma posterior a la finalización del plazo de resolución, se reconocerá el derecho a la prestación durante el periodo que se cumplieran, abonando los atrasos que correspondan, y se procederá a la extinción o suspensión, según corresponda, desde la fecha en que se produjo el incumplimiento.
  • A estos efectos, procederá dejar la RMISA en suspensión cuando se constate que, habiendo mantenido los requisitos para ser beneficiarios/as durante todo el periodo previo a la resolución, la unidad familiar se encuentre en el momento de la misma en la situación recogida en el art. 39.2.a), referido a la suspensión por el inicio de actividad laboral de duración igual o inferior a 6 meses, cuyos ingresos mensuales sean superiores a la cuantía de la RMISA, sin haber finalizado aún la actividad laboral.

Cuando, a la fecha de la resolución, la actividad laboral ya haya finalizado, se descontarán de los atrasos las cuantías correspondientes al periodo en que habría estado suspendido, y se ampliará la fecha de fin de la prestación en el plazo que corresponda.

Procederá declarar la extinción de la RMISA cuando se constate que, en algún momento previo a la resolución y posterior al vencimiento del plazo de 2 meses establecido para resolver, la unidad familiar haya dejado de cumplir alguno de los requisitos u obligaciones necesarios para el mantenimiento del derecho a la prestación. En estos casos, se resolverá el reconocimiento de la RMISA y la declaración de atrasos correspondientes hasta el momento en que dejaron de cumplirse los requisitos, y se resolverá la extinción de la prestación con fecha de efectos desde el mismo momento.

Un saludo.

Maria (no verificado) | Diciembre 5, 2019

Hola,hoy he tenido cita con la trabajadora social que me lleva la solicitud,el caso es que yo hice la inscripción el día 20 de marzo de 2019 y yo le dije que dentro de una semana m llamarían para trabajar y ella m dijo que no pasaba nada que luego me quitarían la parte correspondiente y ya está.el 25 de marzo empiezo a trabajar y ella había llevado la solicitud al ayuntamiento con fecha 15/04/2019 y me dice después de 9 meses de espera que me la van a denegar por estar dada de alta el 15 de abril,cuando lo que tiene que valer en realidad es la fecha de inscripción ( 20 de marzo) y se queda tan ancha y no m da ninguna solución flipando estoy vamos...con razón la gente no quiere trabajar x kbo si no después no cobran ayuda...

Judith (no verificado) | Diciembre 5, 2019

Q dia se cobra la ayuda !?? Q dia la ingresan !??

El DPA responde | Diciembre 10, 2019

Hola Judith. Suele ingresar la prestación de la Renta Mínima de Inserción Social en los 10 primeros días de cada mes. Gracias

Carmen de Cadiz (no verificado) | Diciembre 5, 2019

https://www.google.com/amp/s/m.eldiario.es/UNIA/Renta-Minima-Insercion_6...
Es muy interesante lo que este profesor de Universidad expone, sobre el via crucis añadido a la situacion de pobreza que hay pasar, para cobrar el salario social o no cobrarlo en el peor de los casos.

Custodio (no verificado) | Diciembre 4, 2019

Es ke eche el salario social el 18 de julo y no se nada todavía alguien me podria decir argo por favor gracias un saludo desde jaen

El DPA responde | Diciembre 4, 2019

Buenos días Custodio. Deberías trasladar tu consulta a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Jaén ya que este organismo es quién gestiona las solicitude. Gracias

rafa (no verificado) | Diciembre 9, 2019

esto es para todos los afectados como seguis implorando en esta pajina el defensor no puede ayudarnos solo se limita a mandarnos ala delegacion eso ya lo savemos ay que moverse y no votar mas que creeis que estas navidades ellos acordaran de tus hijos acuerdate tu cuando lleguen las elecciones de como pasaron tus hijos las navidades yo pido que este año los reyes me consedan un solo deseo que renueben toda la plntilla de funcionarios de moras claros en huelva por inectos y desagradables

Maria (no verificado) | Diciembre 5, 2019

Holaa quiero hacer una preguntaaa

Manuel (no verificado) | Diciembre 4, 2019

Ya hace 1 año que cobre el salario social y ahora estoy cobrando la RAI.
Percibiendo la rai ¿puedo también solicitar el salario social?
La rai la termino en junio.

El DPA responde | Diciembre 11, 2019

Hola Manuel, la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía, en general, es compatible con la percepción de otras ayudas y prestaciones cuyo importe no supere el de la propia renta mínima de inserción social.

No obstante, el artículo 5. c del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía establece que: “Tiene carácter subsidiario con respecto a cualquier prestación de carácter contributivo o no contributivo, así como a cualquier régimen o sistema público o privado de protección social o de análoga naturaleza, que pudieran ser concedidas a la persona titular", por lo que no puede solicitar la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía ya que tiene carácter subsidiario de la Renta Activa de Inserción.

Un saludo.

Antonio (no verificado) | Diciembre 5, 2019

Hola a ver te explico rápido, el salario mínimo interprofesional, es 900€ si entre la raid y la renta mínima no supera esa cantidad si podrías cobrarlo, pero te explico como en teoría no cobras mes a mes en caso de que estés cobrando la renta mínima, y a raid, y te llegará por ejemplo como están llegando aquí en Málaga al año todo de golpe es decir 5000 € aproximadamente, y ese mismo mes te llegue el paro cómo superar los ,900€ te digo ahora pero de aquí a un par de años o el año que viene te dicen que devuelvas todo el dinero,te lo digo porque yo tenía que cobrar en teoría en enero lo de diciembre en el año de la renta mínima, y en diciembre tiene que echar la ayuda familiar de los 45 o Rai, y si la he hecho y me llega el dinero en enero y me llega el otro enero pierdo todo, según me comentó el INEM y aquí estoy yo esperando sin cobrar por lo menos hasta febrero marzo

CansaditoYa (no verificado) | Diciembre 4, 2019

Y despues que mas quedras cobrar? Por culpa de gente como tu nos tratan a los que echamos estas ayudas una vez en la vida igual, Trabajar es bueno para la salud y para el estado donde vives.

Anónimo (no verificado) | Diciembre 9, 2019

Y tu porque no trabajas y dejas de pedir ayudas listo.

Manuel (no verificado) | Diciembre 9, 2019

Todo lo que pueda y más.

Rafa (no verificado) | Diciembre 8, 2019

Cansadito. Se nota que tienes menos de 50. Alos que. Pasamos de esa edad solo nos espera esto vivir. De la miseria que nos da el estado

SVQ72 (no verificado) | Diciembre 6, 2019

Pero que manía de prejuzgar a las personas , sin saber su situación personal .

Malaga (no verificado) | Diciembre 3, 2019

Hola buenas tardes alguien de Málaga a cobrado este mes . Gracias

Soledad (no verificado) | Diciembre 3, 2019

Hoy me han dicho q la tengo aprobada !! Soy de Almería . Q dia se ingresa !? Muchas gracias

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