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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

Sara (no verificado) | Julio 17, 2019

Hola defensor del pueblo,me han aprobado la renta mínima, me han abonado algunos meses,mi pregunta es cuando podría renovar la ayida, tengo que esperar o la puedo solicitar ya

Luís (Sevilla) (no verificado) | Julio 16, 2019

Esta mañana cita en junta de andalucía para interesarme por mi expdte de primeros de octubre 2018. Vaya sorpresa...
Me cuentan q van viendo los de mayo 2018 (al igual q hace 3 meses). Puesta otra reclamación y pasada a registro.
QUE POCA VERGÜENZA

sonia (no verificado) | Julio 18, 2019

Yo soy del 1 de mayo y aun no se nada y e ido a reclamar y nada

Jose. (no verificado) | Julio 17, 2019

Hola Luís.
Usted por lo menos consiguió cita y pudo preguntar.

Yo me lleve una semana llamando ( unas 70 veces llame sin exagerar ) y no hubo manera de solicitar cita. Me llegue de manera presencial a Luis Montoto ( Sevilla ) y me dice la funcionaria de recepción que no me puede dar cita que tiene que ser por teléfono. Llamo delante de ella durante unos 15 minutos ( unas 10 veces ) y tampoco hay manera de que me cojan el teléfono.

Resumen: 1 reclamación por la manera de tramitar y dar citas
2 reclamación por la demora en el pago de la renta mínima ( soy de agosto de 2018 )

desastre total en todos los sentidos, se están quedando con nosotros

Harta de quiene... (no verificado) | Julio 16, 2019

Buenas tardes. Mi pregunta es para el DPA. Puedwn poner el enlace donndd dice que uno de los requisitos para la rmi es estar inscrito en el sae con la tarjeta de desempleo " tarjeta mejoras de empleo".
Que estás trabajando y sellando a la vez. Que yo sepa cuando alguien trabaja no puede estar sellando, otra cosa es que se te pase sellar y te den de baja.
Llevo desde el 4 de febrero 2018 con esta maldita renta que es la primera vez que la solicito. Denegada a los diez meses (sin notificación por carta), sino por telefono. Ahora tras el recurso, estimada parcialmente y ya me han dicho que me va a llegar una carta carta con denegada porque mi hijo no estaba inscrito como demandante de empleo con esa tarjeta.
Ya les he escrito pero necesito saber donde dice que es obligatorio tener que estar inscrito con esa tarjeta.
Son 17 meses de humillación, pasando hambre literalmente, y muchas penurias.
Tenemos una renta básica que es mi derecho, está recogida en el Estatuto de Autonomía de Andalucía art 23.2 desde hace más de diez años.
Porqué tantos requisitos y rmi limosna??.
La Junta debe cumplir ya la Ley y abonarnos la renta básica y no permitir a la gente que pasemos por esta situación, porque dinero hay de sobra.

El DPA responde | Julio 17, 2019

Bueos días. Le facilitamos compendio legislativo sobre el requisito de inscripción en el Servicio Andaluz de Empleo de los solicitantes de la Renta Mínima de Inserción Social y las personas que formen parte de la unidad familiar. Está ordenado cronológicamente comenzando por la primera norma que salí, la reguladora de esta prestación. Gracias

Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Artículo 7.d)

d) La persona solicitante deberá estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo no ocupada. Asimismo, las personas que formen parte de la unidad familiar, distintas a la persona solicitante, que sean mayores de 16 años y se encuentren en situación de búsqueda activa de empleo, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo. Este requisito no será exigible para aquellos miembros de la unidad familiar que estén cursando una formación reglada, sean personas cuidadoras de personas dependientes perceptoras de la prestación para cuidados en el entorno familiar, prevista en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, así como en aquellas circunstancias personales o sociales acreditadas mediante informe social de los servicios sociales comunitarios que determine la imposibilidad temporal o permanente de la inscripción en el Servicio Andaluz de Empleo. Con carácter excepcional, en los supuestos de unidades familiares compuestas por una sola persona progenitora con menores de edad a su cargo, se eximirá a la persona solicitante de estar en situación de desempleo, no obstante deberá estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo.

Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se modifica el modelo de solicitud y los Anexos II, III, IV y VI dispuestos en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, que regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD DE LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA.

k) En los casos de personas mayores de 16 años que no estén inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) por estar cursando una formación reglada, sean personas cuidadoras de personas dependientes perceptoras de la prestación para cuidados en el entorno familiar, prevista en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, perciban pensión por invalidez absoluta o pensión de jubilación, sean personas trabajadoras sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen Especial de Trabajadores agrarios por cuenta propia, deberán acreditar esta circunstancia mediante la documentación correspondiente. l) En los supuestos que por circunstancias personales o sociales alguna o algunas personas miembros de la unidad familiar no pueda estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de 00142819 Número 186 - Martes, 25 de septiembre de 2018 página 101 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja BOJA Empleo, deberá ser acreditado mediante informe social de los servicios sociales comunitarios en el que se determine la causa de la imposibilidad temporal o permanente de la inscripción en el Servicio Andaluz de Empleo.

INSTRUCCIÓN DE 10 DE OCTUBRE DE 2018, DE LA SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES, SOBRE LA APLICACIÓN DEL DECRETO-LEY 3/2017, DE 19 DE DICIEMBRE POR EL QUE SE REGULA LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA.

5.2. Demanda de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.

5.2.1. Excepciones a la exigencia de estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo no ocupada, en el supuesto de ser persona solicitante, o demandante de empleo, en el supuesto de persona beneficiaria.

Resolución de 1 de abril de 2019, del Director General de Servicios Sociales, por la que se dejan sin efecto determinados contenidos de la Instrucción de 10 de octubre de 2018, de la Secretaría General de Servicios Sociales, de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, sobre la aplicación del Decretoley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción en Andalucía.

TERCERO: Apartado 5.2.1. Excepciones a la exigencia de estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo no ocupada, en el supuesto de ser persona solicitante, o demandante de empleo, en el supuesto de persona beneficiaria. Se deja sin efecto el apartado, en tanto que se considera incorrecta la interpretación que se realiza de la modificación contenida en la Disposición final primera, apartado Dos de la Ley 7/2018, de 30 de julio, ya que equipara los requisitos en cuanto a la demanda de empleo y ocupación de las personas solicitantes de la RMISA y de las demás personas integrantes de la unidad familiar.

 

 

Rafa (no verificado) | Julio 17, 2019

Defensor. Ya no. Hace falta esperar un año. Para volver a echarla de nuevo

Harta de mafia (no verificado) | Julio 17, 2019

Gracias. Copio parte del texto:
"...persona solicitante, que sean mayores de 16 años y se encuentren en situación de búsqueda activa de empleo, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo.".
En ninguna parte dice "tarjeta de demandante de mejoras de empleo".
Como pueden leer dice: ...inscritos solo "demandantes de empleo". No especifican qye exista una tarjeta que se llama mejoras de empleo. Y si es que se "encuentre en situación de búsqueda activa de empleo", si mi hijo estaba trabajando porqué tiene que estar obligado a tener esa tarjeta de mejoras de empleo que es como realnente se llama, ¿cómo se puede estar sellando y trabajando a la vez?, ¿y si una persona está trabajando en un sitio que esta bien y no quiera mejorar nada, porqué obligan a que tenga esa tarjeta que ni siquiera la especifican por su nombre?, simplemente dice: esrar inscrito como "demandante de empleo", no con la "tarjeta de mejoras de empleo".
¿Cuantas personas aquí conicen la existencia de esa tarjeta?, ¿cuántos de sus hijos o de ellos o ellas mismas la tiene?, porque ni siquiera yo que llevo 25 neses sin ingresos y sellando la tarjeta de toda la vida, no tengo esa tarjeta, porque sencillamente nunca me han hablado de su existencia.
En ese requisito NO ESPECIFICA el nombre de TARJETA DE MEJORAS DE EMPLEO. Por lo que damos por hecho que es la tarjeta que siempre hemos sellado y no una tarjeta especial. Y mucho menos exijir que mi hijo la tenga cuando está trabajando. Es una manera de ESTAFAR a la gente para desestimar la solicitud. Tienen la obligación de escribir claramente el nombre de esa tarjeta. Porque mi hijo ha ido al SAE y le han dicho que no se puede estar sellando y trabajando a la vez, que cuando estas trabajando dejas de estar inscrito hasta que terminas el contrato y vuelves a ir a sellar. Y en ningún momento le han infirnado de dicha tarjeta, ni de la obligación de tenerla. Es más, le dieron un histórico de antiguedad como demandante y la misma persona que le atendió le dijo estas palabras: "están buscando denegarle la RMISA a tu madre, que luche por ella hasta el final".
En ningún momento le dijo, es que no estabas inscrito como demandante con la tarjeta de mejoras de empleo y sellándola, y ni lo está, ni yo tampoco; sello mi tarjeta de demanda cada tres meses y mi hijo la suya.
En cuanto me llegue la carta con la desestimación del recurso voy a interponer otro. Porque una cosa es que se te pase sellar y no constes como inscrito, y otra que exijan que tengas esa tarjeta, que en los requisitos NO ESPECIFICAN que es otra tarjeta de mejoras de empleo.
A ustedes ya les he enviado la reclamación, al igual que otras quejas.
En la Junta me dieron de plazo hasta hoy 17 y les envíe la documentación de mi hijo del SAE, pero desde Sevilla que es donde resuelven los recursos no les han enviado a mi delegación la documentación, le han enviado un correo electrónico donde dice "no aporta documentación ".
Ustedes tienen el mismo correo porque los he estado enviando con copia oculta y podrán ver que sí envíe toda la documentación.
Esto ya no sé que calificativo ponerle después de 17 meses esperando, sin ingresos, ni trabajando en blanco ni en negro.
La coordinadora me dio la razón, me dijo que ella no podía cambiar el dectreto ese para especificar el nombre de esa tarjeta, que ella recibia orden de quien no está inscrito, solicitud desestimada. Y que haga otro recurso, que me tardará en contestar otros seis meses...y serán esperando una renta de emergencia social con resolución en DOS MESES, por ahí sí tenemos qye aguantar y jodernos con todas las excudas que les dan la gana. Que si es culpa del gobierno anterior, que si no hay dibero, que si no hay personal pero hemos contratado ya a 1200 profesionales....a dónde están ésos profesionales??. Si están tardando porque no hay personal!!, me lo ha dicho la coordinadora de la RMISA de mi delegación, que están trabajando hasta donde pueden, osea que el dinero está y nosotros sin un euro durante meses y meses.
¿Cuándo van a dejar de reirse de nosotros?, que estamos pasando mucha miseria y nuestros hijos maldita sea!!.
Que estuvieron seis meses con silencio administrativo hasta el punto que fui con una solicitud nueva porque tanto por teléfono a la junta, como por correo electrónico me dijeron que si a los dos meses no respondían la diera por desestimada. Y cuando fui en septiembre con toda la documentación nueva, solicitud nueva, estaba un técnico que me dijo que era mentira, que estaban empezando a resolver las solicitudes de enero...
Mentiras tras mentiras y como siempre, ellos NO CUMPLEN el plazo de resolución estipulados de dos meses y nosotros tenemos que cumplir hasta requisitos que ni siquiera conocemos, como es la tarjeta de mejoras de empleo. NO CUMPLEN la Renta Básica que tenemos en Andalucía para que no pasemos por esta situación, NO CUMPLEN la Constitución, NO CUMPLEN la declaración de los derechos humanos.
Y me pregunto yo, cuántas solicitudes habrán desestimado por no especificar el nombre de esta tarjeta de demandante de empleo.
En fin...la cuestión es NO PAGAR por mucho que quieran disfrazar el tema con excusas y aburrir a la gente.
Lo que no saben es que están sacando de nosotros la peor parte, que no tenemos nada qhe perder porque lo estamos perdiendo todo, y en una de éstas se nos va la olla y la liamos. Ya está bien de abusar y pisotear a la gente honrada por una renta miserable. Son unos SINVERGÜENZAS, LADRONES, MAFIOSOS que están viviendo de lujos a costa nuestra, de nuestros hijos, jugando com nuestra salud y nuestras vidas.
El DPA tiene que pronunciarse una vez más y que nos ayude a reivindicar nuestra Renta Básica, que salgais a la calle con nosotros, que somos humanos y NO HAY HUMANIDAD en la solvencia de esta renta, como en muchos otros temas.

El DPA responde | Julio 22, 2019

Los requisitos para tener derecho a la Renta Minima estan especificadas en el artículo 7 del Real Decreto. Puedes tener acceso en este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Requisitos_personas_titulares_beneficiarias_2019.pdf

Es decir, es el solicitante el que tiene que estar en situación de desempleo, con algunas excepciones. En el caso de otras personas, si estan en paro deben de estar como demandante de empleo, pero entendemos que en el caso de que se este trabajanando no se debe de pedir este requisito.  Lo que si es que se tendrán en cuenta los ingresos de esta persona trabajadora para determinar el limite de ingresos y la cuantía de la prestación.

Estamos de acuerdo con usted que si su hijo no quiere hacer la tarjeta de demanda de mejora de empleo no tiene dicha obligación.

Para entender un poco el concepto de mejora de empleo le explicamos: Un trabajador por cuenta ajena en activo o un autónomo, pueden inscribirse en los Servicios de Empleo de su Comunidad Autónoma, aunque no estén en situación de desempleo. Esta situación se conoce como “inscripción para mejora de empleo” y se reconoce mediante la entrega de un documento llamado “tarjeta de mejora de empleo”, que tiene la misma forma que la demanda de empleo de los trabajadores en paro.

De todas formas entendemos que no estan obligados a estar apuntados como bien dices. Si no estas de acuerdo con la resolución puedes interponer un recurso de alzada contra dicha denegación. Si quieres también haznos llegar una copia de la resolución , y un escrito de tu parte para que podamos analizarla y estudiar la resolución. Saludos

Sara (no verificado) | Julio 16, 2019

Hola defensor del pueblo,estoy cobrando la renta mínima, me la acaban de aprobar y ya me han abonado los meses de retraso,cuando podría renovar la ayuda?gracias y un saludo

El DPA responde | Julio 17, 2019

Hola Sara. En 2019, las unidades familiares con menores a cargo y las víctimas de violencia de género, debidamente acreditadas, podrán solicitar la ampliación por periodos sucesivos de 6 meses, mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.

Se podrá solicitar como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía. Una vez finalizada la percepción, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.

Se iniciará a instancia de la persona interesada, mediante la presentación de la solicitud marcando Renovación. Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos, la documentación a presentar será la misma que la requerida para la concesión inicial de la RMISA. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesario presentar aquella documentación que ya conste en el expediente y respecto de la cual no se hayan producido modificaciones. Sí será necesario presentar, en cualquier caso, el certificado de empadronamiento histórico colectivo actualizado. Saludos

Antonio (no verificado) | Julio 16, 2019

Alguien de Junio o Julio de 2018 de Sevilla que haya cobrado o se la hayan aprobado ya?? Comentarlo por favor

Carmen (no verificado) | Julio 15, 2019

Buenos días me dice mi asistenta social Q la tengo aprobada Q ya lo cobraría para agosto después de 18 meses pero yo no e recibido ni carta ni nada de Sevilla de último de febrero de 2018

Belén de Jerez (no verificado) | Julio 15, 2019

Tramite la renovación el 25 de enero. Ni carta ni nada y la asistenta no sabe * nada*

Maria cadiz (no verificado) | Julio 13, 2019

Alguien esta cobrando la renovacion?

Estefania cordoba (no verificado) | Julio 13, 2019

Hola alguien sabe por qué mes van en cordoba la renovación, termine el 30 abril y aun nose nada.

Santi (no verificado) | Julio 15, 2019

Yo también la renové en abril y todavía nada

Karina (no verificado) | Julio 13, 2019

Defensor del pueblo,hoy me han abonado la renta mínima después de meses de espera,mi pregunta es la siguintención, yo no tengo hijos,vivo sola,cuantos meses suelen dar?es que no me han dicho nada

El DPA responde | Julio 15, 2019

Hola Karian. La prestación económica de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía consta de doce mensualidades. Es posible que te la ingresen en un solo pago si tu solicitud tiene más de un año de retraso. También te puden realizar un pago de varios meses de retraso y el resto se harán por mensualidades. Gracias y un saludo

Ana (no verificado) | Julio 12, 2019

Hola defensor del pueblo,el día 5 me ingresaron una parte de la renta minimá,después de muchos meses de espera al fin me la han aprobado,ahora mi duda es la siguiente,no he recibido carta ni nada me lo han ingresado directamente sin avisar,lo que no se es cuanto tiempo me han concedido,y si puedo renovar esta ayida, gracias defensor y un saludo

El DPA responde | Julio 15, 2019

Buenos días Ana. La duración de la prestación es de 12 meses a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud. Te facilitamos un enlace para que te informes de la duración y de la ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social. Gracias y enhorabuena. Un saludo 

DURACIÓN Y CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL EN ANDALUCÍA

Ana (no verificado) | Julio 12, 2019

Por favor alguien que diga algo,por que mes van en Huelva?alguien que sepa que diga algo por favor

Francisco (no verificado) | Julio 11, 2019

SOMOS CADA VEZ MÁS PARA MANIFESTARNOS ANTE EL PALACIO DE SAN TELMO EN SEVILLA.OS RECUERDO MI TELÉFONO PARA TODOS LOS QUE QUERÁIS MANIFESTARSE 652579563 (Francisco José Casero Jiménez). ¡¡DEJAD LOS MIEDOS ABSURDOS Y LAS VERGÜENZAS Y RECLAMEMOS JUNTOS NUESTRO DINERO¡¡

Ana (no verificado) | Julio 10, 2019

Hola soy de un pueblo de Huelva, alguien sabe por qué mes van en Huelva? Soy de octubre de 2018

Ráfa (no verificado) | Julio 14, 2019

Tienes. Que preguntar en moras claros. Pero por el tiempo que lo echaste n . Te lo an aprobado en huelva no tardan. Tanto

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