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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

Alfonso (no verificado) | Mayo 28, 2019

Cuando la solicitaste, yo soy de Málaga y se solicito en a mediado de Junio.
Gracias

Victoria (no verificado) | Mayo 30, 2019

Yo soy de Málaga y hoy me han dicho que van por mediados de junio, así que a te falta poco

Carmen Málaga (no verificado) | Mayo 28, 2019

La solicité el 13 de junio de 2018 y entró el 21 en la delegación, eso dice la carta

Sonia cordoba (no verificado) | Mayo 28, 2019

Alguien de Córdoba, porque mes se está cobrando ???Gracias

Alma (no verificado) | Mayo 29, 2019

Hola, Sonia! Yo la realicé el día 24 de junio y sigo sin saber nada de nada. ¡Casi un año ya!

Maribek (no verificado) | Mayo 29, 2019

Yo la eche en agosto de 2018 y aún no sé nada.

Antonio (no verificado) | Mayo 27, 2019

esto ya es de muy poca vergüenza soy de sevilla de marzo del año pasado y me dicen que todavía está en trámite por dios bendito señor defensor me puede dar alguna explicación no puedo aguantar más poner el comentario por favor

Carmen (no verificado) | Mayo 28, 2019

Buenos días Antonio de febrero doi yo del año pasado y me dicen lo mismo Q esta en tramites

El DPA responde | Mayo 28, 2019

Hola Antonio. Como ya conocéis, el problema está en los inadecuados medios materiales y personales dedicados a resolver las solicitudes de la prestación de la Renta Mínima de Inserción Social. Hay muchas solicitudes y los medios destinados a resolverlas no son los suficientes. Esto es lo que hemos denunciado y lo seguimos haciendo para que la Consejería, de una vez por toda, ponga solución. Saludos

María _Cádiz (no verificado) | Mayo 28, 2019

Que el DPA proponga a la Junta o al presidente del Gobierno si es necesario, que sea el SEPE quien se encargue de los trámites.
Resuelven en menos de un mes. Y no la Junta y los Servicios Sociales que no tienen ni idea, ni son quienes deberían de estar al cargo de tramitar rentas.
Nuestro derecho, la Renta Básica. Estatuto de Autonomía en Andalucía. Art.23.2. Diez años lleva. Que cumplan ya la ley y dejen de marearnos com rentas limosnas!!.

El DPA responde | Mayo 29, 2019

Gracias María. Trasladamos tu propuesta a los compañeros para su conocimiento. Saludos

José (no verificado) | Mayo 26, 2019

Hola Isabel soy de Granada,lo solicite en noviembre pasado,lo que pasa se me metió de urgencia por no pagar el alquiler y estar en situación de desahucio ,y ya verificado toda documentación y en regla ,me vino aprobado ,pero de urgencia.

Vanesa (no verificado) | Mayo 29, 2019

Hola buenos días que tengo que hacer para tramitarlo de urgencia. Porque yo la eché en Agosto y aún nada también pagó alquiler y el dueño no se anda con chiquitas me echa a la calle .Gracias

El DPA responde | Mayo 31, 2019

Hola, en la solicitud se deberá indicar la causa por la que se inicia la tramitación del procedimiento con carácter de urgencia o emergencia social, según se establece en los apartados 5 y 6 del artículo 4 del presente Decreto-ley.

5. Urgencia social. En el marco del artículo 35 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, se considerará urgencia social aquella situación excepcional o extraordinaria y puntual que requiera de una actuación inmediata, sin la cual podría producirse un grave deterioro o agravamiento del estado de vulnerabilidad y de desprotección en una persona o, en su caso, una unidad familiar, identificando a efectos de este Decreto-ley como tales:
        a) Ser víctima de violencia de género.
        b) Ser víctima de explotación sexual o laboral en redes de trata de seres humanos.
       c) Encontrarse en proceso de desahucio de la vivienda habitual o situación en la que se haya producido una ejecución hipotecaria o lanzamiento por impago de renta o de hipoteca de la vivienda habitual u otras circunstancias excepcionales y extraordinarias que provoquen la pérdida de la vivienda habitual.
        d) Padecer de enfermedad grave algún miembro de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
        e) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.
6. Emergencia social. En el marco del artículo 35 de la Ley 9/2016, de 27 de
diciembre, se considerará emergencia social la necesidad constatada, por los servicios sociales comunitarios u otras instancias de las Administraciones Públicas competentes, de atención inmediata a personas, o grupos de personas por situaciones de crisis social, catástrofes, accidentes, u otras circunstancias similares, identificando a efectos de este Decreto-ley como tales:
        a) La pérdida de la vivienda habitual por incendio, derrumbe u otra catástrofe similar que obligue al desalojo de la misma a la unidad familiar.
       b) Sufrir un accidente grave alguna de la o las personas miembros de la unidad familiar que impida el desarrollo de la vida cotidiana y la inserción laboral.
       c) Cualquier otra situación que se establezca reglamentariamente.

Isabel (no verificado) | Mayo 28, 2019

Gracias por responder espero que todo te vaya mucho mejor me alegro que se te solucionen las cosas mil gracias y suerte

Lola (no verificado) | Mayo 24, 2019

En sevilla se ve que somo Andaluces de segunda.
Somos la provincia mas olvidada, gente de marzo aún sin resolver, de verguenza, mucha feria, mucho farolillo, mucho vender el puente de triana, la giralda ect... y mientras detras del telón es la provincia mas olvidada familias enteras en situaciones dificilisimas a rstas alturas sin dinero para cubrir lo basico ni esperanza.De verguenza vamos.

miguel (no verificado) | Mayo 30, 2019

Es una verguenza yo de marzo del año pasado y todavia nada. Me pidieron una nomina en febrero de 12 dias y hasta ahora nada más que desesperación.

Luisa (no verificado) | Mayo 26, 2019

Yo también soi de Sevilla eche la renta el 19 de marzo 2018 y todavía nada no se aque están esperando ellos tienen para comer y no se acuerdan del que no tiene asín es

Francisco (no verificado) | Mayo 25, 2019

Lola,muy de acuerdo contigo.Hasta que no nos manifestemos con cacerolas ante el Parlamento Andaluz o en el Palacio de San Telmo para exigir lo que es nuestro ésto vá a seguir igual...ojalá me equivoque y éste Gobierno haga yá algo contundente y rápido

DE MALAGA (no verificado) | Mayo 24, 2019

Tengo dos niños pequeños y renove en diciembre ,pero no me dicen nada y lo necesitamos porfavor cuanto mas abra que esperar

Antonio malaga (no verificado) | Junio 3, 2019

Yo soy de malaga y he renovado la rmi ase 3 meses y ni an contestado ni an revisado y mucho menos a ingresado nada una cosa k es nuestra un derecho de nosotros

Jose (no verificado) | Mayo 23, 2019

Hola muy buenas,yo en este mes tuve a primeros de mes que presentar documentación que me faltaba,y lo hice rápidamente de un día para otro y el sábado pasado recibi la carta de la aprobación con los atrasos y todo.Mi pregunta es ,,Cuando será el pago del mes de Junio supongo será? Gracias y ánimos y suerte para todos.

Isabel (no verificado) | Mayo 26, 2019

Me alegro mucho de que te halla venido aprobado pero por favor de dónde eres y en que mes y año lo solicitasteis para así llevar el control de por dónde va gracias

El DPA responde | Mayo 25, 2019

Hola Jose. Por lo que nos comentas, entendemos que la resolución de su expediente está en la última fase. Una vez que le han confirmado que es beneficiario de la prestación, habrán dado ordenes a intervención para que proceda al cargo del dinero en su cuenta. No sabemo cuento tiempo tardarán, pero creemos que no se debe demorar mucho. Gracias y enhorabuena.

NERJA .MALAGA (no verificado) | Mayo 23, 2019

Soy de Nerja. Malaga.yo solicite la RMI el 25 de mayo del 2018 .hasta el dia de hoy nada de nada ..he leido en este foro que hay que renovar tres meses antes de que venza la solicitud...pero mi duda y mi pregunta es como voy a solicitar una renovacion si aun no he recibido ni una carta de aprobacion .ni me han ingresado ni un euro..por favor alguien me puede responder si tengo que presentar una renovacion si mi circunstancia sigue siendo la misma..aunque no me hayan aprobado aun la primera solicitud de la RMI?

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