El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
Medio: 
Málaga Hoy
Noticia en PDF: 
AdjuntoTamaño
PDF icon DS num. 46 de 6 de febrero 2020196.57 KB

Sus datos personales están protegidos.

Marcar como asunto de interés: 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

13878 Comentarios

Carmen (no verificado) | Febrero 5, 2019

Yo e estado cobrando los meses anteriores y todavía no lo tengo en la cuenta ,,
Puedes decir banco

ROSA Málaga (no verificado) | Febrero 5, 2019

De donde eres Monchy y de k mes?Yo de Junio y sin un duro

Charo (no verificado) | Febrero 5, 2019

Hola Monchi. A mí me llegó la carta el mes pasado aprobada atrasos y dos meses más pero no me han ingresado. Soy de Sevilla y la eché en Febrero del año pasado. Tu cuando la echaste? Gracias.

Ana sevilla (no verificado) | Febrero 5, 2019

Acabo de cobrar los atrasos, el mes no me lo han ingresado pero los atrasos si

Cadiz (no verificado) | Febrero 5, 2019

De que mes eres??yo soy de mayo y tenia la esperanza de cobrar este mes pero veo que este mes tampoco!!enhorabuena!!!

Noelia (no verificado) | Febrero 6, 2019

Yo también soy de Cadiz del mes de mayo y aún no se nada.

Ana ( jerez) (no verificado) | Febrero 5, 2019

Pues yo soy de marzo y aun no se nada

Ana sevilla (no verificado) | Febrero 5, 2019

Yo soy de febrero, después de un año al fin llego el momento! No pierdas la esperanza

Chela (no verificado) | Febrero 5, 2019

La esperanza nunca se pierde pero la moral x los suelos..pufff a mi me queda que esperar porque la solicite el 15 de mayo y nada..en fin enhorabuena a todos l@s que hallan cobrado a los demás solo nos queda esperar.

Jose (no verificado) | Febrero 5, 2019

Esto es indignante,que a día 5 a sabiendas de la ayuda para las personas que son,no haiganingresado la renta mínima como bien dice su nombre mínima,no sé si pensar si es el cambio de gobierno en la junta,no lo sé tampoco me importa,solo se que con niños en paro y sin tener que poder exarse nada a la boca,solo se me ocurre dos opciones,una ya la han comentado aki y la otra me la reservo para mí sinverguenzas,mucho politikeo con otros países,que si necesitan ayuda y muchos golpes de pecho y no pensáis en vuestra gente políticos sois todos iguales

Mariano granada (no verificado) | Febrero 5, 2019

Cómo van las resoluciones en Granada , por quél mes van ? Soy de junio , gracias .

Laura (no verificado) | Febrero 8, 2019

Nosotros también somos de Granada y la solicitamos en Abril y aún nada... Imagino que no quedarán muchos meses, alguien de Granada ha cobrado?

Ana sevilla (no verificado) | Febrero 5, 2019

Buenos días, me ha salido un trabajo donde en el contrato es de 15 horas mensuales y grabaría 75€ mes, por ello me quitan la paga?

Carmen (no verificado) | Febrero 5, 2019

No comuniques nada, en cuanto se enteren buscarán la manera de quitartela. Ajusta la cuenta de cuanto ingreso entra en tu casa y cuantos sois y mira la tabla de cuantía. Trabaja y punto, que de honrados no estan tomando por idiotas. Y si no te graban nada mejor. Aquí ya no se puede ir de legal.

Ana sevilla (no verificado) | Febrero 5, 2019

Carmen vivo sola, el ingreso desde hace más de año y medio es de 0€ y solo cobraría 75€/mes

Carmen (no verificado) | Febrero 6, 2019

Más motivos para que no comuniques nada. Es lo que yo haría...que lo miren ellos... cada vez que se hace un cambio a subsanar son de dos a tres meses de espera...Haz lo que tu creas, te he dado mi opinión.
Si vives sola te descontaran los 75 euros de los 419 que te pertenece...eso cobraras.
Aqui a 0 euros...para dos años ya. Son unos sinvergüenzas....

El DPA responde | Febrero 5, 2019

Hola Ana. Tendrías que comunicar a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales, preferentemente a través de los servicios sociales comunitarios, en el plazo máximo de 15 días desde el hecho causante (inicio del contrato), la modificación de cualquier circunstancia distinta de las declaradas en la solicitud. La Administración tendrá que volver a valorar tu solicitud incorporando como computable el dinero de entrada a la unidad familiar con el trabajo que realices. No es motivo para la denegación si no supera el montante económico que establece la normativa. Gracias y suerte

Ana sevilla (no verificado) | Febrero 5, 2019

Pero yo se que la tengo aprobada por mi asistente, a mí aún no me lo han notificado

El DPA responde | Febrero 6, 2019

Hola Ana. Te comparto las obligaciones de los solicitantes de la ayuda de la Renta Mínima de Inserción Social para que lo valores.

Artículo 10. Obligaciones de las personas titulares y beneficiarias.

1. Desde la fecha de presentación de la solicitud y, en su caso, durante el tiempo de duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía e, igualmente durante el desarrollo del Plan de inclusión sociolaboral, la persona titular y las personas integrantes de la unidad familiar tendrán las siguientes obligaciones:

a) Comunicar a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales, preferentemente a través de los servicios sociales comunitarios, en el plazo máximo de 15 días desde el hecho causante, la modificación de cualquier circunstancia distinta de las declaradas en la solicitud.

b) Solicitar las prestaciones, contributivas o no contributivas, así como reclamar los derechos que por cualquier título pudiera corresponderles a fin de incrementar sus recursos económicos, ejerciendo las acciones pertinentes para hacerlos efectivos.

c) Tener una cuenta bancaria dada de alta en el Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.

d) No rechazar injustificadamente ofertas de empleo adecuadas. 

e) Prestar a la Administración la colaboración necesaria para una eficaz gestión del Plan de inclusión sociolaboral.

f) Escolarizar y garantizar la no existencia de una situación de absentismo escolar de las personas integrantes de la unidad familiar en edad de escolarización obligatoria que se encuentren a su cargo. g) No incurrir en falsedad en lo declarado ni en la documentación presentada.

2. Desde la recepción de la resolución de concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía y durante el tiempo de duración del desarrollo del Plan de inclusión sociolaboral, la persona titular y las personas beneficiarias de la unidad familiar, tendrán, además de las indicadas en el apartado 1 de este artículo, las siguientes obligaciones:

a) Participar activamente en el diseño, desarrollo y seguimiento del Plan de inclusión sociolaboral, especialmente en lo relativo a las actuaciones y obligaciones fijadas en el mismo.

b) Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas cuando por resolución se determine la extinción o la modificación de la cuantía de la prestación como consecuencia de un cambio en las circunstancias que determinaron su cálculo.

3. El incumplimiento de alguna de estas obligaciones dará lugar, en su caso, a la no concesión de alguna o varias de las medidas establecidas en este Decreto-ley, a la extinción de la prestación y, en su caso, al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, así como a las sanciones pertinentes, conforme al régimen sancionador establecido en la Ley 9/2016, de 27 de diciembre.

 

Carmen (no verificado) | Febrero 6, 2019

DPA le comparto algunas de las obligaciones de la Junta de Andalucía a modo de recordatorio.
1 EMERGENCIA SOCIAL: La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía genera un nuevo derecho subjetivo de ciudadanía en nuestra Comunidad Autónoma para una mayor defensa y garantía de la ciudadanía, actuando como elemento impulsor de la integración social y laboral de las personas perceptoras.

QUÉ ES?
La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, aprobada mediante Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, regula la prestación económica orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social que deberá incorporar un itinerario a través de un Plan de inclusión sociolaboral, en los términos establecidos en los artículos 42.1 y 42.2.g) de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

2 TRAMITACIÓN:
Recibida la solicitud y la documentación pertinente en los servicios sociales comunitarios, éstos lo remitirán a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales, órgano encargado de su instrucción y resolución de la solicitud.

3 LA JUNTA SE ENCARGA DE CONTROLAR:
El órgano gestor de la Delegación Territorial realizará las actuaciones de comprobación que resulten necesarias.

4 PLAZO DE RESOLUCIÓN. DOS MESES? MENTIRA!!
El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver. Si transcurridos dos meses desde la presentación de una solicitud no se hubiere dictado resolución expresa, podrá entenderse que ésta ha sido desestimada.

5 NOTIFICACIONES. MENTIRAS!!
La resolución del procedimiento se notificará a las personas solicitantes y será comunicada a los servicios sociales comunitarios y al Servicio Andaluz de Empleo, disponiendo de un mes para la elaboración participada del Plan de inclusión sociolaboral, que deberá ser consensuado y suscrito, de forma conjunta, por la persona titular y en su caso, por las personas beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía integrantes de la unidad familiar mayores de 16 años, y el o la profesional de los servicios sociales comunitarios y de la Red de unidades de orientación profesional de Andalucía.

6 CÓMO SE PAGA?. MENTIRAS!!
Recaída resolución favorable, se procederá al abono de la prestación por la cuantía concedida con efecto desde el día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver.
El pago de la prestación se efectuará por mensualidades vencidas dentro del mes inmediato siguiente al de la concesión de la prestación, a través de la domiciliación bancaria.

SEIS INCUMPLIMIENTOS DE LA JUNTA, SIN CONTAR LAS VECES QUE PIDEN LA MISMA DOCUMENTACIÓN, ENTRE OTRAS MALAS GESTIONES.
Defienda al pueblo en lugar de meter miedo con artículos que la Junta ha sido la primera en incumplirlos!! ¡Ya está bien de que el ancho del embudo sea para los ricos!.
Ahora díganos que hacer de una puñetera vez con esos seis incumplimientos de la Junta de Andalucía lo que estamos esperando una renta de emergencia social, que para eso cobran todos los que trabajan en el DPA.

Carmen (no verificado) | Febrero 6, 2019

Y donde están los artículos por el incumplimiento de la Junta de no pagar una renta de emergencia social que es en dos meses y llevamos más de un año esperando???
¿Qué se supone que tenemos que hacer por el incumplimiento de la Junta DPA?. ¿ Qué artículo se han pasado por las bajeras y que podamos reclamar??.
Mira Mari, si la tienes concedida coge el dinero que lo necesitas. Y que te hagan el contrato de trabajo después. En cuanto le digas a la asistenta el cambio vas a tardar en cobrar porque tienen que subsanar. Es lo que yo haría...haz lo que tu creas.
En cuanto a articulos de incumplimientos los de la Junta que son unos sinvergüenzas!!, juntos con todos los corruptos de este país. Y ahí están intocables riéndose de todos nosotros. Coge el dinero y que les den...que controlen ellos a la gente que para eso cobran.
Usted DPA publique segun qué artículos podemos reclamarles a ellos ¿De quien es el defensor del pueblo o de la Junta?.

Sevilla (no verificado) | Febrero 5, 2019

Soy de marzo y aun no se nada no e recibido carta alguna ni nada,mi asistenta dice que en algunos casos suelen aprobartela sin recibir carta y el ingreso igual ya que aqui en mi pueblo le a pasado a una que se sepa,sigo cn mi esperanza de que me la aprueven o de que algun dia este el dinero ay por sorpresa,pero esto es ya desesperante casi un año ya 11 meses y nada de nada..porfabor si alguien cobra este mes o a cobrado ya decirlo gracias y saludos para tod@s

Charo (no verificado) | Febrero 5, 2019

Hola. Yo soy de Febrero del año pasado. Recibí la resolución en Enero, aprobada y con los atrasos incluídos, pero aún no me han ingresado nada.

Pepe Pinto (no verificado) | Febrero 5, 2019

Yo soy de Sevilla, la presenté en Luis Montoto el 15 de Marzo. Tampoco tengo ni carta ni ningún ingreso.

Juliana (no verificado) | Febrero 5, 2019

Yo también la pedí en marzo del 2018 y ni carta ni nada.

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía