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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13878 Comentarios

Yolanda hernan... (no verificado) | Abril 23, 2018

hola buenas tardes yo hece el salario social el 15dediciembre de 2017 porque somos cuatro de familia y sólo cobró 315 de prórroga de subsidio por el pro grama pacasmean comentado que lo podría cobrar una parte proporcional pa mayo es cierto

El DPA responde | Abril 24, 2018

Buenos días Yolanda. Te facilito la información que establece el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Si tienes alguna duda tenéis que dirigiros a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Junta de Andalucía de la provincia que os corresponda que es la Administración que convoca y gestiona la Renta Mínima de Inserción Social.

 

Artículo 12. Capacidad económica de la unidad familiar.

A fin de determinar el derecho a percibir la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, se tendrá en cuenta la capacidad económica de la unidad familiar en su conjunto, configurada por los ingresos imputables a la misma y su patrimonio, en el momento de la presentación de la solicitud.

Artículo 13. Ingresos computables y no computables.

1. A efectos de lo previsto en el artículo 7.1.e), se consideran recursos computables de la unidad familiar las pensiones, subsidios, depósitos bancarios, rentas e ingresos netos que, en cualquier concepto, perciban, o tengan derecho a percibir, todas las personas integrantes de la misma en el momento de la presentación de la solicitud.

2. Asimismo, tendrán la consideración de recursos computables los bienes muebles e inmuebles que la o las personas integrantes de la unidad familiar tengan en propiedad por cualquier título jurídico. Los ingresos computables por la propiedad de bienes inmuebles distintos a la vivienda habitual se fijarán en función de los siguientes elementos: el 1,1% del valor catastral dividido entre 12 meses si el valor catastral está revisado, y el 2% si el valor catastral no está revisado. Así mismo serán computables los ingresos que perciba cualquier miembro de la unidad familiar en concepto de arrendamiento de inmuebles del que sea titular.

3. Por otra parte, en el caso de personas trabajadoras sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen Especial de Trabajadores Agrarios por cuenta propia, se consideran ingresos de la unidad familiar el pago periódico de las cuotas de cotización mensual a la Seguridad Social, y en su caso, los ingresos netos que en su declaración de la renta presenten.

4. No se consideran recursos computables:

a) La propiedad o mera posesión de la vivienda habitual.

b) La prestación por hija o hijo a cargo contributiva o no contributiva.

c) Las pensiones de orfandad.

d) La remuneración por acogimiento familiar.

e) Las pensiones de alimentos establecidas en sentencia judicial firme o convenio regulador.

f) Las prestaciones económicas establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

g) Las becas de ayudas al estudio, a la formación y al transporte.

h) Los ingresos procedentes de la asistencia a cursos de formación y de los contratos de formación para jóvenes.

i) Las ayudas a jóvenes que provengan del sistema de protección.

j) Los bienes inmuebles declarados en ruina.

k) Las ayudas públicas para la vivienda habitual.

Un saludo

Sol (no verificado) | Abril 23, 2018

Y soy de septiembre y me lo aprobaron en mes de marzo me dijeron el 1 de abril después 15 de abril y estamos ya a 23 y aún nada a ver si con suerte a primero de mayo.

Anónimo (no verificado) | Abril 23, 2018

Pues yo lo eche también en diciembre y hace mAs de mes y medio me pidieron documentación y a día de hoy no tengo respuesta

Nacho (no verificado) | Abril 23, 2018

Em diciembre lo eche yo y lo temgo aprobado

Magia Córdoba (no verificado) | Abril 23, 2018

Nadie sabe nada de la nueva renta mínima de inserción porque no mandan cartas aun según ellos el plazo es de dos meses a resolver y aun nada

Manuelq (no verificado) | Abril 23, 2018

A alguien le a llegado la carta de la nueva renta mínima aprobada

veronica (no verificado) | Mayo 3, 2018

hola a mi me llegó aprobada y la eche a ultimos de enero

Encarni (no verificado) | Abril 23, 2018

Me han dixo k asta junio no pagaran lo d diciembre

Anónimo (no verificado) | Abril 23, 2018

Soy de Córdoba ...eche el salario social en diciembre ...alguien lo echo en esa fecha y lo a cobrado??

Encarni (no verificado) | Abril 23, 2018

Yo soy de diciembre y no he cobrao aun me yego toda la semana ala delegacion y me dicen k aun no esta mi expediente visto pero k pa ultimo d abril o mayo podria cobra .

Rafael (no verificado) | Abril 23, 2018

Encarni buenas yo todavía a dia de hoy no lo he cobrado.

Anónimo (no verificado) | Abril 23, 2018

Para cuándo el salario social...??lo eche en diciembre

Anónimo (no verificado) | Abril 22, 2018

Ave cuando empieza a pagar el salario social en Cádiz yo soy de octubre y en la fecha k estamo todavía nada

Anonimo (no verificado) | Abril 21, 2018

Hola buenas. Me han pagado el salario social entero ahora en abril, cuánto tiempo tengo que esperar para poder solicitar la nueva ayuda rmi. Si alguien lo sabe, me informe. Un saludo.

Encarni (no verificado) | Abril 23, 2018

12 meses para solicitar de nuevo la re
nta minima

El DPA responde | Abril 23, 2018

Hola, para volve a solicitar la Renta Mínima de Inserción tendrás que transcurrir 12 meses, según aparece en documentos públicos de la Consejería:

 

"En 2018 la duración de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía será de 12 meses. Una vez terminado el periodo de percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, si la unidad familiar cumple con los requisitos y condiciones exigidas para su concesión, se podrá solicitar nuevamente la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía una vez transcurridos 12 meses, salvo en situaciones de urgencia o emergencia social debidamente acreditadas".

http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Duraci%C3%B3n_calendario...

Nuria (no verificado) | Abril 20, 2018

No entiendo nada,entonces tienen que terminar de.pagar a los que lo.hemos.solicitado en 2017,ahora en mayo todo completo. Algunos lo cobraron completo los 6meses,no se porque ami solo.me ingresaron un mes por que somos 5,y hace tres años,cobraba 641,pero tengo una hija ya mayor de edad sera por eso que me bajo.un saludo.gracias.

El DPA responde | Abril 23, 2018

Hola Nuria, sobre la cuestión que planteas, tendrías que informarte en la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Junta de Andalucía de la provincia que os corresponda. Ellos son los que gestionan la ayuda y los que tiene la información de tu expediente. Gracias y un saludo

Moni (no verificado) | Abril 20, 2018

Hola acaba de solicitar mi marido la rai yo eche la nueva ayuda a ultimos de enero la nueva ayuda esta a mi nombre que pasa si le aprueban la rai a mi marido? Gracias de antemano

El DPA responde | Abril 23, 2018

Hola Moni. La Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía se le concede a la persona solicitante en función a la situación de riesgo social en la que se encuentre la UNIDAD FAMILIAR según información de lConsejería de Igualdad y Políticas Sociales, que lo establece en estos términos:

Tendrán derecho a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, las unidades familiares cuyas personas miembros tengan vecindad administrativa en Andalucía, se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo, y cumplan los requisitos. Así como aquellas que, aún no cumpliendo alguno de los requisitos, se encuentren en situación de urgencia o emergencia social.

Se entiende por unidad familiar la constituida por la persona solicitante, en cuyo caso será una unidad familiar unipersonal; y, en su caso, la persona unida a la misma por relación de matrimonio, pareja de hecho debidamente inscrita o relación análoga, acreditada mediante declaración jurada, así como las personas vinculadas a cualquiera de ellas por lazos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el primer grado, o por adopción, tutela o acogimiento familiar, que convivan en un mismo domicilio. Estas se denominan unidades familiares pluripersonales.

 

http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales/are...

 

Gracias

 

Ruben (no verificado) | Abril 19, 2018

Quienes tenemos cuenta en BMN y que ahora ha pasado a Bankia, nos han cambiado el número de IBAN. Cómo podemos notificar a la Junta el cambio de numeración?
Si el trámite ya iba lento, ahora vienen estos con sus cambios para rematarnos,

El DPA responde | Abril 20, 2018

Buenos días Ruben. Creemos que la entidad financiera debe relacionar la antigua cuenta con la actual, por lo que los ingresos a la antigua cuenta tedrá que aparecer en la nueva. Lo mejor que puedes hacer es plantear esta cuestión Bankia y si no te relacionan las cuentas, podrías informar a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Junta de Andalucía de la provincia que os corresponda. Gracias y un saludo

Ruben (no verificado) | Abril 23, 2018

Duda resuelta. Muchas gracias y un cordial saludo.

Miriam (no verificado) | Abril 19, 2018

No nos dan información ni la asistenta ni nadie sobre la nueva renta mínima de inserción para saber en que situación se encuentra no están mandando cartas ni nada

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