Queja número 22/4067
La persona interesada exponía que solicitó la ayuda para el alquiler el día 10 de diciembre de 2018, conforme a la Orden de 30 de octubre de 2018, por la que se convocan, para el ejercicio 2018, ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dicha ayuda le fue concedida mediante Anuncio de 15 de mayo de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, de resolución favorable relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31.9) y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19.9).
Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido desde entonces, la subvención de 5.839,87 euros concedida aún no le había sido abonada.
Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe a la Viceconsejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que nos confirmó que el pago material de la misma se produjo el 17 de junio de 2022.
Puesto que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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