Queja número 13/4854
Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla estima el recurso administrativo interpuesto por la interesada y procede a anular una sanción de tráfico por estacionamiento en zona de carga y descarga cuando, según la alegación de la interesada, la calle en al que se le impuso la multa no tiene el número indicado en la denuncia.
La interesada nos exponía que, en Agosto de 2012, su vehículo fue sancionado por estacionar en zona de carga y descarga, frente al número 8 de la calle Virgen de la Estrella, de Sevilla. Cuando recibió la notificación de la sanción alegó que aunque su vehículo estaba estacionado en esa calle y día, esta calle “no tiene zona de carga y descarga desde el principio al fin de la manzana que incluye ese número”, pero se había hecho caso omiso a esta alegación en cada momento del procedimiento administrativo en que se había dirigido al Ayuntamiento, que finalmente había impuesto la sanción en firme.
Tras dirigirnos al Ayuntamiento, se nos indicó que había sido estimado el recurso extraordinario de revisión de la interesada, por lo que se había revocado la sanción impuesta, acordando su baja y el archivo del expediente de referencia.
De acuerdo con ello, habiendo sido estimado tal recurso, entendimos que había quedado resuelto el problema que motivó la presentación de la queja y dimos por concluida nuestra intervención en este asunto.
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