Queja número 15/4832
Aprobado el PIA de la afectada.
El promotor de la queja exponía que en abril de 2014, a su madre le fue reconocida la situación de dependencia severa (Grado II), que se había solicitado 3 años antes.
En la fecha de la presentación de la queja, aún no tenía aprobado el Programa Individual de Atención; ni tan siquiera tenía constancia de que se hubiera iniciado la elaboración y tramitación del mismo. A este respecto, el promotor de la queja nos indicaba que el expediente de dependencia se encontraba en la Delegación Territorial de Igualdad y Bienestar Social de Granada, donde la misma residía y que, al parecer, el traslado del expediente a la Delegación Territorial de Sevilla se había demorado bastante tiempo.
El interesado también había solicitado la revisión del grado de dependencia de su madre por agravamiento de la situación de dependencia reconocida, y nos informó que tampoco este trámite se había resuelto.
Finalmente, exponía que la situación en la que se encontraba la familia era desesperada, pues debido a la avanzada demencia de la afectada, y a las cargas laborales de sus dos hijos, la habían tenido que ingresar en una residencia de personas mayores, con el agravante de que los recursos económicos de los que disponían estaban a punto de agotarse.
Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla y al Ayuntamiento de Dos Hermanas. Este último nos informó que con fecha 20 de Noviembre no constaba en la Delegación de Bienestar Social entrada del expediente relativo al reconocimiento de la situación de dependencia de la madre del interesado y que consultado el Servicio de Coordinación de la Junta de Andalucía, les informaron que el expediente se encontraba en el departamento de traslados de la Junta de Andalucía, y les confirmaron que la interesada estaba afectada con una dependencia en grado II nivel 1, reconocimiento que se le otorgó en el año 2012 en Granada y que en el año 2014 había cursado una revisión de este grado. Por parte de la Delegación municipal quedaron a la espera de la entrada por registro en el Ayuntamiento de Dos Hermanas del expediente de la afectada para proceder a la elaboración del Programa Individual de Atención.
La Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por su parte, nos informó que en primavera de este año, recibieron el expediente de la Delegación Territorial de Granada por traslado a Dos Hermanas y se estaba a la espera de resolver teniendo presente el volumen de solicitudes de traslados y el orden riguroso de entrada para el despacho de los asuntos tal y como disponía el artículo 74.2 de la Ley 30/92.
En cuanto a la solicitud de revisión de grado, consultadas las bases de datos no tenían constancia.
De la información obtenida dimos traslado al interesado para que alegase lo que estimase oportuno, informándonos que el asunto que nos había encomendado se había solucionado ya de forma satisfactoria.
En consecuencia, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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