Queja número 18/5665
Una ciudadana nos trasladaba las dificultades que había sufrido en la tramitación de su solicitud de bono social, considerando inadecuada la atención a sus múltiples peticiones de información.
Relataba que realizó su primera solicitud en marzo de 2018 y en abril le contestaron que debía aportar certificado del padrón municipal y certificado de circunstancias especiales. Respecto del segundo pensó que se refería al grado de discapacidad, por lo que envió la certificación de su Incapacidad Total Permanente Total. En mayo Endesa le contestó que no habían podido tramitar su solicitud por falta o error documental.
En septiembre reclamó la aplicación del descuento del 40% que, a su juicio, le correspondía. A ello le respondieron que debía presentar determinada documentación en un plazo de quince días; respondió remitiendo la documentación que poseía y, entre ella, el Certificado de Circunstancias Especiales emitido por la Trabajadora Social.
Después de este trámite recibió diversos escritos en los que le indicaban que no había aportado el certificado de circunstancias especiales; en otro, que el certificado no podía ser nominativo, pero en el modelo que le adjuntaban debía indicar su nombre y el de la trabajadora social que le atendía.
Tras otro proceso de remisión de escritos, le informaron que le habían concedido el bono social pero ese mismo día aparecía en la página web de ENDESA que su solicitud de bono social se encontraba con “Documentación incompleta o incorrecta”.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a Endesa, ésta nos comunicó que el contrato había contado con bono social durante todo el proceso de gestión, ya que disponía del antiguo bono por potencia contratada y constaba en vigor el nuevo desde el 4 de septiembre de 2018.
La empresa justificaba que las solicitudes previas se recibieron con información incompleta y se informó mediante carta a la interesada en cada caso del motivo del rechazo.
Asimismo aclaró que para tener en cuenta la aplicación del descuento se tomaba la fecha de emisión del certificado, aportado con fecha 17/09/2018, ya que la factura posterior, de fecha 23/10/2018, afectaba al período 4/09/2018-2/10/2018.
Por tanto, entendimos que el problema había quedado solucionado y procedimos al archivo del expediente de queja.
4 Comentarios
No tenemos apenas información de como se consigue un certificado de circunstancias especiales. Tenemos la documentación que la ley exije para eso, pero no sabemos donde llevarla para que nos la revisen y hagan ese certificado. Este año tengo que renovar el bono social y como estoy enferma no puedo recordar los pasos que dí para todo este tramite. Busco en internet y no hay nada. Donde están los lugares para pedirlos, si tienes que pedir cita previa y donde se hace, etc. lo único que recuerdo es que el lugar donde lo pedí por primera vez ahora está cerrado. No te dicen que pasos tienes que dar a que oficina u oficinas en concreto tienes que dirigirte . Solo te dicen el organismo competente. ¡Vaya usted a saber cual es!. Los ciudadanos estamos perdidos y como es mi caso me siento en una situación de desamparo total. No tengo la espalda ni las rodillas como para ir de oficina en oficina de la junta para averiguar como han resuelto hacer ese tramite. Después que tienes que pedir cita para obtener todos los documentos a presentar y unos se solapan con otros no paran de marearte. Para colmo la documentación tiene caducidad y se dá el caso de que cuando has obtenido uno de esos documentos el primero que pediste ya ha caducado por que las citas de unos y otros se alargan mucho.
Hola Mari Carmen,
El bono social eléctrico es un descuento en la factura eléctrica destinado a las personas que cumplan una serie de requisitos para ser consideradas personas vulnerables, vulnerables severas o en riesgo de exclusión social.
En la página web de Consumo Responde la Junta de Andalucía, está publicada la informaicón actualizada sobre bono social, con los nuevos límites de renta y descuentos ampliados. Sobre la renovación, debes saber que antes del final del plazo de 2 años de aplicación del bono social y, en todo caso, con una antelación mínima de 2 meses de la finalización de dicho plazo, la empresa comercializadora de referencia comprobará y comunicará en la siguiente factura a la persona consumidora si se siguen cumpliendo los requisitos que otorgan a la persona titular del punto de suministro el derecho a percibir el bono social.
La solicitud del bono social, acompañada de la documentación acreditativa, podrá realizarse en las Oficinas de la comercializadora que tengas de referencia, también puedes realizar este trámite de forma telefónica, por correo electrónico y/o postal o a través de la página web de tu comercializadora.
El formulario de solicitud deberá estar disponible en la página web de la comercializadora, así como en sus oficinas de atención presencial a la persona consumidora, cuando éstas existan.
Puedes acceder a toda esta información pinchando aquí: https://www.consumoresponde.es/art%C3%ADculos/quien_puede_solicitar_el_bono_social_electrico_y_que_requisitos_debe_cumplir#bono-social-ordinario.
Además en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se ofrece acceso al portal dónde se puede saber si se cuenta con el derecho a obtener el descuento en la factura eléctrica en concepto de bono social eléctrico.
Si tienes cualquier duda, puedes contactar con nuestra Institución en el 954212121.
Saludos
Buenos días, no nos dice donde pedir el dichoso certificado de discapacidad. Donde se pide el certificado de discapacidad cuando solo tienes una resolución de la seguridad social que dice que tienes una incapacidad permanente, pero no te han valorado en los equipos de valoración. DONDE SE PIDE.
Hola Encarna,
En tu consulta no nos trasladas tu lugar de residencia por lo que no podemos informarte del lugar concreto al que debes dirigirte. No obstante esperamos aclararte en este post tu duda. Te indicamos que debes acudir a alguno de los Centros de Valoración y Orientación, dependientes de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusión Social, Familias e Igualdad, estos son los centros competentes para la valoración del grado de discapacidad, así como para la información, orientación y asesorameinto de las personas con discapacidad y sus familias en materia de recursos sociales. Para conocer la ubucación de cada uno de los Centros de Valoración de la provincia, puede pinchar aquí.
Para solicitar la valoración del grado de discpacidad, también puedes realizarlo de forma telemática pinchando en el siguiente enlace . O descargando la solicitud que encontrarás aquí.
En todo caso, para cuestiones que se refieran a la discapacidad te recomendamos que te utilices el teléfono de la discapacidad, 900 55 55 64. Funciona los 365 días del año, con una cobertura de 24 horas los siete días de la semana.
En él puedes pedir cita para el Centro de Valoración y Orientación para personas con discapacidad.
También puede recibir información a través del correo electrónico discapacidad@juntadeandalucia.es y del teléfono-fax 955 512 074, servicios habilitados para aquellas personas que presenten discapacidad auditiva.
Saludos