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Le conceden la ayuda económica para el pago del alquiler a mujer víctima de violencia de género

Queja número 17/0245

La interesada exponía que en el año 2013 entró por primera vez en un centro de acogida junto a sus hijos debido a los malos tratos que recibía, divorciándose del padre de sus hijos.

Tras salir del centro de acogida hasta finales del pasado año 2016 se vio en la necesidad, ante su falta de recursos económicos, de volver al domicilio que compartía con su agresor ya que la vivienda era de su madre, y debido a que la situación de malos tratos se mantenía se iba con sus hijos a otra vivienda de alquiler o de ocupa hasta que de nuevo no le quedaba otra opción que volver. Hasta que la situación se volvió ya insostenible y abandonó la casa, marchándose junto a una amiga con la que compartía piso, hasta que hubo otro episodio de violencia, motivo por el que tuvo que marcharse.

Acudió a los Servicios Sociales Comunitarios, que la derivaron al Alcalde y éste a los Servicios Sociales. También acudió al Centro de Información de la Mujer para informarse si existía alguna ayuda que le pudiera corresponder como victima de violencia de género, le informaron sobre la RAI y aunque decía que se la estaban gestionando, mencionaba que aún no había firmado ninguna solicitud al respecto.

Solicitamos informe al Ayuntamiento, respondiendo que tras el último episodio se le explicó de nuevo que no disponían de viviendas en aquellos momentos por lo que se le propuso la posibilidad de que ella buscase una vivienda de alquiler pudiéndole ayudar con la fianza y el alquiler durante unos meses, pero rechazó esa opción.

En enero de 2017 se le concedió una Ayuda Económica de 70 € en concepto de alimentos. En febrero , dado que aún no había recibido el pago del Salario Social, se contactó con la Delegación Provincial de Málaga resultando que habían recibido la devolución de los pagos correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre faltando el mes de enero, debiendo la interesada enviar nueva cuenta bancaria y autorización del cambio de la misma; así lo hizo y recibió pago de 3380,88 € el día 10 de febrero.

En abril se acordó con la interesada que debía encontrar un alquiler asequible recibiendo apoyo económico municipal durante unos meses y mientras conseguía un alquiler se gestionó con un hostal el alojamiento de ella y sus hijos. Decían que la interesada manifestó que el día 10 de abril empezaría a percibir la RAI.

En vista de lo anterior, considerando solucionada la situación planteada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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