Queja número 21/7764
Se recibía en esta Institución escrito de una vecina de Linares, Jaén, en el que exponía, en esencia, que con fecha de 27 de febrero del 2021 había formulado Recurso de Alzada contra una resolución sancionadora dictada en el seno de expediente sancionador por infracción en materia de minas, de la Delegación Territorial de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Jaén, sin que hasta el momento de presentación de queja se le hubiese notificado la resolución expresa del referido recurso, habiendo transcurrido sobradamente el plazo legalmente estipulado para ello y produciéndose una situación de silencio administrativo y desestimación presunta que le obligaba a acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Admitimos a trámite la queja a fin de que el citado organismo resolviera expresamente el recurso de alzada de la promotora, informándonos de ello.
En respuesta recibimos copia de la resolución que con fecha de 21 de enero de 2022 se había dictado por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, resolviendo expresamente el recurso y estimándolo, ordenando retrotraer el procedimiento para que se otorgase trámite de audiencia antes del dictado de la resolución.
Entendimos, por tanto, que el problema de fondo, la falta de respuesta a este recurso de alzada se había solucionado, dando así por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.
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