El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Le devuelven la fianza por un contrato de arrendamiento de alojamiento protegido

Queja número 17/5907

La interesada exponía que el 12 de junio de 2017 renunció expresamente al contrato de arrendamiento de alojamiento protegido de uso distinto a vivienda de una promoción, el cual suscribió con AVRA el 6 de mayo de 2016. En el documento firmado por ambas partes se dejaba constancia de que en el plazo de 10 días se le llamaría para la liquidación del contrato; desde esa fecha venía reclamando a AVRA la devolución de la fianza y el aval abonados para el acceso al alojamiento, cantidad que ascendía a 534,82 euros.

Hasta el 17 de noviembre de 2017 no se hizo efectiva dicha cantidad, por lo que solicitaba la liquidación de los intereses de demora desde que debió hacerse efectiva la devolución, 22 de septiembre de 2017 hasta que ésta se realizó 17 de noviembre de 2017.

Por último solicitaba conocer los motivos que justificaban dicho retraso.

Solicitado informe a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), la Viceconsejería de fomento y Vivienda nos respondió enviando informe emitido por la Secretaría General de Vivienda en el que se recogía que AVRA denegó la solicitud de prórroga de dicho contrato solicitada por la interesada, ya que a la fecha de finalización del mismo sus ingresos superaban con creces el límite de 2,5 veces el lPREM aplicado legalmente. Tras varios intentos infructuosos de notificación de la denegación de la prórroga solicitada y requerimiento de entrega de las llaves, finalmente este último acto se produjo el 12 de junio de 2017.

Con fecha 12 de julio de 2017, la interesada presentó escrito en el Registro de la Agencia solicitando la devolución de la fianza y de la garantía adicional que depositó conforme al contrato indicado, pero no había reclamado en ningún momento a AVRA, ni entonces ni con posterioridad, el abono de intereses de demora.

En cuanto a la devolución de la cuantía de la fianza, se firmó la orden de pago el 28 de septiembre de 2017. La Agencia cerraba las previsiones de sus pagos los días 10 y 25 de cada mes, y efectuaba los pagos los días 15 y 30, por cuanto el pago de la cuantía de los 534,82 euros tuvo que entrar en previsiones del mes de octubre de 2017 para que el pago se hiciera efectivo el 15 de octubre. De hecho, el cheque se encontraba en las dependencias de la Dirección Provincial de AVRA dispuesto para su retirada el 17 de octubre de 2017, Tras distintos requerimientos telefónicos a la reclamante, esta retiró el cheque un mes más tarde, el 7 de noviembre de 2017.

Por último, nos indicaron que el interés de demora que, en su caso, pudiera haber generado el retraso del pago de la cantidad indicada debería ser formalmente solicitad a AVRA, por la interesada.

Con la información anterior, consideramos que el asunto planteado había sido resuelto favorablemente, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía