Queja número 15/2046
El interesado señala que con fecha 12.11.14 acudió a los servicios de traumatología del centro de especialidades Vargas Ponce de Cádiz para ser evaluado de sus padecimientos por el especialista.
Dicho profesional lo derivó al servicio de rehabilitación, donde fue citado el 9.12.14, siéndole prescrito un tratamiento de US pulsantes sobre región cervical y estiramiento de la musculatura afecta.
Refiere que a principios de enero pasado fue a la secretaría de rehabilitación del hospital para insistir en la necesidad del tratamiento, desde donde le indicaron que los servicios estaban saturados.
Le aconsejaron entonces que hablara con la responsable de rehabilitación que le dio la opción de acudir al hospital concertado San Rafael, pero tras acceder a la misma porque le indicaron que sería más rápido, desde dicho centro le han negado figurar entre los pacientes remitidos desde el hospital Puerta del Mar con dicha finalidad.
Afirma que han transcurrido bastantes meses y no obtiene respuesta para la mejora de sus patologías y entiende que este estado de cosas constituye una auténtica dejadez, pues no se cumple ningún protocolo de listas de espera en garantía del paciente.
Por otro lado también se encuentra a la espera de ser sometido a una prueba de apnea del sueño, prescrita en noviembre del año pasado, y hasta el momento sin cita.
Tras solicitar informe al Hospital Puerta del Mar se nos indica por un lado que el 16 de abril el interesado fue derivado para iniciar tratamiento de rehabilitación en el hospital San Rafael. Por parte del interesado se nos había indicado que la derivación no había surtido efecto, pero en la medida en que le trasladamos esta información en nuestra petición de informe, y a salvo de que aquel nos indique otra cosa, tenemos que pensar que se ha producido una nueva derivación, y que el reclamante ha podido someterse a la rehabilitación prescrita.
En otro orden de cosas nos dicen que la prueba diagnóstica de poligrafía respiratoria domiciliaria se programó para el pasado 12 de junio
A tenor de lo expuesto consideramos que el asunto que motivó el recurso del interesado a esta Institución se ha solucionado, y por este motivo vamos a concluir nuestras actuaciones en su expediente.
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