Queja número 14/0513
Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla reconoce el error por una multa de tráfico impuesta por estacionar en una zona donde no existía placa que lo prohibiera.
El reclamante, disconforme con la multa que le ha sido impuesta en un expediente sancionador de tráfico instruido por la Agencia Tributaria de Sevilla, nos exponía que había presentado varios escritos de alegaciones y recurso alegando y demostrando no haber incurrido en la infracción que se le atribuía, pero sus escritos, siempre según el afectado, no habían obtenido respuesta alguna, encontrándose el expediente en vía ejecutiva. Indicaba que se le denunció por encontrarse su vehículo en espacio destinado a carga y descarga cuando en el número indicado en la sanción no existía señalización alguna que informará de la prohibición de estacionar.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Sevilla, éste, a través de la Agencia Tributaria, ha reconocido el error en el que se incurrió en la tramitación del expediente sancionador de tráfico que afecta al reclamante, acordando su baja y el archivo de las actuaciones.
De acuerdo con ello, habiendo sido estimado el recurso del interesado, entendemos que ha quedado solucionado el problema que le afectaba y podemos dar por concluida nuestra intervención en este asunto.
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