Queja número 21/5922
El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución ante la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Málaga, recomendando que sin más dilación, se dicte resolución que ponga término al procedimiento de la persona afectada, aprobando definitivamente, en su caso, el reconocimiento y concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en el supuesto de que reúna los requisitos exigidos para ello en la normativa vigente, y con ello permitir un mínimo de subsistencia a las personas en situación de vulnerabilidad social demandantes de esta prestación garantizada que se encuentran en una situación límite y que la falta de estos ingresos, los coloca en una situación de verdadera urgencia social que les impide subvenir a necesidades tan básicas como la alimentación, el vestido, vivienda y suministros básicos.
Recibido informe al efecto, se nos indica que tras recibir la documentación aportada por la parte usuaria en respuesta al requerimiento de subsanación efectuado y una vez llevadas a cabo las actuaciones de comprobación para verificar la información facilitada, se realiza un segundo requerimiento de subsanación para que presente determinados documentos necesarios.
Completo el expediente se dictó con fecha 17 de junio de 2022, resolución por la que se concedió a la unidad familiar la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía de conformidad con lo establecido en el artículo 47 a) del Decreto-ley 3/2017.
A la vista de lo anterior, se deduce que el asunto que motivó su queja se encuentra en solucionado y, en consecuencia, procedemos al archivo del expediente de queja.
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