Queja número 23/9633
Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz recibió comunicación dirigida por un vecino de la localidad de Fuente Palmera (Córdoba), mediante la cual presentaba queja tanto por los incumplimientos en la convocatoria de las sesiones del pleno de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, como por la falta de periodicidad de las mismas, y el incumplimiento en la antelación del aviso a los concejales de su grupo político y en la puesta a disposición de la documentación de los asuntos a tratar.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración de la ELA Ochavillo del Río requiriendo información sobre el régimen de sesiones de los plenos de esa Entidad Local Autónoma, así como de la antelación de las convocatorias y la correcta remisión de la documentación necesaria para preparar los aspectos a debatir en las mismas.
En respuesta a nuestra petición dicha Entidad Local trasladó informe en el que se detallaban y acreditaban documentalmente una serie de incidencias en materia de personal que justificaron la falta de regularidad en las convocatorias de la Junta Vecinal de la localidad, trasladándonos la voluntad municipal de solventar los problemas existentes.
En todo caso, le recordamos al Presidente de la Entidad Local Autónoma la responsabilidad y obligación que tiene como poder público de remover los obstáculos que impidan o dificulten la participación de los ciudadanos en la vida política.
Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se encontraba en vías de solución y procedimos al cierre del expediente de queja.
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