Queja número 21/6349
El promotor de la queja exponía la demora en resolver su solicitud de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), asunto por el que nos interesamos ante la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada. En respuesta a nuestra petición, el organismo nos indicaba que constaba resolución provisional de conformidad con el artículo 3 del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, quedando pendiente la resolución definitiva.
A la vista de tal información y habiéndonos trasladado el interesado que continuaba sin recibir una resolución definitiva, el Defensor del Pueblo Andaluz formuló Resolución, por la que recomendaba que se aprobase definitivamente, en su caso, el reconocimiento y concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en el supuesto de que reuniese los requisitos exigidos para ello en la normativa vigente, a fin de permitir un mínimo de subsistencia a las personas en situación de vulnerabilidad social demandantes de esta prestación garantizada que se encuentran en una situación límite y que la falta de estos ingresos, los coloca en una situación de verdadera urgencia social que les impide subvenir a necesidades tan básicas como la alimentación, el vestido, vivienda y suministros básicos.
Al efecto, recibimos nuevo informe administrativo dando respuesta a la Recomendación formulada, por el que se nos informa que se habría resuelto definitivamente el expediente de RMISA concedido de forma provisional, dictándose Resolución desestimando su solicitud.
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