Queja número 21/2845
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución afectante a la falta de resolución expresa del escrito presentado por la persona interesada a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, respecto a la solicitud que cursó en 2019 para ser beneficiario de la ayuda denominada "Transformación Digital de las Pymes", la Gerencia Provincial de Sevilla de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía nos remite informe, en el cual le responden desestimando la petición formulada en su solicitud, en base a los siguientes argumentos, que exponemos resumidamente:
"La solicitud Ia realizó el compareciente a título de empresario individual autónomo. Durante Ia fase de análisis de Ia solicitud de la ayuda referida, con fecha 10 de febrero de 2021 se presenta nuevamente por parte del empresario documentación consistente en una escritura de constitución de una Sociedad Limitada, CIF y alta en ClRCE. Tras el análisis de la documentación presentada se observa que (...) se ha constituido en una Sociedad de responsabilidad limitada junto con un socio con el limite del 50% del capital social llamada (...). Por tanto y dado que la persona que solicitó la subvención originariamente como empresario individual autónomo ya no existe como persona física sino que se ha constituido en persona jurídica con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda, no es posible seguir con el análisis ni Ia propuesta de subvención por parte de este órgano instructor, toda vez que, y según jurisprudencia del Tribunal Supremo no procede el cambio de titularidad de Ia solicitud de una subvención".
Por todo ello, dado que se ha puesto fin a la situación de silencio administrativo por la que tramitamos la queja procede que demos por terminada nuestra intervención en la misma y dictemos su archivo.
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