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Logra ser realojada en una vivienda pública tras ser desahuciada

Queja número 17/0040

La interesada exponía que el lanzamiento de su vivienda, señalado el 25 de enero de 2017, fue suspendido por orden judicial a petición de su letrado, sin que hasta el momento hubieran tenido más noticias de un nuevo señalamiento.

Exponía que vivía con sus dos hijos, que si bien eran mayores de edad carecían de cualquier tipo de ingresos. Aclaraba que su ex marido no cumplía con la obligación de alimentos de su hijo menor, residenciándose este asunto en vía judicial.

En cuanto a sus ingresos, contaba que acababa de terminar de cobrar la ayuda PACAS, y que estaba esperando cobrar la ayuda familiar en cuantía de 420 euros, no disponiendo de ningún otro tipo de ingreso.

Por último, había solicitado de Emvisesa una vivienda protegida en régimen de alquiler.

Solicitamos informe a Emvisesa y se nos respondió que la interesada fue atendida por primera vez en la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) el 11 de julio de 2016, procediéndose a la apertura del correspondiente expediente. Demandaba la intervención de dicha Oficina para buscar soluciones a su problema habitacional, ya que debía abandonar la vivienda que ocupaba sin título (precario).

Tras la sentencia de divorcio, que le atribuía el uso y disfrute de la vivienda familiar en atención a la guarda y custodia de sus hijos menores, se inició un procedimiento de juicio verbal por precario por parte de los propietarios de la vivienda (su exmarido y otros familiares de éste) para recuperar la posesión del inmueble, una vez que sus hijos habían cumplido la mayoría de edad.

La sentencia recaída en este procedimiento, de fecha 30 de junio de 2015, amparó las pretensiones de los actores, considerando que el uso atribuido por la sentencia de Derecho de familia no podía convertirse en un derecho real en detrimento del de propiedad, una vez desaparecido el interés más necesitado de protección de los menores.

Dadas las circunstancias de precariedad económica y exclusión social de la familia monoparental y tras varios recursos y solicitudes de suspensión de las distintas resoluciones que fijaban el lanzamiento en distintas fechas, finalmente se fijó el día 19 de junio de 2017 para el desalojo de la vivienda.

La interesada y sus hijos habían sido realojados en una vivienda situada en un edificio rehabilitado propiedad de AVRA (Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía). Todo ello fue posible con la coordinación de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sevilla.

Destacaban el optimismo y capacidad de adaptación de esta familia, que estaba apostando, al igual que las Instituciones, por la regeneración de esta zona deprimida de la ciudad, participando activamente en acciones comunitarias con los vecinos que creen que una regeneración de la Barriada es posible y habían acogido de buen grado el ofrecimiento de esta vivienda, ante su necesidad habitacional.

Con la resolución favorable del asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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